El tiempo que transcurre desde que una persona presenta una demanda hasta que el Tribunal Contencioso Administrativo (TCA) dicta una sentencia es, en promedio, de 624 días naturales (un año y siete meses). Así se desprende del Estado de la Justicia 2022, que realizó un análisis de casos en sus distintas fases entre el 2018 y el 2020.
A criterio de los encargados del informe, “los tiempos requeridos para cumplir cada paso en el Tribunal en los casos de conocimiento presentan duraciones que se extienden más allá de lo razonable, con lo cual se evidencia un riesgo de tutela”.
Sin embargo, reconocen que existe “una variabilidad enorme en este tipo de casos, según se trate de fallo directo, de puro derecho, con juicio oral y público, municipales, entre otros”. Para obtener un promedio, los encargados del estudio calcularon los tiempos sin el 5% de extremos muy altos o bajos.
El reporte también revela que hay un largo periodo entre el momento que ocurren los hechos y la fecha en la que se presenta la demanda, ya que, regularmente, la población agota las vías administrativas, aunque solo es requisito en materia municipal y de contratación administrativa, antes de acudir a la vía judicial.
“Con frecuencia (la vía administrativa) se agota y hasta después se acude a estos tribunales”, precisa el Estado de la Justicia 2022, que detalla que el promedio existente entre los hechos y la demanda es de 1.318 días, es decir, tres años y seis meses.
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Otro de los datos consignados es que entre la presentación de la demanda y la resolución sobre admisibilidad pasan, aproximadamente, 213 días (siete meses), al tiempo que entre el inicio del proceso y la notificación pasan 115 (tres meses). Finalmente, el otro tiempo consignado es entre la apertura del caso y la entrega de una respuesta, en lo que regularmente se tarda 78 días (dos meses y medio).
No obstante, el informe revela diferencia cuando el caso es en San José o fuera de la provincia.
“Es claro que no toda la dilación es atribuible al TCA, pues si bien en muchos casos se trata de aspectos que se salen del control del TCA y demás órganos de la jurisdicción, no cabe duda de que otros son simplemente la consecuencia del exceso de demanda de los justiciables, aunque no podría afirmarse que el número de casos entrantes por año esté creciendo exponencialmente, tal como se verá más adelante. Es necesario, entonces, examinar la problemática que ocasiona esta mora judicial, evaluando hito por hito las causas de la demora identificada en la resolución de los procesos”, precisa el estudio.
Los encargados del análisis explicaron que el Tribunal Contencioso Administrativo está compuesto por ocho secciones conformadas por personas juzgadoras que se distribuyen así: tres secciones que adoptan sentencias de fondo, un grupo de jueces y juezas de trámite, un grupo que resuelve medidas cautelares, otro grupo de conciliadores y otro de ejecución. También existe un grupo dedicado a resolver los recursos de amparo de legalidad.
La mayor parte de los 318 expedientes estudiados, un 84%, tienen como demandantes a personas físicas, mientras que los demandados en un 93% son personas jurídicas.
Al revelarse el reporte, Fernando Cruz Castro, presidente de la Corte Suprema de Justicia, dijo que el contenido del documento “constituye en sí mismo una práctica democrática inusual, desde el punto de vista del derecho comparado. Demuestra esto nuestro compromiso con una cultura institucional abierta. Ninguna institución estatal se expone y asume el riesgo que asume el Poder Judicial, porque abre sus puertas y propicia la investigación, en la que no existe ningún sesgo institucional”.