Tres oficiales de la Fuerza Pública fueron detenidos el sábado 3 de febrero porque supuestamente intentaron robarle cocaína a otro sujeto y, un día después, un juez los envió a prisión preventiva.
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El lunes siguiente, el ministro de Seguridad, Gustavo Mata, firmó el despido de los funcionarios, con fundamento en el artículo 140 de la Constitución Política. Esa norma faculta a ese jerarca a prescindir de los servicios de los empleados por pérdida de confianza, sin realizarles ningún proceso administrativo.
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El problema, sin embargo, es que esas destituciones rápidas de policías vinculados con hechos delictivos le cuestan caro a Seguridad, pues son despidos con responsabilidad patronal.
Así, aunque sean sospechosos que encaran investigaciones judiciales, el Ministerio debe pagarles cesantía, vacaciones no disfrutadas, lo que corresponda de aguinaldo y salario escolar.
Desde el 2014 y hasta el 7 de febrero pasado, 168 oficiales fueron despedidos bajo el artículo 140 de la Carta Magna.
Esas destituciones signifcaron un desembolso de casi ¢402 millones, según datos suministrados por Seguridad Pública.
Aunque es una salida "más costosa", se aplica porque permite dar un trámite expedido al despido, sin investigación interna, explicó Jeiner Villalobos, director de la Asesoría Jurídica del Ministerio.
“Desearíamos tener otras armas jurídicas para no pagar, pero con esto nos evitamos esperar los resultados tanto de un procedimiento administrativo como de uno penal (…) Porque, si en el juicio se absuelve a la persona, entonces nos tendríamos que dejar en la planilla a una persona cuestionada, manchada, señalada”, expresó.
Para el Ministerio, añadió, es preferible gastar este dinero y librarse de estas personas que ya no gozan de su confianza, a mantener en su estructura a personas con tienen acceso a armas y a información de operativos y sitios de venta de droga, por ejemplo.
Gustavo Mata, ministro de Seguridad, confirmó esa política.
“No nos hemos quedado con los brazos cruzados; cuando se tienen sospechas, se hace valer este derecho sin importar nada más”, dijo.
Con el jerarca, disiente Minor Anchía, representante de la Asociación Nacional de Empleados Públicos (ANEP), en Seguridad Pública.
A su juicio se ha "abusado de esa herramienta jurídica" que, considera, va en detrimento de los derechos de los funcioarnios al no permitirles ejerce su defensa.
"A ellos solo les llega el despido y listo. Y, segundo, porque va en detrimento del erario público al hacer esos pagos", dijo el dirigente sindical.
En diciembre de 2016, Anchía acudió a la Sala Constitucional para impugnar el despido de 115 policías considerados corruptos.
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Ese mismo mes, los magistrados declararon sin lugar el reclamo, mediante el voto 2016-018906, el cual ratificó que la Constitución Política permite al ministro hacer ese tipo de despidos cuando hay pérdida de confianza en los policías.
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Dificultades administrativas
Normalmente, cuando un funcionario público comete una falta, se le abre un procedimiento administrativo en el cual se concluirá si el caso se archiva o si se le sanciona con suspensión o despido.
Ese, no obstante, no es el merjo camino cuando se trata de policías que habrían incurrido en delitos, de acuerdo con Villalobos.
“Si fueran fallas normales, se abre una investigación, pero no podemos hacer esos cuando se trata de temas penales y menos cuando es por homicidios o narco”, apuntó.
¿Por qué? La respuesta es muy sencilla para el director: En el Ministerio no existen las herramientas suficientes para lograr determinar si alguien cometió o no ese tipo de fallas.
“Muchas veces, el fiscal no nos puede dar información porque están en proceso de investigación y eso es muy lógico y razonable, pero ¿qué es lo que pasa? Que, por eso, para resolver algo administrativamente, tenemos que esperar el resultado del proceso penal y el expediente se quedaría abierto hasta por años”, explicó.
A pesar de estas complicaciones, Anchía insistió en que la mejor solución ante posibles casos de corrupción o de otros delitos es realizar un procedimiento administrativo, pero darle celeridad.
"Se debe acudir al debido proceso, de forma tal que la persona pueda ejercer su derecho de defensa y, si se logra determinar que hay responsabilidad y pérdida de idoneidad, esa personas debe ser separada del cuerpo policial", explicó.
Pero, más allá de que el policía pueda defenderse, Anchía apuntó que aplicar el procedimiento administrativo es importante porque, cuando se toma una decisión, tiene un fundamento importante y es más difícil que "se la traigan abajo".
"Es mejor hacer las cosas despacito, pero con buena letra", dijo.
Por ejemplo, citó, cuando al final el proceso penal concluye con un sobreseimiento definitivo, resolución que le daría posibilidades al policía para demandar al Estado para cobrar daños y perjuicios.
"Lo que ha pasado es que los jueces ordenan, entonces, la reinstalación del funcionario, el pago de salarios caídos y el pago de costas, daños y perjuicios. Eso, además del pago de las prestaciones que se le dio con anterioridad.
No hay detalle de cuántos oficiales despedidos por este artículo han regresado al Ministerio de Seguridad.
En casos en los cuales los efectivos son sospechosos de delitos graves, como narcotráfico u homicidio, Anchía indicó que se les podría suspender con goce de salario, mientras se les realiza los procesos administrativo y penal.
"Tenemos claro que alguien que esté vinculado con drogas, por ejemplo, no debe estar en el cuerpo policial, pero hay que hacer un proceso bien hecho para que después, por una falla técnica, pueda regresar a nuestras filas.
En el 2017, Seguridad Pública tenía 15.684 oficiales lo que representó un gasto de ¢163.000 millones. Para el 2018, se tiene proyectado tener 16.647 puestos policiales y el presupuesto destinado para pagar esa planilla es de ¢192.791 millones.
Coordinación con Fiscalía
En procura de mejorar los controles sobre el comportamiento de los policías, el director jurídico del Ministerio indicó que han mantenido comunicación constante con el Ministerio Público.
El objetivo es que, cada vez que detienen a un oficial (que esté o no en su día libre), les notifiquen sobre esa captura para que ellos tomen las medidas necesarias.
“Sí tenemos como protocolo que los despachos judiciales nos notifiquen de los procesos, aunque sea de violencia doméstica, pero hay casos en los que no nos llega”.
Sin embargo, no es obligación de los fiscales dar esa alerta y, como a nivel interno del Ministerio no tienen funcionarios que revisen, entonces hay casos en los que no se enteran de la apertura de causas penales contra oficiales.
“Pero podría decirle que son cifras mínimas y, de una u otra manera, salen a la luz y se aplica lo que se tenga que aplicar”, dijo.
¿Cuándo se aplica el artículo 140?
- Cuando el funcionario es declarado como no idóneo porque tiene un problema de salud importante. En estos casos, el empleado tiene que solicitar que se le aplique este artículo.
- Si el oficial tiene más de 12 años de trabajar, en propiedad, para la Policía, puede renunciar y pedir que se aplique esta norma para que se le pague todo.
- Porque el policía está vinculado a un delito.
Ley que borra historial delictivo perjudica contratación de policías
El proceso de contratación de policías es hasta cierto punto vulnerable porque la ley que borra el historial delictivo podría dejar sin antecedentes a un aspirante, pese a que este haya sido hasta condenado años atrás por uno o varios delitos.
La preocupación la externó el director jurídico del Ministerio de Seguridad, Jeiner Villalobos, ante consulta de este medio.
Una reforma aprobada por los diputados en abril del 2016 a la Ley de Registro y Archivos Judiciales permite que se elimine o reduzca el tiempo de vigencia del historial delictivo de una persona que ya terminó su pena.
Según ese cuerpo normativo, si un sujeto es condenado a menos de tres años, el antecedente se le borra al cumplir la sentencia; si recibe condena de tres a cinco años, el historial solo estará en registro por un año más. Las penas de cinco a diez años se borran tres años después y las mayores a 10 años se eliminan luego de cinco años.
Solo los delitos por crimen organizado, terrorismo, delitos sexuales contra menores de edad, homicidio calificado, feminicidio y delitos contra la función pública se mantendrán por diez años en el récord delictivo.
Villalobos dijo que, durante el proceso de contratación, ellos pueden acceder a su archivo policial, donde mantienen un registro de los antecedentes. No obstante, si ya pasó el tiempo establecido por ley, deben obviarlos.
"Eso nos ha afectado, claro. (...) Eso pone un impedimento legal y ya no se pueden tomar en cuenta. Entonces, por más que sepamos que alguien tiene antecedentes, no podemos apartarlo del reclutamiento", dijo.
Agregó que estas situaciones le causa “frustración”. “El funcionario policial es visto como cualquier otro fruncionario y no es cierto. Hay que darle un tratamiento policial porque es quien tiene nuestra seguridad en sus manos”, reprochó.
El director jurídico no es el único en levantar la voz en contra de esta reforma del 2016. Jueces han asegurado que estas modificaciones los dejan ”a ciegas” a la hora de dictar sus sentencias.
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¿Por qué? Ellos indican que por esa norma desconocen si de verdad se trata de un primario (persona que no ha cometido un delito) y por eso, los imputados pueden accesar a beneficios carcelarios o medidas alternas, "sin merecerlo".
Últimos casos de oficiales detenidos
- 23 de noviembre del 2016: diez policías fueron detenidos por sospechas de integrar a una banda dedicada al tráfico internacional de drogas.
- 10 de marzo del 2017: dos oficiales caen porque presuntamente daban información "privilegiada" a asaltantes.
- 31 de mayo del 2017: Policía relacionado a grupo narco y al homicidio de un colombiano.
- 29 de noviembre del 2017: 31 efectivos de la Fuerza Pública son investigados por privación de libertad y robos agravados.