El Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial de San José admitió como una amplitud de prueba el expediente del proceso disciplinario seguido contra la exfiscala adjunta, Berenice Smith Bonilla.
Se trata de la causa 17–001910–0031–IJ, cuyos datos serán utilizados principalmente por sus abogados, Francisco Dall’Anese Ruiz y Federico Campos Calderón, durante las conclusiones del debate en el que la exfuncionaria judicial figura como acusada de un presunto tráfico de influencias.
Junto a ella, aparecen como imputados el actual alcalde de San José, Johnny Araya Monge, y el exmagistrado y ex subjefe del Ministerio Público, Celso Gamboa Sánchez.
Días atrás, los defensores de Bonilla y ella misma pidieron la incorporación de ese documento y, tras consultarles a las partes, el Tribunal, integrado por Adriana Tenorio Jara, Ivannia Delgado Calderón y Roy Jiménez Mata, admitió su incorporación este viernes.
El contenido de dicho documento no trascendió.
Casi de inmediato, el representante del Ministerio Público, José Pablo Miranda Hurtado, solicitó también que se incorporara el oficio número 1625–2018, de la Corte Suprema de Justicia y con fecha de diciembre del 2018.
El primer día del contradictorio, esta acta fue mencionada por Araya durante una breve declaración, por lo que su abogado, Alfonso Ruiz Ugalde, había pedido que se sumara como prueba para los intereses de su defendido.
Esto por cuanto en ese documento los altos jueces concluyeron que él actuó apegado a derecho al solicitar a la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción que se certificara que él no figuraba como imputado dentro del expediente 12–000096–621–PE, en el que se investigaba una presunta influencia a la hacienda pública.
Sin embargo, en la última semana, la defensa de Araya declinó de esa prueba, por lo que el fiscal Miranda intentó que se admitiera este viernes.
Empero, los defensores se opusieron y luego de analizar durante varios minutos, el Tribunal denegó la incorporación del oficio.
El caso
A los tres implicados en este caso se les relaciona con hechos ocurridos antes de las elecciones municipales del 2016, cuando, según la Fiscalía, habrían “desvirtuado la información de que Araya Monge figuraba como persona imputada en una causa penal”.
El político aparecía, junto con otras tres personas, en una causa por el supuesto delito de influencia contra la Hacienda Pública, la cual, al final, fue desestimada en marzo del 2016.
Los hechos que originaron este asunto se remontan a diciembre del 2015, cuando La Nación pidió al Ministerio Público corroborar si Johnny Araya y los otros 604 candidatos a alcaldes tenían investigaciones abiertas.
La presunta anomalía en el expediente en que figuraba Araya consta en una denuncia presentada ante la Inspección Judicial por la jefa de prensa del Ministerio Público, Tatiana Vargas.
De acuerdo con la funcionaria, en la gestión a favor del actual jerarca municipal habrían intervenido el entonces fiscal adjunto Celso Gamboa y el asistente de la Fiscalía General, Justo Pastor López, así como la otrora fiscala adjunta de Probidad, Berenice Smith.
Según el artículo 52 de la Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública, el tráfico de influencias es castigado con pena de prisión de dos a cinco años.
Conclusiones
Este debate comenzó el pasado 25 de febrero y, a partir del próximo lunes, se prevé el inicio de las conclusiones de las partes.
Los primeros en exponer sus argumentos serán los fiscales José Pablo Miranda Hurtado y Melissa Rodríguez Quirós.
Después será el turno de la Procuraduría General de la República, por medio de la licenciada Paola Madriz Pérez y el cierre le tocará a los defensores de los acusados.
Por el orden que se ha mantenido a lo largo del debate, las primeras serían Natalia Gamboa Sánchez y Yazmín Rodríguez Hernández, representantes de Gamboa.
Luego será le tocará a los abogados de Araya, Juan Marco Rivero Sánchez y Alfonso Ruiz Ugalde.
Finalmente, cerrarán con la fase de conclusiones Federico Campos Calderón y Francisco Dall’Anese Ruiz, quienes velan por los intereses de Berenice Smith.
Empero, los jueces mencionaron que el orden de los defensores puede variar.
Testimonio clave
A lo largo del debate, se recibieron varios testimonios, sin embargo, el considerado como “clave” fue el de Natalia Rojas Méndez, actual fiscala coordinadora del Segundo Circuito Judicial de San José.
Para el momento de los hechos, ella era la fiscala adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción. Incluso, la carta recibida por Johnny Araya, en donde se le indica que figura como denunciado y no como imputado, está firmada por ella.
Ese documento fue incorporado como parte de la prueba documental del contradictorio, en el cual Rojas insistió en que ella acató órdenes del entonces subjefe del Ministerio Público, Celso Gamboa, y de la exfiscala adjunta, Berenice Smith.
Sin embargo, cuando los defensores de Araya, Gamboa y Smith la interrogaron, cuestionaron el por qué no había sometido a consideración o valoración si lo que le pidieron los dos últimos estaba dentro del marco de la legalidad.
Los litigantes también consultaron a Rojas sobre su conocimiento sobre un derecho de rectificación o respuesta y el artículo 295 del Código Procesal Penal.
Sin embargo, de ambos temas, ella afirmó no recordarlos con exactitud para el momento en el que le consultaron.
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En el primer día del juicio, la licenciada Paola Madriz Pérez, de la Procuraduría, presentó el reclamo civil en al considerar que se generó “un daño a la sociedad”.
“Por un acto de corrupción, una violación grosera al deber de probidad, esta representación reclama una indemnización a Johnny Araya de ¢12 millones, ¢15 millones a Celso Gamboa y ¢15 millones a Berenice Smith”, precisó Madriz.