El líder de una banda ligada a una millonaria estafa planeada desde la cárcel ganó en noviembre del año pasado un recurso de amparo para que en la Asamblea Legislativa se promueva una ley que regule la ejecución de sentencia de los privados de libertad y les otorgara más beneficios.
Así consta en la sentencia 21335-2019 de la Sala Constitucional, en la cual se validó la acción promovida por Edwin Alexis Tencio Rodríguez y Alexánder Gerardo Vargas Rojas para que se cumpla con la creación de una ley especial que determine el lugar y la forma en que se cumplirán las penas de prisión y las medidas de seguridad.
El objetivo del proyecto es que se ejerzan sobre el condenado una acción rehabilitadora y de respeto de sus derechos fundamentales.
Precisamente Tencio, de 29 años de edad, fue señalado el miércoles anterior por el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) y el Ministerio Público como el cabecilla de una organización, que aprovechándose de las facilidades que contaba en la cárcel, logró estafar más de ¢500 millones por medio de llamadas telefónicas.
Al parecer, para cometer el delito contó con la colaboración de familiares y de al menos tres funcionarios del Complejo Penitenciario La Reforma en San Rafael de Alajuela, donde descuenta una pena de 43 años de prisión.
Además del líder, fueron aprehendidos otros hombres de apellidos Tencio , Irigoyen Cruz (policía penitenciario), Alvarado Cruz (esposa del líder), Solís Dávila y Delgado Ruiz. Así como otros sujetos, apellidados Picado Mesén, Rodríguez Jaime, Rodríguez Barquero y Barquero Gamboa.
Al grupo se le atribuye invertir parte del dinero en fincas, ganado y vehículos. En total, se recuperaron ¢13 millones en efectivo.
Desde el viernes anterior el Juzgado Penal de Alajuela dictó medidas cautelares contra los imputados en este caso.
Violento asaltante
Edwin Alexis Tencio, oriundo de Liberia, Guanacaste, desde los 21 años se involucró en hechos delictivos.
Dicho dato consta en la sentencia 86-2014 del 12 de junio de 2014, dictada por el Tribunal de Juicio de Nicoya cuando lo condenaron a 43 años de prisión por dos delitos de robo agravado, una tentativa de homicidio calificado, una tentativa de homicidio simple y un hurto agravado.
Los hechos fueron cometidos el 8 de diciembre del 2011 (un robo) en perjuicio de la farmacia La Bomba en Nicoya; un hurto agravado en una fecha no determinada en daño de las cabinas Los Pavones en Nandayure y, un robo cometido el 24 de febrero del 2012, contra del abastecedor Nacaome en Puerto Viejo de Nicoya.
Es, precisamente, este último caso es el más grave según se describe en la sentencia. Tencio, en aquel momento de 21 años, llegó junto con un cómplice a asaltar el negocio con armas de fuego.
Luego de apoderarse de ¢40.000 que había en la caja y de otro bolso que contenía bienes por ¢1 millón, Tencio le disparó al dueño del local comercial desde una distancia de unos cuatro metros. El balazo le dio en una pierna.
Una vez afuera del establecimiento, el cómplice de Tencio le volvió a disparar al propietario del comercio, pero no lo impactó. El primer ataque fue calificado como tentativa de homicidio calificado y el segundo ataque, tentativa de homicidio simple.
La pena de 43 años fue confirmada por la Sala Tercera el 17 de marzo del 2015. Dicha condena la cumplirá el 15 de octubre del 2054 y, si obtiene los descuentos otorgados por la legislación, saldría de prisión el 29 de marzo del 2046.
El sentenciado en dos ocasiones procuró mediante un recurso de revisión que la Sala Tercera le disminuyeran la pena, pero los magistrados rechazaron ambas gestiones. La última de ellas fue el pasado 15 de mayo.
Larga vida en prisión
En el recurso que presentaron, Tencio Rodríguez y Alexánder Vargas argumentaron que sienten que se les están violentando sus derechos, pues continúa sin promulgarse una ley especial, que regule como debe ser la ejecución de la pena.
Actualmente eso se hace mediante reglamentos emitidos por dependencias del Ministerio de Justicia.
La gestión se interpuso en setiembre del 2019 y resuelta el 1°. de noviembre del año pasado,
Los reos en el recurso insistieron en que toda persona privada de libertad tiene derecho a vivir en condiciones de detención compatibles con su dignidad personal, y que el Estado debe garantizar el derecho a la vida y a la integridad personal de los privados de libertad.
Una de las razones para solicitar que se emita esa nueva ley, es porque ambos reos deben descontar largas condenas. Tencio saldría con descuentos en 2046 (dentro de 26 años).
En tanto Alexander Vargas sentenciado el 27 de agosto de 1996 a 173 años de cárcel por los delitos de homicidio calificado, robo agravado, privación libertad agravada, peculado y uso de falso documento por el denominado crimen de Llorente de Tibás, le readecuaron la pena a 50 años y cumpliría con descuento el 11 de noviembre del 2036 (dentro de 16 años).