La expresentadora de televisión y empresaria, Glenda Peraza, se refirió por medio de sus redes sociales a sus nudes o fotos íntimas creadas con inteligencia artificial (IA) que circulan en redes sociales. Además de la exmodelo, otras figuras públicas, como la periodista Johanna Villalobos o la cantante catalana Rosalía, también fueron víctimas de este tipo de software.
“Para ponerlos en contexto TODOS, los dizque conocidos, tenemos que permitir todo. Pero la realidad es que hoy TODOS estamos expuestos”, aseguró Peraza en su cuenta de Instagram, quien además destacó que “uno a esta edad, intenta que todo fluya”.
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La comunicadora publicó la foto que tomaron para generar la foto íntima y a un lado el resultado de la edición censurado por unas mariposas. En el sincero texto con el que acompañó el post, Peraza también hizo mención sobre la importancia del internet y lo indispensable que se volvió.
“La triste realidad es que hoy y lo que sigue son las redes sociales, si quieres estar presente o hacer crecer su emprendimiento”, aseveró la mujer.
No obstante, confesó que no se lo tomó a mal, sino que “como ya en vida todo pasa” lo ve del lado bueno. “Me dejaron bella, más les vale. Ni la pegaron al 100%, pero todo esta en su lugar”, escribió, seguido de emoticones de risa.
A 11 horas de su publicación, musicalizada con el tema de Karol G y Carla Morrison, Mañana será bonito, la imagen acumula 4.487 “me gustas” y 135 comentarios; entre ellos: “La inteligencia artificial no puede superar la belleza natural y sobrenatural de Glenda”. “¡Qué increíble! Gente sin oficio”. “Glendita no se puede con la envidia de la gente”.
¿Existen consecuencias legales para quienes generen ‘nudes’ mediante IA?
En una entrevista con La Nación, el abogado penalista Federico Campos aclaró que es un delito distribuir nudes de otra persona, sean o no sean reales.
“Tratándose de imágenes elaboradas mediante IA puede haber una línea muy tenue entre realidad y lo que no es, ya que quien recibe u observa una imagen no sabe qué es artificial y qué es real; de manera tal que cualquier representación humana, por ejemplo un desnudo, podría confundir a la opinión pública y afectar la imagen, intimidad y reputación de una persona”, explicó el letrado.
Según Campos, aunque la legislación en Costa Rica “es omisa en muchos aspectos y debería legislarse de acuerdo a las necesidades derivadas del desarrollo tecnológico”, sí existen consecuencias legales para quienes crean o difundan este tipo de contenidos sin consentimiento.
“Puede ser parte de una conducta de acoso cibernético (delito de coacción) o de un daño al honor (delito de difamación); así como generar responsabilidad por los daños y perjuicios causados a la persona, sea mediante imágenes reales o creadas con IA”, explicó el jurista.
Respecto al primer delito mencionado por el abogado, el artículo 193 del Código Penal establece que: “Será sancionado con pena de prisión de tres a cinco años, quien mediante amenaza grave o violencia física o moral compela a una persona a hacer, no hacer o tolerar algo a lo que no está obligado”.
Mientras que para el delito de difamación, el victimario “será reprimido con 20 a 60 días multa en que deshonrare a otro o propalare especies idóneas para afectar su reputación”, según el artículo 146.