Un sujeto de 29 años, de apellido Gómez, fue detenido este miércoles como sospechoso de seducir a una menor de edad por medios electrónicos. La captura la ejecutaron agentes de la Sección Especializada en Violencia de Género, Trata y Tráfico Ilícito de Migrantes del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) en Calle Los Cafetos, en Mozotal de Ipís, en Guadalupe, Goicoechea.
Según el reporte policial, la pesquisa por este caso empezó en mayo anterior, cuando recibieron una denuncia de que un hombre se hacía pasar por menor de edad para abordar a una adolescente en redes sociales. Una vez que entabló contacto, le ofreció un tatuaje gratuito y luego de ganarse su confianza, le solicitó que le mandara fotografías y videos desnuda, a lo que la ofendida accedió.
“Posteriormente, le habría solicitado un encuentro físico y la amenazó con publicar el material si no accedía. Por esta razón, se realizaron varias diligencias policiales de investigación, donde se pudo corroborar la identidad del imputado”, agregó el OIJ en un comunicado de prensa.
Sujeto de apellido Gómez fue detenido en Mozotal, como sospechoso de seducción de menor de edad por medio de redes sociales. (Foto: OIJ)
Este miércoles, tras la captura de Gómez, se realizó la revisión de su vivienda y en ella se logró ubicar y decomisar evidencia de relevancia para la investigación. El detenido fue presentado con un informe ante el Ministerio Público.
La Policía agregó que si usted conoce situaciones similares, acuda a la oficina del OIJ más cercana e interponga la respectiva denuncia.
El artículo 167 bis del Código Penal impone penas de prisión de entre dos a cuatro años a “quien, por cualquier medio, establezca comunicaciones de contenido sexual o erótico, ya sea que incluyan o no imágenes, videos, textos o audios, con una persona menor de edad o incapaz”.
“La misma pena se impondrá a quien, suplantando la identidad de un tercero o mediante el uso de una identidad falsa, por cualquier medio, procure establecer comunicaciones de contenido sexual o erótico, ya sea que se incluyan o no imágenes, videos, textos o audios, con una persona menor de edad o incapaz”, señala la legislación.
La pena puede aumentar a cinco años si el actor procura un encuentro personal con su víctima.
Editora de Sucesos. Trabaja en la Redacción de La Nación desde 1998. Se especializó en temas de Infraestructura, concesión de obra pública, contratación administrativa y Transportes.
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