Wálter Espinoza Espinoza, director del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), recibió una amonestación escrita por “causar grave daño” a la imagen de Luany Valeria Salazar Zamora, de 23 años, asesinada en junio del 2020. La medida disciplinaria la tomó la Corte Plena en una sesión celebrada el pasado 18 de octubre, cuando por mayoría de 18 votos se dispuso la amonestación.
El castigo, que se incorpora al expediente personal del jefe policial, lo adoptaron los magistrados luego de una investigación interna debido a unas declaraciones que brindó Wálter Espinoza el 25 de junio del año pasado a la Comisión de Seguridad y Narcotráfico de la Asamblea Legislativa. Los legisladores lo habían citado para que explicara sobre cómo trabajó la Policía Judicial la denuncia de la desaparición de la joven, que se perdió el 9 de junio del 2020 y apareció muerta casi una semana después.
Tras analizar todas las pruebas, los magistrados concluyeron que Espinoza quebrantó la protección que dispone el artículo 295 del Código Procesal Penal. “Esta Corte por mayoría ha tenido por demostrado que con su conducta, omitió cumplir con los deberes de confiabilidad, rectitud, respeto y empatía que rigen la conducta de los servidores judiciales, haciendo públicos datos sensibles y privados de una persona víctima de un delito de homicidio, infringiendo políticas institucionales sobre igualdad de género, se limitó a brindar detalles secretos y sensibles de una investigación penal en curso”, señala el pronunciamiento de la Corte.
A favor de la sanción escrita votaron Patricia Solano, Luis Guillermo Rivas, Iris Rocío Rojas, Damaris Vargas, Orlando Aguirre, Julia Varela, Porfirio Sánchez, Jorge Olaso, Jesús Ramírez, Sandra Zúñiga, Gerardo Rubén Alfaro, Fernando Castillo, Luis Fernando Salazar Alvarado, Anamary Garro y los suplentes Jéssica Jiménez Ramírez, Ana Isabel Vargas Vargas, Miguel Ernesto Fernández Calvo y Alejandro Delgado Faith. En tanto la magistrada Roxana Chacón votó por aplicarle la sanción de suspensión.
La comparecencia que dio origen a esta sanción ocurrió luego de que la familia de Luany Salazar alegara que los investigadores actuaron de manera negligente. Lo anterior porque argumentaban que ellos dieron detalles sobre una posible ubicación, pero la Policía presuntamente no actuó con rapidez. Salazar fue encontrada asesinada el martes 15 de junio del año anterior. Estaba enterrada en la parte trasera de una vivienda en Linda Vista de Río Azul en La Unión, Cartago y luego se confirmó que fue asesinada de siete puñaladas.
Por este crimen el Tribunal de Juicio de Cartago condenó el pasado 12 de julio a Kenneth Enrique Mejía Chavarría a 19 años de prisión, por un delito de homicidio simple (18 años) y de un hurto agravado (un año).
Randall Salazar, padre de Luany, calificó la medida adoptada por los magistrados como ridícula. “18 decidieron la amonestación escrita. Están favoreciendo a don Wálter. Él cometió un error que merece el despido. No lo van a hacer entonces yo voy a continuar. Voy a demandar a don Wálter en el contencioso administrativo para sentar un precedente, que tiene que tener cuidado al hablar. No es por dinero, sino por la dignidad de mi hija”.
En tanto para el abogado Joseph Rivera, que representó a la familia en este caso, dijo que esto representa una gran victoria. “Se logró probar la falta de don Wálter sobre las manifestaciones nefastas en contra de la occisa Luanny Salazar. Los familiares me han manifestado que van a demandar al Poder Judicial y a Wálter en su carácter personal y ya estamos terminando de redactar la demanda”, añadió.
Aunque se intentó obtener una versión del director del OIJ sobre esta sanción, la oficina de prensa del OIJ comunicó que el funcionario se encuentra de vacaciones. Tampoco su abogado Francisco Dall’ Anese Ruiz respondió los mensajes dejados en su celular.
Historia del hecho
Cuando Wálter Espinoza acudió el 25 de junio del 2020 a la Comisión Permanente Especial de Seguridad y Narcotráfico, de la Asamblea Legislativa, mencionó que dentro de las pesquisas ante una denuncia por desaparición, los investigadores hacen un perfil de la persona extraviada para conocer detalles de su vida y costumbres para de esa forma tratar de ubicarla. En esa ocasión, entre otras cosas, mencionó que Luany mantenía una relación sentimental con un sicario de la banda narco liderada por Luis Ángel Fajardo Martínez, alias Pollo, quien está preso en Nicaragua.
Asimismo, dijo que los agentes judiciales pudieron determinar que la muchacha tenía nueve meses de trabajar en el Hotel El Rey, ubicado en San José centro. “Tenía nueve cotizaciones”, enfatizó. También agregó que en una fecha desconocida, Luany se vio envuelta en una confusa situación en la que dos hombres y otra mujer tuvieron un enfrentamiento dentro de un motel en Paso Ancho, San José.
Antes de esa comparecencia, en el Poder Judicial se habían recibido cuatro denuncias contra Espinoza por supuesta negligencia en el actuar del OIJ en la investigación por la desaparición de la joven. Luego que el jerarca policial acudió al Congreso, los mismos denunciantes ampliaron las quejas.
Una de las que se sintió más molesta fue Ana Patricia Zamora Masís, la madre de la joven asesinada, que atribuyó al jefe policial “revelar información confidencial sobre la vida privada de mi hija. Según dijo, con ello, incurrió en divulgación de secretos de la causa penal número 18-000843-0070-PE, violentando el principio de la confidencialidad de las actuaciones del artículo 295 del Código Procesal Penal (...), utilizó lenguaje emocional despectivo y marcado con frases estereotipadas de género, y prejuicios (...), dañó la imagen de mi hija señalándola en su declaración como una drogadicta y prostituta y que andaba con un sicario de la banda de Pollo”.
Como parte de las pruebas de descargo, Wálter Espinoza consideró que se le estaba sometiendo a un procedimiento disciplinario injustificado, pues él estaba frente a una obligación que debía acatar, como era comparecer ante los diputados. Asimismo, dijo que ni en la convocatoria ni durante la comparecencia, se le advirtió que las declaraciones se transmitirían en vivo, o que se fuesen a grabar para comunicar a terceros.
“El único público meta al que se dirigieron mis explicaciones fueron los integrantes de la Comisión. La exposición de esos datos a un público diferente no es atribuible a mi persona, por ser un hecho del que no tuve conocimiento ni posibilidad de determinación (...) se me pretende sancionar por hablar con exactitud y no mentir en mis declaraciones. Decir la verdad implica también no omitir o reservar información dolosamente (...) mis manifestaciones ya eran de conocimiento público por informaciones de medios de prensa que eran anteriores a mi comparecencia”, argumentó el funcionario.