El Tribunal Primero Colegiado de Primera Instancia Civil de San José condenó a la cadena McDonald’s, representada en Costa Rica por Arcos Dorados Costa Rica ADCR S. A., a pagar una indemnización a un ciudadano cuya imagen fue expuesta sin autorización en un video que se hizo viral en el redes sociales En el clip, se observa un pleito ocurrido en diciembre del 2023 en las instalaciones de uno de los restaurantes en Heredia.
Según esta primera sentencia, la firma tendría que pagar ¢5 millones al demandante, además de los costos del juicio. Marianela Ureña, gerente de Comunicación Corporativa, Arcos Dorados Costa Rica, informó de que la empresa se abstiene de comentar este fallo, “ya que no es una decisión final”.
El bufete Alvarado Moreno & Asociados informó de que el demandante demandó civilmente a la empresa por la vulneración de los derechos a la imagen y la privacidad, pues el video entró a las redes sociales sin ninguna autorización.
Rodolfo Alvarado Moreno, quien llevó el caso junto a la licenciada Jéssica Valverde Campos, sostuvo que, al verse expuesto en redes sociales, su cliente sufrió un daño moral significativo, además de repercusiones en su entorno social, laboral y económico.
El abogado detalló que, según el Tribunal, la empresa incumplió el ordenamiento jurídico al divulgar la grabación sin autorización.
Según declaró el abogado Alvarado Moreno, McDonald’s reconoció que la difusión del video fue realizada por un gerente de turno del restaurante en cuestión. Sin embargo, dijo, la cadena de restaurantes habría intentado trasladar la responsabilidad al empleado.
“Se tuvo comprobado, no fue un hecho controvertido, McDonald’s lo aceptó desde un principio, que ellos habían subido el audio vídeo, que lo había hecho un empleado que era el gerente de turno del restaurante de Heredia.
“Lo qué pasa es que ellos decidieron, con esa argumentación, echarle la responsabilidad al empleado y la responsabilidad del empleado es la misma responsabilidad que tiene el representante legal de la empresa por lo que haga el empleado, salvo que sea un aspecto penal donde responde quien comete un delito; civilmente, responde quién es el dueño de la empresa, es diferente”, explicó el defensor.
La resolución se dictó mediante la sentencia 2025-000070, emitida el 4 de febrero de 2025.
El abogado dijo su cliente se mostró satisfecho con la sentencia.
Para el bufete, la sentencia marca un precedente en materia de derechos de imagen y privacidad, al establecer que la difusión de audios o videos en redes sociales sin el consentimiento de las personas involucradas constituye una infracción legal.
“Consideramos que es un juicio que va a crear un precedente muy importante y de una enorme trascendencia para ordenar las redes sociales y para que todas aquellas personas físicas o jurídicas o dependencias públicas que utilizan este medio”, agregó Alvarado.
El altercado difundido en el víideo ocurrió la noche del jueves 14 de diciembre del 2023 al parecer por una confusión en una orden de comida. La pelea sucedió luego de finalizar un partido entre el Club Sport Herediano y el Deportivo Saprissa. Siete personas se vieron involucradas.