Cuando se suscitó la emergencia nacional por el nuevo coronavirus, el Ministerio de Justicia y Paz aseguró que los directores de todas las cárceles iban a levantar una lista con los reos que tienen padecimientos específicos, que los ponen en riesgo ante la covid-19.
Ese listado se lo pasarían al Instituto Nacional de Criminología (INC), ente adscrito a Justicia y encargado de otorgar beneficios carcelarios, para que analizaran cada caso y así autorizaran o no la salida del preso a un régimen semiabierto.
Sin embargo, del 11 de marzo al 7 de mayo pasado, el ministerio solo reubicó a 106 personas; es decir, en promedio, solo dejaron salir a dos personas por día, pese a la urgencia manifiesta en varios pronunciamientos de jueces de Ejecución de la Pena.
Además, pese a que ya pasaron casi dos meses desde que comenzó la emergencia sanitaria, Justicia no sabe cuántos de los 16.000 reos, tienen una condición médica que los hace vulnerables a la enfermedad.
Dicho despacho justifica esa lenta reubicación en dos vías: la primera, que los directores de las cárceles no tienen un plazo para hacer las valoraciones ni técnicas ni médicas y remitirlas al INC.
La segunda, que el trabajo de cada centro penal dependerá del recurso humano que se tenga en el momento del análisis, sin dar detalle del personal que tienen los centros para esas labores.
Eso, se suma a que, según Jenny Umaña, directora del Instituto, quieren hacer un trabajo meticuloso.
“Queremos hacer un proceso muy cuidadoso porque existe una responsabilidad institucional con el país. Hay que tomar en cuenta que el personal médico no puede dedicarse solo a valoraciones; la atención médica no puede dejarse descubierta”, manifestó la directora, por medio de un comunicado de prensa.
Detalle del proceso
Una vez que la covid-19 llegó a nuestro país, el INC emitió la primera circular para tomar medidas y así proteger a lo que ahí se consideró que era la población de mayor riesgo: adultos mayores, diabéticos, hipertensos, mujeres embarazadas o con niños en lactancia.
Todo eso quedó escrito en la directriz 2-2020, de fecha 11 de marzo.
Según Justicia, bajo ese oficio, el INC reubicó, entre el 11 de marzo y el 7 de mayo, a 106 privados de libertad al régimen semiinstitucional por ser población con factores de riesgo. No brindaron detalle del perfil de los trasladados.
En paralelo a eso, varios jueces de Ejecución de la Pena aplaudieron la labor del INC, pero les ordenaron abarcar a más población porque, de lo contrario, se podría estar a las puertas de un contagio ‘masivo catastrófico’ de covid-19.
Es decir, analizar el caso de cualquier persona con enfermedades crónicas, sin importar su género ni edad.
Como respuesta, el INC emitió la circular 4-2020, el 21 de abril pasado, con la cual se derogó la directriz 2-2020. Allí se establecieron nuevos lineamientos: se incluyó lo que solicitaron los jueces, pero se indicó que, además del perfil clínico, también se evaluaría el criminal.
Casi 20 días después de dicha emisión, aún no se ha hecho ni un solo movimiento al régimen semiinstitucional bajo esa directriz, indicó Justicia.
En estas dos semanas, los directores de centros penales solo han remitido el expediente de 31 candidatos al Instituto. Justicia no indicó en cuáles cárceles están esos reos, ni cuándo fue que ingresaron los diferentes casos al INC.
Tampoco detalló cuándo se podría ir teniendo la respuesta a esos casos y su eventual traslado al régimen semiinstitucional.
Por su parte, la mañana de este jueves, durante una audiencia ante la Sala Constitucional, la defensora pública Laura Arias Guillén lamentó que no se ha dado una "respuesta oportuna” por parte de las autoridades penitenciarias.
“Esa cantidad de reubicaciones refleja que, a pesar de la buena voluntad, de las circulares y de los protocolos, no se surte el efecto esperado”, lamentó la defensora.