El trabajador de Recope que fue condenado en noviembre por “daños agravados”, durante la huelga, contra un enorme tanque de almacenamiento de gas de la empresa, fue liberado a las 5:30 p. m. de este martes por orden del Tribunal de Apelación del Segundo Circuito Judicial de San José.
Esa instancia anuló la sentencia de dos años de prisión contra Carlos Andrés Pérez, dictada por el Tribunal de Flagrancia de Limón, al ser hallado responsable del delito de “daños agravados” en perjuicio de la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope), la cual señaló este acto como sabotaje.
La decisión de los jueces de apelación se dio al acoger parcialmente los recursos interpuestos por la defensa del empleado.
En la resolución ordenó someter el caso a un nuevo juicio. Pérez, de 27 años, estaba preso en el Centro de Atención Institucional de Limón.
El Ministerio de Justicia informó a las 5:30 p. m. que la orden de liberación de Pérez ya había sido ejecutada.
El Tribunal de Apelación también dejó sin efecto la inhabilitación por 10 años contra Pérez para trabajar en el sector público.
“Muy feliz, la verdad lo que queríamos se logró que era ordenarse el reenvío, un nuevo juicio. Se anuló todo lo actuado, también ordenó el tribunal de apelaciones que tenía que ser un tribunal colegiado el que resuelva el asunto ya sea una cuestión de pena. Ahora al mediodía lo fui a visitar, él estaba sumamente positivo, como que ya lo presentía”, aseguró Henry Loaiza, abogado del trabajador de Recope.
El Juzgado de Limón deberá ahora realizar un nuevo juicio para determinar si Pérez fue o no responsable por los hechos ocurridos el 11 de setiembre, durante la huelga contra la reforma fiscal, cuando varias personas atentaron contra la válvula que protegía la entrada y salida de gas GLP de una esfera en el plantel de Moín mientras un barco hacía la descarga hacia ese tanque.
Con esa acción se puso en peligro a vecinos y viviendas, pues según argumentó el abogado de Recope, José Ramón Morales, de haberse dado una explosión la onda expansiva habría llegado hasta Matina, a 30 kilómetros de distancia.
Este martes, luego de que se diera a conocer la decisión del Tribunal de Apelación, Morales adelantó que no descartaban presentar un recurso de casación. Por el momento, estudiaban los argumentos de los jueces.
“El equipo de abogados tiene 15 días a partir de la notificación para hacerlo”, señaló el representante de Recope.
Actualmente, Pérez también es sujeto de un procedimiento administrativo dentro de la Refinadora, el cual está supeditado a la investigación judicial. Es decir, mientras se determina si es responsable o no de los hechos por los cuales fue acusado, estará suspendido.
“Los procedimientos administrativos se supeditan a las investigaciones judiciales que suspenden la potestad disciplinaria y de investigación a la administración pública”, informó la oficina de prensa.
El juez de Flagrancia de Limón, Sergio Céspedes Rivera, había condenado a Pérez por “daños agravados”.
El 27 de noviembre, al dictar el fallo, dijo: “Fue un daño provocado, causado con éxito a una planta energética, pero yo no podría saber si la intención fue un sabotaje”.
La Fiscalía había acusado otro delito, tipificado en el artículo 260 del Código Penal como Atentado contra plantas, conductores de energía y de comunicaciones.
Contra el juez
En su resolución, el Tribunal de Apelación también pidió al Tribunal de la Inspección Judicial abrir un procedimiento contra Sergio Céspedes Rivera, juez del Tribunal de Flagrancia de Limón, al considerar que incurrió en “graves errores”.
“Pocas veces este Tribunal se ha enfrentado a un proceso y a una sentencia cargada de tantos y tan graves errores en la aplicación del derecho vigente como la presente.
"Por ello, porque se estima, conforme a lo indicado, que no se trata de simples discrepancias de criterios jurídicos o de errores menores, sino de un burdo desconocimiento del derecho penal y procesal penal, se considera procedente testimoniar piezas ante el Tribunal de la Inspección Judicial”, señalan los jueces de apelación Rosaura Chinchilla, Alberto García y Gustavo Adolfo Rojas.
Entre los aspectos que se analizaron fue la pena y el dictado de prisión preventiva.
El caso
-11 de setiembre de 2018: Carlos Andrés Pérez fue detenido in fraganti el martes 11 de setiembre como uno de los posibles responsables de afectar el sistema de distribución de gas GLP (gas licuado de petróleo), en Moín. Otras dos personas que participaron en el hecho se dieron a la fuga.
- 27 noviembre de 2018: El Tribunal de Flagrancia de Limón condenó a dos años de prisión al sindicalista de Recope, al determinar que la acción de Pérez pudo derivar en una gran explosión.
“Fue un daño provocado, causado con éxito a una planta energética, pero yo no podría saber si la intención fue un sabotaje”, justificó el juez Sergio Céspedes Rivera, quien indicó que, no solo recibió cinco testimonios fundamentales, sino que toda la evidencia apunta a que el funcionario fue el responsable.
"Carlos está siendo condenado, no porque alguien lo viera, sino porque los indicios van en una única dirección. Es innegable que está siendo detenido a una corta distancia, siendo detenido en la persecución, en flagrancia“, explicó el juez, Sergio Céspedes.
- 19 febrero de 2019: Henry Loaiza, abogado defensor del empleado de mantenimiento de Recope, pidió un nuevo juicio y la liberación inmediata de su defendido, durante la audiencia de apelación.
“Existe una errónea valoración en cuanto a la prueba de descargo, ya que no valora nuestra declaración y prueba documental”, aseguró Loaiza, quien insistió en que hubo omisión de consideraciones que para él probarían la inocencia de Pérez.
- 26 febrero de 2019: Tribunal de Apelación anula la sentencia del Tribunal de Flagrancia de Limón, pide un nuevo juicio contra Carlos Andrés Pérez y ordena su libertad inmediata.
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