San José (Redacción). Un fallo de la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia determinó que una empresa no debe pagar planillas adicionales de reos que prestaron sus servicios en un proyecto.
Los magistrados resolvieron que “por disposición legal, el trabajo prestado por los privados de libertad en los centros de reclusión a la administración pública, instituciones autónomas del Estado o empresa privada, no es constitutivo de una relación laboral”.
La demanda, que originó el fallo de la Sala Segunda, la presentó una empresa privada en agosto del 2005 ante el Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, informó la oficina de prensa de la Corte.
En el proceso la compañía solicitó entre otras cosas, que se declarara que no mantiene ningún tipo de vínculo de subordinación o de índole laboral con los reos que están incluidos en las planillas adicionales expedidas, por la cual tenga que asumir el pago de los seguros de Invalidez, Vejez y muerte (IVM) de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y las correspondientes cargas sociales.
El Juzgado declaró parcialmente con lugar la demanda laboral y estableció que se anularan y dejaran sin efecto las planillas adicionales emitidas a nombre de la empresa, así como el cobro respecto a esas nóminas
La CCSS apeló la resolución emitida, sin embargo el Tribunal de Trabajo la confirmó, por lo que el caso lo elevó ante la Sala Segunda.