Luego de tres juicios y a las puertas de un cuarto, la Sala Constitucional ordenó finalizar el proceso penal contra la estadounidense Ann Maxine Patton, acusada por el homicidio de su esposo, John Bender, ocurrido en enero del 2010.
La sentencia de habeas corpus se emitió el 18 de abril, y fue acatada por el Tribunal Penal de Pérez Zeledón el 19 de julio pasado, cuando se dictó extinción de la acción penal y sentencia de sobreseimiento definitivo en favor de Patton por el delito de homicidio calificado.
En el expediente 23-006082-0007-CO, del cual La Nación tiene copia, cuatro de los siete magistrados le dieron la razón al abogado de la imputada, Federico Campos, quien ya había presentado un reclamo ante el Tribunal Penal, el cual fue rechazado.
El defensor argumentó que la Fiscalía emitió una orden de captura internacional contra su representada (quien salió de Costa Rica en el 2015), lo cual le impedía viajar a cualquier parte del mundo. Alegó que “tal decisión amenaza la libertad de la tutelada y hace que no acabe la persecución judicial que inició desde el 2010″.
Campos añadió que de los tres juicios realizados, su clienta ya había quedado absuelta dos veces, lo que le impedía al Ministerio Público apelar otra vez la resolución del Tribunal, según la reforma al Código Procesal Penal del 2022.
Esto se llama principio de doble conformidad, y lo estipula el artículo 466 bis del Código: “El Ministerio Público, el querellante y el actor civil no podrán formular recurso de apelación contra la sentencia del Tribunal de Juicio que se produzca en juicio de reenvío que reitere la absolución de la persona imputada dispuesta en un juicio anterior”.
Si bien la reforma al Código empezó a regir 12 años después de que se abrió el expediente por homicidio, la Sala señaló que en un proceso penal en curso, se debe aplicar un cambio a la ley si este implica una condena menor para la persona imputada. El Alto Tribunal explicó que este se trata del principio de favorabilidad y lo estipula la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Con base en este argumento, la Sala determinó “acoger el presente recurso contra el Tribunal de Juicio Penal del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur Sede Perez Zeledon y anular las resoluciones por medio de las cuales se desestimó la solicitud formulada por la defensa de la tutelada a efecto de que se archivara el expediente 10-000049-0064-PE , para que se resuelva conforme a Derecho corresponda”.
El habeas corpus también se presentó contra el Tribunal de Apelación de Cartago, sin embargo, los altos jueces determinaron que este sí resolvió las gestiones de la defensa y no violentó los derechos de Patton.
Al ser consultado por La Nación, Federico Campos manifestó que “en este caso se hizo justicia (cumplida, pero no pronta) a favor de una mujer que durante muchos años ha vivido y sufrido -a la misma vez- las bondades y las atrocidades de un sistema judicial que la condenó una vez y la absolvió en dos ocasiones”.
“Por razones obvias la señora Ann Patton está muy feliz, a pesar de que se hiciera justicia tantos años después, pero complacida porque la Sala IV cumplió su función protectora de los derechos humanos”, detalló el defensor de la estadounidense, quien incluso en el 2019 denunció a Costa Rica ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
¿Por qué el Tribunal rechazó el reclamo de la defensa?
En respuesta a los magistrados, el juez del Tribunal de Pérez Zeledón, Carlos Adolfo Calderón Bogantes, mencionó que el órgano rechazó correctamente la solicitud de la defensa de archivar el caso. Esa decisión la tomaron los jueces el 15 de junio del 2022, cuando adujeron que el principio de doble conformidad no aplicaba en este expediente.
El Tribunal interpretó que la reforma al Código Procesal Penal solo aplica en la etapa de presentación de apelaciones, no cuando el juicio ya está por realizarse. En este caso, el debate ya había sido ordenado por el Tribunal de Apelación, pero no se podía realizar por rebeldía de la imputada, quien se fue hacia Estados Unidos en el 2015 luego de la segunda absolutoria.
Los jueces argumentaron que en caso de que la encartada quede absuelta en el cuarto juicio, sí aplicaría la reforma y por ende el principio de doble conformidad.
“Es decir, a este momento no hay ninguna sentencia absolutoria que apelar, lo que consta es una resolución del superior (Tribunal de Apelación) que ordena la realización de un debate y contra ello no aplica la doble conformidad”, apuntaron los jueces.
Este criterio fue rechazado por la mayoría de los magistrados, sin embargo, tres miembros de la Sala Constitucional se separaron del voto mayoritario. Se trató de Paul Rueda, Anamari Garro Vargas y Luis Fernando Salazar.
Rueda y Garro presentaron un voto salvado conjunto, en el que estimaron que no es competencia de la Sala decidir si la reforma a la ley afecta este proceso, pues en otras ocasiones han decidido que tal potestad le corresponde a los jueces ordinarios.
Por su parte, Salazar consideró que una ley puede ser retroactiva, en favor de un imputado, solo cuando se trate de una norma sustantiva. Es decir, aplicaría si se reforma una ley que establezca penas de prisión (como el Código Penal), y no cuando se modifique alguna fase del proceso judicial (lo cual está definido en el Código Procesal Penal).
Los hechos acusados
El caso por el cual la Fiscalía Adjunta de Pérez Zeledón acusó a la estadounidense ocurrió en la lujosa residencia que ella y su esposo tenían en Florida de Barú, en Pérez Zeledón.
El hecho sucedió la noche del 8 de enero del 2010, cuando la pareja estaba sola en la casa. El cuerpo de Bender apareció en la cama del dormitorio que compartían, ubicado en el cuarto piso de la vivienda.
El hombre murió de un balazo en la cabeza. Ann Maxine Patton alegó que ella estaba dormida y cuando se despertó observó a su esposo con una arma de fuego en la cabeza. En declaraciones dadas en los procesos judiciales, afirmó que ella intentó quitarle el arma pero en el forcejeo, la pistola se disparó.
Sin embargo, para el Ministerio Público, la mujer aprovechó que el hombre estaba dormido para dispararle.
En un primer juicio, en el 2013, Patton fue absuelta por duda por el Tribunal Penal, pero la Fiscalía apeló. En el segundo juicio, en el 2014, la mujer fue condenada a 22 años de cárcel por homicidio calificado, lo cual fue impugnado por la defensa.
En el tercer y último debate, Patton quedó absuelta por segunda vez. La Fiscalía apeló de nuevo y el 2017 se ordenó realizar el cuarto juicio, el cual finalmente no se llevará a cabo.