Un hombre de 36 años fue detenido como sospechoso de “expresar palabras obscenas” e intentar sujetar del brazo a una mujer.
Esas situaciones son calificadas como acoso sexual callejero, según la ley que entró en vigencia en agosto del 2020.
La captura del sujeto, de apellidos Calero Jiménez, fue hecha por oficiales de la Fuerza Pública a las 6 p. m. del sábado anterior en el barrio Quesada Durán, en Zapote, San José. Sin embargo, fue hasta este lunes que el Ministerio de Seguridad Pública (MSP) dio a conocer la situación.
“El informe policial detalla que una mujer pide auxilio, luego de que un hombre, presuntamente, le expresó palabras obscenas e intentó sujetarla de un brazo para intentar tocarla.
“Los oficiales pidieron a la joven que les indicara la vestimenta y las características físicas del agresor, por lo que en pocos minutos lo ubicaron y procedieron a su detención”, manifestó Seguridad en un comunicado de prensa.
Calero fue remitido a la Fiscalía para que se defina su situación jurídica.
Esa instutición informó de que el caso fue tramitado en la Unidad de Trámite Rápido, la cual hasta las 5 p. m. no había precisado si se impusieron o no medidas al hombre.
El artículo 175 quater del Código Penal estipula como delito la persecución o acorralamiento, que se sanciona con una pena de prisión de ocho meses a un año o de 30 a 45 días multa.
Según el apartado, esta situación ocurre cuando alguien que se encuentre “en un espacio público, de acceso público o en un medio de transporte remunerado de personas persiga o acorrale con connotación sexual a otra persona sin su consentimiento”.
Además, el artículo 388 bis establece una pena de “15 a 30 días multa a quien, en un espacio público, de acceso público o en un medio de transporte remunerado de personas, profiera, dirija o ejecute, con connotación sexual, palabras, ruidos, silbidos, jadeos, gemidos, gestos o ademanes hacia otra persona, sin su consentimiento”.