Por los mismos hechos por los que una vez fue condenado, el supuesto líder de una banda limonense resultó absuelto este lunes de dos delitos de homicidio calificado en el Tribunal Penal de Limón.
La resolución favoreció a Danny Hernández Fernández, conocido como Ratón. Junto con él, se libraron de un castigo Louige Scott Simpson y Divan Michaell Bustos.
En un primer juicio, realizado en abril del 2018, el mismo tribunal de juicio de Limón pero con otros integrantes condenó a Hernández, Scott y Michael a 50 años de prisión. Sin embargo, esa pena fue anulada por el Tribunal de Apelación de Sentencia de Cartago –que conoce casos de Limón–, que ordenó un nuevo debate.
En este nuevo proceso, la Fiscalía Adjunta de Limón solicitó la “absolutoria de los acusados, bajo el principio de in dubio pro reo, es decir, porque existían dudas de la participación de ellos en los hechos”, según consta en un comunicado.
Los crímenes juzgados ocurrieron el 16 de junio del 2015 en barrio Pacuare de Limón, producto de una balacera. Producto de la misma fallecieron Álvaro Ramírez Ugalde, de 25 años y Shadid Jalell Hudson Linton, de 18.
El primero murió el día del ataque, el 16 de junio del 2015, en Pacuare Nuevo de Limón. El deceso del segundo se produjo el 23 de junio en el Hospital Calderón Guardia, en San José, a donde había sido trasladado, debido a su gravedad. En el ataque también resultó herido de bala Andy Roldán Sánchez.
La agresión se dio cuando los fallecidos, junto con otros amigos, realizaban una parrillada en vía pública. En determinado momento llegó un vehículo del cual bajaron dos individuos y comenzaron a disparar.
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Una de las personas que estuvo en el lugar y resultó ileso, Maikel Boxx Luna, dijo en una declaración anticipada que fue incorporada en el primer proceso judicial, que el día de los hechos pudo reconocer a los responsables del ataque, pues se encontraba a corta distancia del lugar y vio a Danny Hernández, que ocupaba el asiento del acompañante.
Además, identificó a las otras tres personas que viajaban en el carro, uno de los cuales no se presentó al debate y fue declarado reo rebelde.
Principio de objetividad
De acuerdo con la Fiscalía, en este segundo debate debieron pedir la absolutoria de los imputados por la falta de pruebas.
Al respecto explicaron: "Tres testigos coincidieron en que el vehículo donde viajaban los autores de las tentativas de homicidio que se presentaron en el barrio Pacuare Nuevo, en Limón, la noche del 16 de junio del 2015, tenía las ventanas cerradas, los vidrios polarizados, tanto los laterales como los parabrisas delantero y trasero.
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"Además, los testigos coincidieron en que los sujetos tenían pasamontañas y que solo le veían los ojos, que traían ropas oscuras y guantes, que no era posible observar ni el cabello ni el color de piel, que la luz de alumbrado público estaba quemada, que el vehículo después del hecho salió a gran velocidad.
"Sólo un testigo afirma que se trataba de las personas acusadas. Luego de que la Fiscalía analizó cada uno de los elementos que este testigo había declarado con anticipación, para el primer juicio (...) se determinó que no eran lo suficientemente contundentes como para concluir, en un grado alto de probabilidad, que los acusados son los responsables de los ilícitos.
En el segundo debate tampoco se contó con la declaración de ese testigo, Maikel Boxx, porque su paradero se desconoce desde finales del 2016, luego de brindar testimonio en el primer proceso.
“Como ente objetivo que es, ante la duda, el Ministerio Público solicitó la absolutoria al Tribunal Penal de la provincia”, comunicó la Fiscalía.