El Tribunal Penal de Juicio de Desamparados confirmó este martes la prescripción de tres de las cuatro denuncias por delitos sexuales que se seguían contra el excura Mauricio Víquez Lizano, por lo cual dictó un sobreseimiento a su favor. Las denuncias que fueron desestimadas son las que impusieron tres hombres de apellidos Rodríguez, Venegas y Muñoz.
Los jueces Esteban Amador, Willy Escalante y Luis Venegas señalaron que, tras analizar el expediente, se percataron de que las causas estaban extintas, ya que fueron interpuestas antes de mayo del 2019, cuando se reformó el artículo 31 del Código Procesal Penal (CPP), el cual aumentó de 10 a 25 años el plazo para poder denunciar un delito sexual tras cumplir la mayoría de edad.
“Admitir lo contrario, como lo plantea el Ministerio Público en la acusación, no es otra cosa más que incurrir en una grosera vulneración a los principios constitucionales de irretroactividad de la ley y seguridad jurídica, pues se estarían afectando situaciones jurídicas totalmente cumplidas, consolidadas y fenecidas”, indicaron los juzgadores.
Los ilícitos que caducaron son 59 en total, que se distribuyen de la siguiente manera:
- Caso de Rodríguez: 18 delitos de abuso deshonesto agravado y 1 una tentativa de violación agravada en perjuicio.
- Caso de Venegas: 19 de abuso sexual agravado, seis de difusión de pornografía y uno de violación agravada.
- Caso de Muñoz: 10 de abuso deshonesto agravado y cuatro de abuso sexual agravado.
A raíz de este fallo, Víquez ya no afrontará un juicio por 64 delitos sexuales que le achacaba la Fiscalía, sino que esta cifra se redujo a cinco, según se lee en la resolución judicial. Esos corresponden a dos ilícitos de abuso sexual agravado, dos de violación agravada y uno por corrupción agravada cometidos en perjuicio de un hombre, apellidado Alvarado, cuando este era menor de edad.
Apelación de la Fiscalía y los denunciantes
La Fiscalía Adjunta de Género informó este miércoles por la tarde que “se encuentra confeccionando un recurso de apelación, tras la resolución del Tribunal Penal de Desamparados”. A criterio del ente acusador del Estado, los hechos acusados no están prescritos y destacaron que no hubo una gestión de las partes para esa decisión de los jueces, sino que se hizo de oficio. “Una vez que se finalice la elaboración del recurso de apelación, este será presentado en el plazo establecido ante el Tribunal Penal correspondiente”, detalló el Ministerio Público.
De igual forma, Rodolfo Alvarado Moreno, abogado de los denunciantes, aseguró que está trabajando en el recurso de apelación respectivo para presentarlo como parte querellante de este proceso. Además, dijo estar “realmente muy sorprendido”, debido a que en al menos tres ocasiones la defensa de Víquez Lizano planteó ante diferentes juzgadores el argumento de prescripción y este no fue de recibo.
“Este tribunal ahora viene a observar una prescripción en tres causas que sin duda alguna no podemos compartir, no podemos avalar y consideramos que es una decisión equivocada, por esa razón presentaremos como querellantes un recurso de apelación a efectos de ver si se logra dejar sin efecto esta resolución que nos parece sumamente sorpresiva, ya que no existía ninguna solicitud pendiente y viene de manera oficiosa el tribunal y resuelve, a todas luces es anormal el proceso porque ya se había resuelto y analizado en cuatro o cinco oportunidades”, explicó Alvarado.
Ante esto, el representante legal de los denunciantes considera que pasará al menos un mes para que se resuelvan los recursos y, por ende, la asignación de una fecha para el juicio también deberá esperar hasta que se defina si, finalmente, solo un caso irá a juicio o serán los cuatro planteados desde el inicio, mismos que fueron acusados el 23 de setiembre del 2021.
Defensa: Solicitaremos su libertad
Desde el 2019, la defensa del excura ha insistido en que esas tres causas estaban prescritas. Fue su argumento para intentar traerse abajo la extradición de Víquez, quien para ese momento se encontraba detenido en México. Sin embargo, no fue hasta este martes que un Tribunal se pronunció al respecto y acogió esa tesis.
“Efectivamente, hoy (miércoles) se notificó la resolución de un sobreseimiento definitivo por tres de las causas que se venían tramitando con relación a don Mauricio Víquez. Se determinó que están prescritas. El tribunal, de acuerdo con lo que establece la normativa, hizo una revisión, verificó y estableció que no se le puede dar un trato retroactivo a la ley y, por eso, lo que procede es declarar la prescripción” señaló Rafael Rodríguez Salazar, abogado del imputado.
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Rodríguez aplaudió este fallo porque, a su criterio, la Fiscalía “no fue objetiva” en este caso e hizo “un esfuerzo innecesario y un gasto en el aparato judicial, pese a que conocía que eran situaciones ya prescritas”.
Otra razón que tiene satisfecho al abogado es que consideraba que los argumentos de la defensa no habían sido realmente analizados. “En las audiencias establecimos ante la jueza de garantías que las causas estaban prescritas, pero ella estando sesgada no hizo un estudio claro de nuestra teoría jurídica y determinó que sería el Tribunal de Juicio el que establecería si procedía o no la extinción penal. Ese Tribunal fue claro en su resolución”, lamentó.
Ante esta nueva situación, el defensor indicó que solicitará la libertad de su representado, quien se encuentra en prisión preventiva. “La norma establece que cuando cambia el contexto, se puede variar esa medida (...). Entonces solicitaremos la variación de la prisión; esperamos que sea posible que él pueda terminar la causa con una medida diferente y menos gravosa”, apuntó.
Sobre esto, Rodolfo Alvarado, abogado de los denunciantes, dijo que ellos buscarán que Víquez siga en prisión preventiva, ya que a su criterio debe tenerse en cuenta que él se fue de Costa Rica cuando trascendieron las denuncias.
Información actualizada a las 5:29 p. m. con versión de la Fiscalía.