Jason Rojas Retana escuchó este miércoles por la tarde la condena de 497 años de cárcel que le impusieron los jueces por difundir pornografía infantil y violar reiteradas veces a una menor de edad.
La sentencia la dictó el Tribunal Penal de Desamparados y la sentencia se adecuará a 50 años en prisión, que es el máximo permitido por la legislación costarricense.
Las violaciones en contra de la menor empezaron cuando ella tenía cinco años y se extendieron hasta los nueve, cuando la Policía Internacional (Interpol) detectó que desde Costa Rica se estaba difundiendo material pornográfico.
LEA MÁS: Hombre preso por violación de menor y difusión de pornografía infantil
Asimismo, otro hermano del sentenciado, Rafael Rojas Retana, fue condenado a 19 años de cárcel por abuso sexual y violación calificada en perjuicio de la misma niña.
Pese a que la Fiscalía también acusó a la madre de la víctima, de apellido Valverde, por violación en modalidad de cómplice, incumplimiento a la patria potestad y corrupción de menores, los jueces la absolvieron por duda. El Ministerio Público analizará la sentencia para definir si apela esta decisión.
Los hechos ocurrieron entre el 2012 y 2017 en Higuito de Desamparados, en una vivienda en la que residían la niña, su hermano, sus padres y Jason Rojas.
Este último era amigo del padre de la víctima y eso le permitió desarrollar una relación de confianza con el núcleo familiar. En tanto, el otro hermano Rojas vivía a 500 metros.
Ellos fueron arrestados el 23 de mayo y el 6 de junio del 2017, luego de que la Interpol alertó sobre la difusión de pornografía infantil.
En el allanamiento en el que se arrestó a Jason Rojas, los forenses del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) encontraron fluidos corporales en la ropa, los juguetes y la cama de la niña.
La Policía Judicial decomisó computadoras, memorias USB, celulares, tabletas y juguetes eróticos. Además, lo vinculó con la distribución de más de 300 videos sexuales de la víctima.
LEA MÁS: Hombre distribuyó en Internet 300 videos sexuales de niña de 9 años
Detalle de la sentencia
En total, la Fiscalía demostró la culpabilidad de Jason Rojas, de 37 años, en 21 delitos de violación simple, ocho delitos de producción de pornografía infantil, así como dos delitos por: corrupción agravada, agresión con arma, abuso sexual y difusión de pornografía.
De igual manera, fue hallado responsable de un delito por: violación calificada, tenencia de pornografía infantil y privación de libertad agravada.
En la explicación de la sentencia, la jueza Wendy Montero detalló que Rojas amarró a una silla al hermano de la ofendida, también menor de edad, y le provocó electrochoques.
“Tuvimos por demostrado cómo fue que don Jason entró a esa familia, cómo se fue ganando la confianza de los padres de estos menores de edad. Se convirtió en un miembro de la familia”, afirmó Montero, quien agregó que la confianza llegaba al tal punto que Rojas cuidaba a los niños, los trasladaba a sus escuelas y participaba en actividades familiares.
La jueza dijo que Rojas “explicó su historia de vida. Es lo cierto que ninguno de esos eventos a los que se refirió durante su declaración forman parte de una justificación, sino que él tenía toda la capacidad para poder actuar conforme a derecho. Él tenía todas sus capacidades cognitivas y volitivas en buen estado”.
Montero declaró que al sentenciado no lo limitó "la vulnerabilidad de las personas ofendidas, no solamente de la niña, sino también del niño, que tiene desde su nacimiento una condición de salud especial que lo hacía aún más vulnerable. Tampoco lo limitaron las súplicas de la menor ofendida”.
Por su parte, Rafael Rojas, de 39 años, fue condenado por abuso sexual y violación. Aunque enfrentaba acusaciones más graves, el Tribunal no pudo constatarlas.
“Hemos otorgado plena credibilidad al relato de la menor de edad y de su hermano también afectado. Lo cierto del caso es que no logramos empatar algunas partes importantes del relato de esta menor", dijo el juzgador Willy Escalante.
"Ningún Tribunal del país podría pretender que un menor de edad recuerde con precisión matemática eventos tan gravosos que se hayan cometido en su perjuicio, pero sí es necesario que haya, desde un visto de vista técnico y penal, una coincidencia entre lo que el Ministerio Público acusó, lo que se probó y lo que podría establecer en sentencia”, añadió.
Sobre la inocencia de la madre, el juez Freddy Sandí indicó que solo se le puede reprochar el exceso de confianza, pero no había forma de demostrar que existió delito de complicidad.
La investigación se desarrolló dentro del expediente 17-012209-042-PE y, mientras la sentencia adquiere firmeza, los hermanos cumplirán ocho meses prisión preventiva.
Después del juicio, los padres de la niña clamaron ante la prensa que sus hijos llevan dos años en albergues del Patronato Nacional de la Infancia, entidad que ha negado las solicitudes de devolver los menores, alegaron.