Judiciales

Juez archiva causa contra mujeres casadas y su notario

Consideran que ya conducta no constituye delito porque matrimonio entre personas del mismo sexo es posible con criterio de Corte Interamericana y fallo de Sala IV

Jazmín de los Ángeles Elizondo y Laura Flórez-Estrada ( boina) se presentaron en los Tribunales de San José para la audiencia del caso en su contra. La diligencia fue privada. Fotografía: Graciela Solís (GRACIELA SOLIS)

La causa que se seguía contra una pareja de mujeres casadas y su abogado por falsedad ideológica fue archivada este martes.

Así lo confirmó José Pablo Miranda, el fiscal a cargo del caso, poco después de que concluyera una audiencia en los los Tribunales de San José, en la que se resolvió dejar de investigar el caso.

Los beneficiados con esta decisión son el abogado y notario Marco Castillo, y la pareja conformada por Laura Flórez-Estrada y Jazmín Elizondo.

Miranda dijo que la razón por la que se archivó la causa fue por “atipicidad de los hechos acusados”.

“Ha sido criterio del Ministerio Público y criterio de la defensa y fue acogida por el juez que los hechos acusados devienen en atípicos en razón de la aplicación de la sentencia de Sala Constitucional que acoge en sus extremos la opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, esto pues torna atípica la conducta que se le venía endilgando a las personas acusadas, ya no existe un impedimento legal para que celebraran el mismo matrimonio y al mismo tiempo ya no se constituye una falsedad en la escritura pública” dijo.

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A la salida de la audiencia, la pareja dijo sentirse agradecida por la resolución que marca un precedente.

“Era lo que debía pasar, el fiscal actuó como debía ser y estamos muy contentas y agradecidas”, dijo Flórez Estrada, mientras que Elizondo aseguró que en la audiencia les explicaron sobre la importancia de las normas internacionales y que es de esa manera que se debe continuar.

“He llorado unas tres veces ahí adentro de la emoción, sabíamos que esto iba a pasar, teníamos la certeza de que iba a salir bien” dijo Elizondo.

Ambas además celebraron que ahora su matrimonio quedó en firme y aseguraron que ellas dieron la lucha en busca de un cambio social.

“Nosotras pudimos quedarnos calladas y se queda con un papel, pero nosotras la hicimos así porque queríamos un cambio social y hoy lo estamos viendo (...) no solo fue nuestro esfuerzo, sino de mucha más gente”, añadieron.

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Ellas contrajeron matrimonio en julio de 2015, aprovechándose de un error en Registro, pues una de ellas aparecía como de sexo masculino. El matrimonio lo efectuó el notario Castillo.

A los tres se les atribuyó falsedad ideológica (introducir información falsa en documentos públicos) en perjuicio de la familia.

Según Marco Castillo, este martes el juez ordenó quitar la anotación que había en la inscripción del matrimonio, de modo que este es el primer enlace entre dos personas del mismo sexo que quedará inscrito en el Registro Civil.

“El juez dijo que debía eliminarse la nota que tiene ese matrimonio, tiene una nota al margen diciendo que está en revisión, el juez ordenó quitarla y darle plena vigencia a esa matrimonio. El error de anotación de género ya se había corregido desde el primer día, de modo que ahora queda inscrito por orden judicial”, dijo Castillo.

El abogado dijo que la atipicidad se dio al aplicar el fallo de la Sala Constitucional y la opinión consultiva, al tiempo que aseguró que el delito de falsedad ideológica “se cae” porque al no haber delito por el matrimonio, no se podía decir que hubo delito por falsedad ideológica.

En espera

Andrei Cambronero, letrado del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) explicó aunque no han sido notificados de la decisión del juez, se debe tomar en consideración que existe otra anotación a la escritura pues el Registro había enviado una solicitud a la Procuraduría para la revisión de este tipo de casos.

“Este matrimonio se presentó ante la ventanilla del Registro como si fuera un matrimonio entre personas registralmente de sexo diverso, ante ese error el registro mandó a la Procuraduría (General de la República) una solicitud de declarar la lesividad del acto administrativo registral”, explicó.

Según dijo, ahora deberán analizar, de forma conjunta, los efectos de la sentencia penal y la parte registral civil.

La opinión consultiva, de enero de 2018, ordena garantizar el matrimonio entre personas del mismo sexo y lo dispuesto fue respaldado en agosto pasado por los magistrados de la Sala Constitucional, quienes dieron 18 meses a los diputados para adecuar la legislación necesaria que permita que entre en vigencia el matrimonio igualitario.

El Registro Civil contabiliza hasta la fecha 14 matrimonios entre personas del mismo sexo, que se encuentran a la espera de ser inscritos.

En Costa Rica, el artículo 311 del Código Procesal Penal establece que los sobreseimientos definitivos proceden cuando el hecho denunciado no se realizó o no fue cometido por el imputado, el acontecimiento no está adecuado a una figura penal, media una causa de justificación o inculpabilidad, la acción penal se ha extinguido o, a pesar de la falta de certeza, no hay posibilidad de incorporar nuevos elementos de prueba y no hay bases para requerir fundadamente la apertura del juicio.

Patricia Recio

Patricia Recio

Periodista de Infraestructura y Transportes, trabaja en La Nación desde el 2012. Bachiller en periodismo de la Universidad Internacional de las Américas, estudió Comunicación y Mercadeo en la Universidad Latina y completó el programa sobre Cobertura inclusiva y perspectiva de género del Knight Center.

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