El Ministerio de Seguridad Pública (MSP) destruyó este martes una carretera que fue utilizada el día de ayer como pista de aterrizaje clandestina para una avioneta, en una finca privada de Santa Cruz, Guanacaste. El operativo se realizó de manera conjunta entre las autoridades judiciales, con apoyo del Servicio de Vigilancia Aérea (SVA).
La destrucción de la pista clandestina responde al hallazgo hecho la mañana de este lunes, de una avioneta accidentada en el lugar. El MSP informó de que se desplazó personal policial especializado junto con la Unidad Canina del SVA para realizar las revisiones respectivas. Allí se confirmó que no había personas en el sitio, pero sí una importante cantidad de recipientes o “pichingas”, algunas con combustible y otras vacías, sin evidencia de sustancias ilícitas a bordo.
A raíz de este incidente, las autoridades procedieron, la tarde de este martes, a inhabilitar la vía que fue utilizada como campo de aterrizaje no autorizado.
El director del Servicio de Vigilancia Aérea, Javier Moreira, confirmó que en la diligencia también se realizó la destrucción de la aeronave accidentada.
La destrucción del campo clandestino se gestionó de acuerdo con lo establecido en la Ley 9902 del 2020, Ley para inutilizar pistas de aterrizaje no autorizadas, la cual permite que los aeródromos ilegales, ubicados principalmente en fincas privadas, puedan ser intervenidos mediante diferentes mecanismos y así evitar su uso para fines ilícitos.
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Estos actos se pueden coordinar con otras instituciones públicas y las municipalidades, para su ejecución. De igual forma, el Servicio de Vigilancia Aérea deberá notificar al representante legal de la pista declarada como no autorizada y contar con el consentimiento informado por parte del representante legal de la finca. Debe existir una prueba física de este hecho.
Dentro de los mecanismos que se pueden utilizar para destruir este tipo de pistas está la siembra de árboles o palmeras; el movimiento de tierra utilizando maquinaria, equipo pesado o cualquier instrumento que permita inhabilitar la pista; o bien, el uso de dinamita.
En aquellos casos en que la pista se encuentre en un área protegida, se procederá a inhabilitarla y el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac) deberá realizar y fiscalizar los procesos de regeneración natural en la zona.