Judiciales

Tribunal inhabilita a alcalde de San Carlos para ejercer cargos públicos por seis meses

Jueces le impusieron pena de 60 días multa por dos delitos de nombramiento ilegal y lo exoneraron de peculado

Alfredo Córdoba, izq. habla con su defensor Francisco Dall'Anese antes de que se dictara la sentencia en Goicoechea. Foto: Rafael Pacheco (Rafael Pacheco Granados)

El alcalde de San Carlos, Alfredo Córdoba Soro, fue inhabilitado para el ejercicio de cargos públicos durante un periodo de seis meses y al pago de 60 días multa, luego de ser declarado culpable de dos delitos de nombramiento ilegal.

La sentencia la dictó este martes el Tribunal Penal de Hacienda, con sede en Goicoechea, al concluir un juicio que inició en octubre pasado.

Para los jueces, el alcalde cometió los delitos durante el año 2003, cuando escogió a una persona que no estaba incorporada al Colegio de Ciencias Económicas para ocupar una plaza en el ayuntamiento. La colegiatura era un requisito indispensable para ese puesto.

Tanto la inhabilitación, como el pago de días multa, equivalentes a ¢3,6 millones, deberá cumplirlos cuando el fallo quede en firme.

En la misma resolución, los jueces absolvieron a Alfredo Córdoba de dos delitos de tráfico de influencias, dos delitos de reconocimiento ilegal de beneficios laborales, dos delitos de prevaricato y un delito de peculado que le había atribuido el Ministerio Público.

Los jueces Tatiana López, quien presidió, Jéssica Hernández y Marcia Williams también condenaron al alcalde a pagar ¢1 millón por el daño social causado al cometer los delitos.

En la sentencia también se exoneró de cualquier responsabilidad al administrador del municipio de San Carlos, Wilbur Rojas, quien fue acusado de dos delitos de enriquecimiento ilícito y un peculado.

El alcalde se postuló para la reelección en los comicios municipales del domingo 2 de febrero del 2020.

Francisco Dall’Anese, defensor del alcalde, declaró que la suspensión del ejercicio del cargo no afectará las aspiraciones del político.

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“Sí puede aspirar a la reelección porque no hay una sentencia firme. Mientras no haya una sentencia firme todo ciudadano se presume inocente”.

Estimó que, luego de escuchar los razonamientos del tribunal para condenar, es muy factible que la sentencia sea revocada en apelación.

“Los argumentos que tiene el tribunal para la condena no son los que exige la ley para condenar en estos casos. De manera que esto está en discusión y mientras la sentencia no esté firme, el alcalde no está inhabilitado y él puede seguir adelante con su trabajo y la vida normal”, dijo el abogado.

Por su parte, Alfredo Córdoba, al salir de la sala de juicio dijo: “Quedó claro que de siete delitos ni un día de cárcel. Ni me condenaron absolutamente a nada. Los nombramientos que dicen que son ilegales, yo tengo un pronunciamiento que no pude presentar en el momento oportuno y ahora vamos a apelar. No tengo ningún impedimento para seguir en la campaña”.

Los hechos que se juzgaron sucedieron poco después de que Córdoba asumió la alcaldía del municipio sancarleño en mayo del 2002. El asunto está relacionado con la designación de Wilbur Rojas en el cargo de administrador.

Asimismo, se le autorizó, supuestamente, el pago de pluses salariales como el de dedicación exclusiva. Por estos hechos se había allanado la Municipalidad en enero del 2016.

De esta manera, los jueces se apartaron de la solicitud que había hecho la Fiscalía a inicios de octubre, de imponerle una pena de 23 años de prisión a Córdoba, mientras que para Rojas solicitaban 15 años de cárcel.

El juicio contra el alcalde de San Carlos comenzó en octubre. Foto: Archivo (Carlos Hernandez)

El Ministerio Público justificó aquella petitoria al decir que Córdoba era, supuestamente, responsable de dos delitos de tráfico de influencias, dos delitos de reconocimiento ilegal de beneficios laborales, dos delitos de prevaricato, un peculado y cinco delitos de nombramiento ilegal.

En tanto, para Rojas solicitó esa pena por dos delitos de enriquecimiento ilícito y un peculado.

Por su parte, a principios de noviembre, Francisco Dall’Anese Ruiz, defensor de Córdoba, había solicitado la absolutoria por certeza de su cliente al asegurar que los cargos que se le imputaban estaban prescritos y no configuraban delito.

Katherine Chaves R.

Katherine Chaves R.

Periodista en la sección de Sucesos y Judiciales. Bachiller en Periodismo en la Universidad San Judas Tadeo.

Carlos Arguedas C.

Carlos Arguedas C.

Trabajó en La Nación hasta el 2022. Periodista en la sección de Sucesos. Trabaja en La Nación desde el 2000 siempre en la cobertura de asuntos de Sucesos y Jurídicos.

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