El Ministerio de Seguridad Pública violentó los derechos de una madre y oficial de Fuerza Pública, al no brindarle una sala de lactancia en su lugar de trabajo en Alajuela, concluyó la Sala Constitucional en una resolución de un recurso de amparo del 10 de febrero pasado.
Aunque la mujer fue trasladada a la Delegación de Palmares para que pudiera extraer la leche materna en un sitio adecuado, los magistrados ordenaron a Seguridad devolverla a Alajuela, porque dicha reubicación la obligaba a viajar tres horas al día desde la delegación hasta su casa.
La Sala ordenó al ministro, Jorge Torres, y al director de la Regional Policial Dos de Alajuela, Pablo Bertozzi Calvo, que “dentro del plazo de cinco días, contado a partir de la notificación de esta sentencia, se reinstale, habilite y ofrezca a la tutelada una solución provisional de lactancia, que cumpla con las condiciones de higiene y seguridad, en la Delegación de Alajuela centro”.
Asimismo, la entidad deberá, en el plazo de un mes después de notificada la resolución, acondicionar una sala de lactancia, “de conformidad con los lineamientos establecidos en la normativa que regula la materia”.
El recurso de amparo fue presentado el 20 de noviembre por la policía, quien trabaja en Fuerza Pública desde el 2010.
El 28 de mayo del 2022, ella presentó su licencia por maternidad, la cual aplicó desde dicha fecha hasta el 17 de setiembre del mismo año. Cinco días después, le asignaron la oficina del jefe policial de la Delegación Policial de Alajuela como lugar para que extraiga la leche materna. Además, la hora de lactancia le quedó programada una hora antes de que termine su jornada.
Luego, la mujer fue trasladada a la Delegación Distrital de Barrio San José de Alajuela, en Tambor. Ella solicitó un lugar apropiado para extraer la leche materna y conservarla, pero el jefe de dicha delegación, Gleyner García, le indicó que no existe tal instalación, porque el lugar solo tiene un cuarto, una cocina, baño y el espacio de oficialía.
Ante esto, la oficial solicitó que la devuelvan a Alajuela centro, donde indicó que sí tenía un espacio para el proceso de lactancia a favor de su hija.
Daniel Calderón, director general de la Fuerza Pública, emitió un oficio el 15 de noviembre en el que solicitó “la reubicación de la tutelada en una Delegación que cuente con un espacio adecuado, higiénico y privado para la lactancia, extracción de leche materna, así como su almacenamiento”.
Tras consultar al jefe de asesores legales de Alajuela, la entidad envió a la amparada a Palmares, pues su domicilio registrado en el sistema era en Aguas Zarcas de San Carlos. En Palmares, cuentan con una habilitada solo para la lactancia o extracción de leche materna, equipada con todos los aditamentos necesarios, ya que es un cubículo privado, polarizado, con sillones, mesa, refrigeradora y muebles.
También le cambiaron el horario a una modalidad de seis días de trabajo seguidos por seis día de descanso.
No obstante, la Sala determinó que Seguridad debió haber instalado una sala de lactancia en la delegación de Alajuela centro, en lugar de alejar a la amparada de su residencia. De igual forma, se citaron leyes y jurisprudencia sobre la protección especial que requieren las mujeres embarazadas y en periodo de lactancia.
“Las autoridades de la Delegación no han ejecutado los actos correspondientes para que la parte tutelada, así como todas las funcionarias y servidoras de la institución que se encuentren o que vayan a estar en estado de lactancia, puedan contar con un espacio adecuado que garantice la lactancia”, indicó el Alto Tribunal.
La resolución recordó que se debe cumplir con el Reglamento de Condiciones para las Salas de Lactancia Materna en los Centros de Trabajo, creado por el decreto ejecutivo del 4 de mayo del 2018.
Por su parte, el magistrado Paul Rueda dio razones adicionales y particulares, y ordenó al ministro Torres a que gire las instrucciones para que, de inmediato, la amparada sea reincorporada a Alajuela centro, y, en un plazo no mayor a tres días, contado a partir de la notificación, se habilite un espacio apropiado para la lactancia en dicho inmueble.
La mujer también reclamó que le negaron vacaciones para que pudiera ir a una cita médica con su hija de 4 años; sin embargo, los magistrados señalaron que dichos asuntos se resuelven por la vía administrativa o jurisdiccional.