Seis mexicanos y un costarricense deberán purgar penas de 16 y a 12 años de prisión, confirmó la Sala Tercera de la Corte al declarar inadmisibles los recursos de casación presentados por sus siete abogados. Los sentenciados fueron detenidos en allanamientos en mayo del 2018, en Guachipelín y Bello Horizonte de Escazú, en Atenas y en una empresa dentro de una zona franca en El Coyol, en Alajuela, luego de que las autoridades los identificaran como miembros del Cartel de Sinaloa, que luego pasó a llamarse Cartel de Jalisco Nueva Generación.
Esta organización delictiva había creado dos empresas exportadoras para enviar cueros a México, pero entre la mercadería lícita escondían cargamentos de cocaína. Uno de esos fue descubierto el 16 de mayo del 2018. Eran 200 kilos de droga que llevaba un tráiler que circulaba en la carretera Interamericana Norte, entre Liberia y La Cruz, en Guanacaste. El contenedor trasladaba, además, 25 toneladas de cuero hacia México.
Cuando el 26 de mayo del 2018 las autoridades detuvieron a los ahora condenados en allanamientos en dos viviendas en Guachipelín y Bello Horizonte de Escazú, otra en Atenas y una empresa dentro de una zona franca en El Coyol, fueron decomisados 319 kilos de cocaína, $40.000, dos vehículos y dos pistolas nueve milímetros.
Asimismo, el 29 de mayo de ese mismo año, en una bodega en Los Ángeles de Grecia, Alajuela, encontraron 166 paquetes de cocaína y cuatro carros que tenían un doble forro en el piso, aparentemente para ocultar y trasladar la droga.
Los imputados habían sido condenados por el Tribunal Penal de Alajuela el martes 22 de octubre del 2019 a diversas penas: para José Ramón Mercado Rodríguez, Ignacio Rodríguez Hernández, Juan Carlos González Lemos y Edgar Pérez Payán les impusieron 16 años. En el caso de Israel Angulo Álvarez y el costarricense Eduard Chacón Rubí fueron 14 y para Andrés Rodríguez Méndez 12. En este caso se absolvió a un guatemalteco de apellido Franco.
Posteriormente, al elevarse el asunto a Casación, los magistrados rechazaron los reclamos de los sentenciados y dejaron en firme la sentencia, mediante el voto 001226 del pasado 15 de octubre.
Los recursos de casación que fueron rechazados habían sido presentados por la licenciada Yelba Mairena Bermúdez y Leonel Villalobos Salazar, defensores particulares del imputado Ignacio Rodríguez Hernández; del licenciado Jaens Porras Araya, defensor particular del acusado Juan Carlos González Lemos. Otro del imputado Eduard Chacón Rubí, en escrito autenticado por Luis Eduardo Venegas Mora; del licenciado Celso Manuel Gamboa Sánchez, defensor particular de los acusados José Ramón Mercado Rodríguez, Israel Angulo Álvarez y Andrés Rodríguez Méndez.
Igualmente, no se admitieron otro recurso del licenciado Víctor Raúl Obando Mendoza, defensor particular del acusado Eduard Chacón Rubí, y otro del licenciado Michael Monge Siles, defensor particular del imputado Edgar Pérez Payán.
En beneficio de la transparencia y para evitar distorsiones del debate público por medios informáticos o aprovechando el anonimato, la sección de comentarios está reservada para nuestros suscriptores para comentar sobre el contenido de los artículos, no sobre los autores. El nombre completo y número de cédula del suscriptor aparecerá automáticamente con el comentario.