La Sala Constitucional respaldó los reclamos de una reclusa transgénero en la cárcel Jorge Arturo Montero, conocida como La Reforma, quien afirmó haber sido sometida a una requisa por parte de un policía penitenciario hombre durante una intervención en su módulo, a pesar de haber solicitado ser revisada por una oficial mujer.
En la resolución del habeas corpus emitida el 30 de enero, la Sala también señaló que los policías emplearon las esposas de manera desproporcionada, ya que la reclusa había solicitado ser esposada hacia adelante debido a su neuropatía periférica (daños en los nervios), pero fue esposada hacia atrás. Un dictamen médico forense confirmó lesiones en sus manos compatibles con la colocación de esposas.
En el informe presentado ante la Sala, el director del Ámbito de Convivencia D, Santiago Arroyo, y el jefe policial del centro penal, Luis Carlos Jiménez, afirmaron que la recurrente no tenía razón al alegar discriminación, argumentando que el trato hacia la población reclusa “se basa en la empatía y el respeto de sus derechos fundamentales”.
La Sala había solicitado información sobre la existencia de cámaras de seguridad en el lugar de los hechos. Al no haber grabaciones disponibles, los magistrados consideraron creíble la versión de la afectada, pues en estos casos se otorga una mayor carga de prueba al Estado.
El habeas corpus señala que durante una revisión policial a una persona transgénero, el oficial debería informar a la persona sobre la posibilidad de elegir el sexo del funcionario policial que realizará la revisión, según el Reglamento del Sistema Penitenciario Nacional.
Los magistrados ordenaron a Medelyn Garita, directora interina de La Reforma, iniciar un procedimiento administrativo para determinar la eventual responsabilidad de los funcionarios involucrados en los hechos denunciados por la reclusa.
En el recurso, la afectada también denunció que el oficial que la revisó tocó sus pechos y nalgas, aunque los magistrados no incluyeron estos hechos como probados en el caso. Además, se quejó de que la cárcel cometió abuso de autoridad al trasladar a su pareja sentimental y a otros cuatro reos a diferentes módulos o cárceles.
Sin embargo, la Sala rechazó estos reclamos, respaldando la posición de las autoridades penitenciarias, que argumentaron que los traslados se llevaron a cabo por razones de seguridad debido a amenazas entre reclusos, cobros indebidos por el uso de cajones y camarotes, y la afectación de la convivencia en el módulo.