
El artículo 329 de la Ley General de Salud obliga a enterrar los cadáveres en cementerios autorizados, pero no prevé ninguna sanción a la persona que infrinja la disposición.
En ello coincidieron tanto el abogado Fernando Montero Piña como la ministra de Salud, María Luisa Ávila.
Esta última dijo que los abogados del Ministerio analizan este tema para determinar qué tipo de acciones se podrían plantear contra las personas que sepulten cuerpos en lugares no autorizados pues el caso de Corredores no es único en el país.
Entre tanto, para Fernando Montero, el caso de Corredores, según la información que se aporta, parece ilegal porque se viola la normativa.
“El problema es que el día de mañana a mí se me ocurre enterrar a mi papá en el patio de mi casa y al vecino enterrar a su esposa en el patio, cuando nos damos cuenta el barrio está lleno de tumbas sin cumplir con los requisitos”, explicó.
El abogado agregó que un juez sí puede ordenar la exhumación de un cuerpo en cualquier momento.
María Luisa Ávila señaló que lo anterior es cierto, pero solamente cuando se trata de casos en los cuales se requiere un trámite de medicina legal y lo hace personal de la Medicatura Forense, con apego a las medidas sanitarias.