El exministro de Ambiente y Energía, Roberto Dobles, fue condenado hoy a tres años de prisión por prevaricato en el caso Crucitas. Sin embargo, no irá a prisión porque se le otorgó el beneficio de ejecución condicional de la pena. También, se le inhabilitó por el mismo periodo para ejercer cargos públicos.
El Tribunal Penal de Hacienda de Goicoechea, además, absolvió a los otros seis implicados.
Esta fue la resolución del juicio de caso Crucitas donde se estudiaron decisiones contrarias a la ley aprobadas por funcionarios públicos para favorecer los procedimientos administrativos del proyecto, en favor de la empresa Industrias Infinito, la cual intentó desarrollar la minería en Cutris de San Carlos en la segunda administración Arias Sánchez (2006-2010).
La jueza Mercedes Muñoz dijo que se condenó a Dobles porque emitió un decreto de conveniencia nacional que era ilegal, y que, por el contrario, absolvió a los funcionarios de Setena porque no fue ilícita la resolución que ellos avalaron.
Tras conocer la condena, el exministro Roberto Dobles dijo que él no participó en la elaboración del decreto.
"Yo solo firmé un documento elaborado por el departamento legal, que se supone estaba certificado a derecho", expresó el exfuncionario de forma muy breve ya que dijo que solo su abogado, Laureano Castro, se iba a referir al caso.
Castro manifestó que la condena les sorprende y que la van a apelar cuando la analicen.
"Esto es solo una parte del agotamiento de caso penal, viene la impugnación. A Dobles le pasaron un documento para su firma, hecho por personas competentes ¿Adónde está el dolo? Dobles no elaboró el documento. El Tribunal dijo que sí había dolo a la hora de firmar el documento. El Tribunal dijo que él firmó un documento a sabiendas de que tenía hechos falsos. Vamos analizar la sentencia para apelar", dijo el abogado.
El juicio por el caso Crucitas inicio el pasado 27 de octubre y tuvo como imputados a siete personas. Para ese debate, se recibieron 27 testigos.
El principal implicado era el exministro de Ambiente y Energía, Roberto Dobles Mora (administración 2006-2010). La Fiscalía había pedido, el 8 de diciembre anterior, 12 años de cárcel contra exministro por favorecimiento ilegal a la empresa minera.
Además, estaban acusados Cinthya Cavallini Chinchilla, exjefa del Registro Nacional Minero; Sonia Espinoza Valverde, exsecretaria de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena), y cuatro antiguos funcionarios de esa secretaría: Eduardo Lezama Fernández, Jorge Boza Quesada, Carmen Cruz Ramírez y José Corrales Arias.
El Ministerio Público les atribuyó el delito de prevaricato, que es tomar resoluciones contrarias a la ley, lo cual es penado con prisión de dos a seis años, según el artículo 357 del Código Penal.
Antecedente. Este proceso se abrió el 24 de noviembre del 2010, cuando el Tribunal Contencioso-Administrativo envió al Ministerio Público la sentencia que anuló la concesión del proyecto Crucitas, al considerar que se debía determinar si algún funcionario público había cometido alguna anomalía con la autorización dada a la empresa Industrias Infinito, para extraer oro a cielo abierto en Cutris.
La fiscala Natalia Rojas Méndez dijo que durante la investigación se determinó que la primera concesión dada a la empresa Industrias Infinito fue anulada por la Sala IV, debido a que esa autorización se otorgó sin que se presentara el estudio de impacto ambiental.
En criterio de la Fiscalía, "con esta resolución de la Sala, el proyecto Crucitas perdió cualquier derecho adquirido", pero dijo que luego se emitieron resoluciones que permitieron a Industrias Infinito reactivar la posibilidad de desarrollar el proyecto.
Entre estas mencionó que el 13 de octubre del 2008 se emitió el decreto N° 34.801-Minaet, que declaró de " interés público y de conveniencia nacional el Proyecto Minero Crucitas" .
Asimismo, manifestó que el 17 de octubre de ese mismo año, se aprobó una solicitud de Industrias Infinito para cambiar "el uso de suelo de 192 hectáreas y la consecuente corta de árboles en áreas de bosque y de protección del recurso hídrico".
Agregó que dichas resoluciones fueron anuladas en el 2010, primero por el Tribunal Contencioso-Administrativo y luego por la Sala Primera de la Corte. "Las acusaciones serán probadas con documentos y prueba testimonial", concluyó la fiscala.