Los primeros cinco meses del año dejaron 38 denuncias por seducción en línea a menores de edad en San José.
El dato fue revelado este martes por Óscar Zamora, de la Sección de Delitos Contra la Integridad Física, Trata y Tráfico de Personas del Organismo de Investigación Judicial (OIJ).
Zamora indicó que el promedio de denuncias en la capital oscila entre los 80 y 100 casos al año.
Asimismo, el investigador detalló que en Alajuela y Heredia los casos anuales van de los 60 a los 80.
Algunas personas, incluso, son denunciadas hasta cinco veces.
Este delito ocurre cuando una persona adulta finge ser alguien más para crear un vínculo con un joven menor a 15 años, con el fin de obtener fotos íntimas que luego usará para extorsionarlo.
Según Zamora, esta forma de acoso tuvo un aumento notable a partir del 2013, con incrementos graduales en la cantidad de denuncias cada año.
“Su mayor auge fue en el 2017 y 2018, que se empezó a denunciar por los mismos medios de comunicación que lo dieron a conocer y las instituciones que han hecho cápsulas informativas sobre el delito”, explicó.
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El OIJ tiene definidas las fases en las que se comete el delito.
La primera es el acercamiento: el agresor estudia a la víctima, busca su información pública y gustos en redes sociales. Incluso, averigua la identidad de su familia y amigos.
"Estas personas, en su mayoría, toman la imagen de otro menor de edad para ganar la confianza de la persona que van a captar. Siempre es un menor atractivo, que le atraiga a la otra persona", apuntó Zamora.
Luego sigue la fase de la relación. El adulto empieza a hablar con el adolescente en redes sociales o chats. Usa lenguaje juvenil y conversa sobre supuestos temas en común para ganarse su confianza.
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Sus conversaciones se vuelven cada vez más íntimas. En ese punto, la persona inicia la fase del acoso.
"En esta fase empiezan las conversaciones de índole sexual, empiezan a preguntar si ya han tenido relaciones y solicitan fotografías y videos", afirmó el investigador.
El envío de imágenes y videos continúa hasta llegar a la solicitud de contenido sexual.
Si el menor de edad se niega a seguir enviando, el agresor lo chantajea con publicar sus fotos íntimas o enviarlas a familiares.
Además, las fotografías pueden ser utilizadas en sitios web de pornografía infantil.
El artículo 167 bis del Código Penal impone prisión de uno a tres años “a quien, por cualquier medio, establezca comunicaciones de contenido sexual o erótico, ya sea que incluyan o no imágenes, videos, textos o audios, con una persona menor de quince años o incapaz”.
La pena es de dos a cuatro años si el actor procura un encuentro personal con la víctima.
FUENTE: OIJ. DISEÑO/LA NACIÓN.
Recomendaciones
Zamora instó a los menores de edad a nunca compartir fotos o videos con desconocidos. Asimismo, recomendó mantener seguras las contraseñas de sus cuentas de redes sociales.
“Otra recomendación es que si nos llega una imagen o un video de alguna menor, no compartirlo. Primero, se está compartiendo un delito, y segundo estamos contribuyendo a darle mal uso a estas imágenes. Con el hecho de no aceptar contenido pornográfico que nos llegue podemos limitar este delito”, dijo.
A los padres, el investigador recomendó tener una comunicación cercana con sus hijos, explicarles de los riesgos a los que se exponen en Internet y brindarles apoyo a los adolescentes si descubren que son víctimas de esta modalidad de acoso.
“No recriminarles, ellos no son culpables, son víctimas del delito, de una persona que los sedujo hasta llegar a esto", indicó.
Zamora recordó que la persona que denuncia debe finalizar el contacto con la persona, pero sin borrar los mensajes enviados y recibidos, para que estos se puedan usar como evidencia en la investigación.