Los jueces del Tribunal Penal de Goicoechea consideraron que la exdefensora de los Habitantes, Ofelia Taitelbaum Yoselewich, intentó eliminar la evidencia de sus delitos y por eso endurecieron la sentencia y le impusieron nueve años de prisión por uso de documento falso.
Para dictar esta pena, los juzgadores Sergio Quesada, Jorge Tabash y Ericka Calvo, también consideraron que los hechos que se le achacan a la también exdiputada (2006-2009) ocurrieron en un largo periodo de tiempo, que se extendió desde el 2009 y hasta el 2014.
A Taitelbaum, hoy de 70 años, se le encontró responsable de 32 delitos por uso de documento falso, por haber utilizado el nombre de María Otárola Soto, una costurera de San Carlos, para presentar declaraciones tributarias de sus empresas.
Según la jueza Erika Calvo, “cuando los hechos (que se le achacan a la exdefensora) salen a la luz pública, doña Ofelia y su equipo de contadores realizan otros mecanismos, para tratar de borrar el rastro de lo que han venido haciendo a lo largo de los años”.
Entre esos mecanismos, se consideró una llamada telefónica que Taitelbaum le hace a la víctima para tratar de ocultar la estructura de defraudación fiscal, aseguró Calvo.
Este jueves, en una sala atiborrada de prensa, el encargado de leer el por tanto de la sentencia fue el juez Jorge Tabash. Él manifestó que la decisión se tomó por unanimidad y que, a partir de ahora, la exfuncionaria no podrá salir del país, deberá entregar su pasaporte en menos de 24 horas y firmar una vez al mes en ese despacho judicial, mientras la sentencia adquiere firmeza.
Según Tabash, durante el debate se logró establecer que de los 39 delitos de uso de documento falso acusados se comprobaron 32 con un grado de certeza. Además, se le absolvió de dos delitos de coacción.
Por cada delito comprobado a la exdefensora se le impusieron tres años de prisión, para un total de 96 años; sin embargo, al aplicar la regla del concurso material (un mismo delito cometido reiteradas veces) se readecuó la pena a nueve.
Esto significa que, cuando la sentencia adquiera firmeza, Taitelbaum deberá ponerse a las órdenes de las autoridades para ser trasladada a un centro penitenciario.
El origen del caso
La exfuncionaria pública fue denunciada en el 2014 por María Otárola Soto, una costurera sancarleña que no pudo tramitar su seguro por dependencia familiar ante la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), cuando en la aseguradora le indicaron que ella aparecía con ingresos propios.
La investigación permitió demostrar que Otárola aparecía como contribuyente de impuestos sobre la renta, por una supuesta asesoría a firmas con ingresos millonarios, vinculadas a la entonces defensora de los Habitantes.
Sin embargo, la costurera nunca tuvo ninguna relación laboral ni económica con la imputada, ni con sus empresas. Ambas se conocieron cuando Otárola vivía en un precario en Pavas y Taitelbaum era viceministra de Vivienda.
En el 2014, cuando el asunto trascendió en medios, Taitelbaum llamó a la costurera para pedirle que se desdijera públicamente y que, a cambio, ella le tramitaba el seguro ante la CCSS.
La llamada fue grabada y se aportó como prueba válida en el debate. También se presentó una denuncia por coacción, la cual fue rechazada por el Tribunal.
No obstante, en la explicación de la sentencia, el juez Sergio Quesada tildó la propuesta de Taitelbaum como inmoral y falta de valores.
Este jueves, el juez Jorge Tabash calificó el testimonio de Otárola como fundamental para resolver el caso y consideró legítima la grabación de la llamada aportada como prueba para el uso de documento falso, pues esta permitió determinar que la imputada tenía conocimiento de los hechos.
“A ella (María Otárola) se le cuestionó el por qué hizo la grabación y ella de manera espontánea dijo que consideraba que estaba en desigualdad, pues ella se ubica como diferente a la aquí imputada (Taitelbaum). Mencionó que quién le iba a creer a ella una acusación de este tipo (...) y para nosotros esta declaración resulta fundamental.
"Ella nunca tuvo relación laboral ni económica con la aquí imputada o con sus empresas”, explicó Tabash.
Este debate arrancó el pasado 12 de agosto, día en el que la Procuraduría de la Ética Pública pidió una indemnización para el Estado de ¢5,8 millones por cargas tributarias, monto que luego se rebajó a casi ¢3,3 millones. Asimismo, el daño social se estimó en ¢10 millones.
Esa acción civil fue declara parcialmente con lugar; no obstante, el daño material deberá ser calculado en un proceso aparte en un Tribunal Contencioso Administrativo. El daño social fue declarado sin lugar, porque el delito se cometió en la espera privada y no en la función pública.
Taitelbaum: “Tranquilidad absoluta”
Después de la condena, Taitelbaum declaró sentir “tranquilidad absoluta”, pues se trata de una “primera etapa” en el proceso penal.
“Desde que renuncié a la Defensoría lo dije, estoy a la orden de los tribunales y de todo el mundo porque estoy segura que al final el camino va a ser lo que debe ser, que es que brille la luz de este asunto tan difícil que me ha tocado”, afirmó.
La sentenciada optó por no referirse al papel de su asistente de contabilidad, Ileana Vargas Jiménez, quien también fue imputada pero falleció antes del juicio.
“En este momento no quisiera referirme a nada de eso, porque en este momento hay dos personas a las cuales quise muchísimo, que son don Juan Martínez, mi primer contador, y doña Ileana Vargas, a ambos mi cariño y mi respeto, ya ellos están en otra dimensión, y quisiera abstenerme de cualquier comentario al respecto”, mencionó.
El defensor, Fabio Oconitrillo, adelantó que apelará la pena al considerar que las “razones que dan para esta sentencia condenatoria, pues obviamente no las compartimos por razones jurídicas”.
Por otro lado, el abogado aplaudió que los jueces absolvieran a Taitelbaum por el delito de coacción, pues la denunciante no mostró sentirse amenazada en la conversación con la exdefensora de los Habitantes.
Además, rescató “que se haya rechazado para la Procuraduría General de la República algún daño social, en razón de considerar de que aquí no había afectación al interés público o algo de por medio".
Colaboraron los periodistas Carlos Arguedas C. y Vanessa Loaiza N.
Información actualizada a las 10:39 a. m. con más datos del caso.