Cerca de las 10:00 pm del pasado viernes, la Sala IV le dio luz verde a la reforma fiscal. El país esperaba la noticia. Hablamos de un proyecto de ley que provocó huelgas y debates en todo Costa Rica, y que pretende sacar al país de un enorme déficit fiscal. Esta es una guía sobre lo que ha pasado con el proyecto de ley en los últimos días y un vistazo hacia lo que sigue.
¿Qué era la reforma fiscal?
El plan fiscal, conocido también como expediente 20.580, Proyecto de Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, o combo fiscal (como le dicen los sindicatos), es la solución que impulsa el Gobierno de Costa Rica para mejorar el crítico déficit fiscal que padece el país (los gastos estatales superan los ingresos que percibe el Gobierno desde hace tiempo), así como la deuda interna y externa, con el objetivo de sanear las finanzas nacionales y recuperar la confianza de inversionistas foráneos, vitales para una economía como la tica.
Aquí podés ver qué tan herida están las finanzas nacionales: Actualidad de la economía tica
Y aquí podés ver detalles técnicos sobre cómo la reforma planea sanar la economía: ¿En qué consiste la reforma fiscal?
¿Ya está aprobada?
Nop. Pero casi. Lo que acaba de suceder es que la Sala IV no encontró vicios de procedimiento en la forma en que los diputados gestaron el proyecto de ley. Por ejemplo, no se violó el derecho de enmienda de ninguno de los diputados. En el pasado, dos reformas similares de Abel Pacheco y Laura Chinchilla se quedaron en esta fase.
Ahora miremos este cachorrito y llenémonos de ternura antes de continuar con este importante tema.
¿Qué dijo la Sala IV?
La Sala IV dijo que no encontró vicios de procedimiento ni de forma en el proyecto de ley de la reforma. Por unanimidad, el tribunal constitucional declaró que no halló impedimentos a la reforma tras analizar las consultas que hicieron diputados, y dio luz verde para que se someta a segundo debate en la Asamblea Nacional.
En el comunicado de prensa del Poder Judicial quedó en claro que la Sala IV se limitó únicamente a responder dudas de constitucionalidad planteadas por diputados, y no emitió un pronunciamiento sobre la totalidad del proyecto aprobado en primer debate.
Para pasar esta fase se necesitaba que los magistrados le dieran el visto bueno al proyecto de ley y no encontraran vicios en el procedimiento o la forma en que se construyó, y también hacía falta saber si las quejas del Poder Judicial (presentadas en la fase de consultas externas a instituciones) tenían lugar o no.
Entre otras cosas, la Corte Plena del Poder Judicial dijo que el proyecto interfiere con ese poder del Estado a ponerle freno al crecimiento de los pluses salariales.
Tres consultas fueron enviadas a la Sala, y estas fueron sus respuestas:
-La primera consulta de constitucionalidad, con expediente 18-016546-0007-CO, fue evacuada “en el sentido de que la Sala Constitucional no encontró vicios de fondo ni de procedimiento”. Aquí se trataron seis puntos. Se llegó a las siguientes conclusiones:
1. No existe vicio en que el gasto estatal en la red de cuido y en el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) se contabilicen dentro del 8% del PIB que se destina a la educación.
2. No hay vicios de constitucionalidad en relación con los recursos destinados a las universidades públicas, “toda vez que el proyecto de ley mantiene el gasto nominal del Fondo Especial para la Educación Superior (FEES) y de las rentas propias de las universidades, con respecto al presupuesto vigente al momento de la aprobación de ley”.
3. No hay vicio en la eliminación de los destinos específicos para el Patronato Nacional de la Infancia (PANI) porque se mantiene el presupuesto nominal vigente al momento de la aprobación de la ley, al igual que con los fondos para otras entidades como el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Fodesaf) y el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS).
4. No se consideró inconstitucional que la reforma establezca que solo se podrán crear incentivos salariales por ley, con excepción de los que se aprueben por convenciones colectivas, es decir, acuerdos entre patronos y sindicatos.
5. No hubo objeción sobre las amnistías tributarias introducidas en el proyecto para los deudores del IMAS, el Instituto, las cuales permitirían a los deudores salvarse de los intereses y hasta 80% de los intereses y multas a cambio de cancelar las deudas tributarias, pendientes antes del 1 .° de octubre del 2017, en un plazo máximo de tres meses.
6. Por otra parte, la Sala sí mostró reserva en cuanto a la obligatoriedad de que los jerarcas denuncien las convenciones colectivas a su vencimiento, para renegociarlas, pues “se interpreta que cada jerarca de las entidades públicas tiene la potestad de denunciar o no”, según la Constitución Política, los convenios internacionales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la jurisprudencia del tribunal constitucional.
Esta consulta la enviaron 14 diputados de tres facciones legislativas que se oponen a la reforma. El documento iba firmado por legisladores del Partido Restauración Nacional (PRN); del Frente Amplio, José María Villalta, y el jefe del Partido Integración Nacional (PIN), Walter Muñoz.
-La segunda consulta, con expediente 18-016883-0007-CO, tuvo algunos puntos evacuados y otros fueron declarados “inevacuables” porque los diputados consultantes omitieron “plantear alguna duda u objeción de constitucionalidad”, según leyó Fernando Castillo el pasado viernes. Dos puntos fueron evacuados y dos declarados inevacuables.
Esta consulta la enviaron los diputados que votaron a favor de la reforma fiscal en el primer debate. Los firmantes son los legisladores de Acción Ciudadana (PAC), Liberación Nacional (PLN), Unidad Social Cristiana (PUSC) y el independiente Eric Rodríguez Steller.
-La totalidad de la tercera consulta, del diputado Wálter Muñoz del PIN y con expediente 18-016904-0007-CO, por su parte, fue declarada “inevacuable” por la Sala IV, pues no contó con suficientes firmas de diputados y fue enviada más tarde de lo debido.
Esta consulta la enviaron dos diputados del PIN (Wálter Muñoz y Patricia Villegas), cinco de los disidentes de Restauración (Marulin Azofeifa, Floria Segreda, Carmen Chan, Nidia Céspedes y Harllan Hoepelman), así como la socialcristiana Shirley Díaz y Dragos Dolanescu, del Republicano.
OJO: Como no afecta el funcionamiento del Poder Judicial, la reforma no necesita de 38 votos (dos tercios de los diputados) para ser aprobada, sino únicamente la mayoría simple (29 votos). Esta mayoría debería ser fácilmente conseguida en segundo debate, pues el proyecto obtuvo 35 votos en primer debate. Además, los partidos PAC, PLN y PUSC confirmaron sus votos para aprobar la reforma fiscal este fin de semana.
Aquí tenés un resumen punto por punto de lo que dijo la Sala IV: Luz verde a la reforma fiscal
¿Cómo así, “inevacuable”?
Pues sip: la Sala IV evacúa las dudas planteadas en las consultas que les hacen, en este caso las consultas que los diputados le hicieron sobre la reforma fiscal. Cuando las consultas no se hacen conforme a la ley, no las evacúa y ni siquiera las vuelve a ver, digamos. Las declara “inevacuables”.
En el caso de la tercera consulta, del legislador Muñoz, la Sala declaró que era inevacuable por unanimidad por dos razones:
-Que seis diputados que ya habían firmado la primera consulta repitieron en la tercera, y un diputado puede firmar únicamente una consulta. Esto redujo las 10 firmas necesarias para enviar una consulta a solo cuatro legisladores.
-Y que la consulta fue enviada a deshoras, cuando la Sala IV ya había recibido el expediente legislativo.
¿Qué pasará ahora?
En negrita ponemos por dónde va el proyecto de ley ahorita:
✅ Primer debate en la Asamblea Legislativa
✅ Consulta externa de instituciones
✅ Consulta facultativa a la Sala IV
❓ Segundo debate en la Asamblea Legislativa
❓ Firma del presidente Carlos Alvarado y publicación de la ley en La Gaceta
En cuanto la Sala IV envíe de regreso el proyecto de ley a manos de los diputados para un segundo debate o votación final, si la mayoría simple de diputados vota en favor del proyecto, el presidente Carlos Alvarado debe firmar el documento y este debe ser publicado en La Gaceta, el diario oficial del Estado.
Y voilà, el proyecto se transforma en Ley de Costa Rica. Esto podría suceder en los próximos días, antes de que termine el 2018.
¿Y la huelga?
La huelga sigue y uno de sus impulsores, el pensionado y líder sindicalista Albino Vargas, planea estirarla aún más. Albino puso en Twitter, tras conocer el fallo de la Sala Constitucional: “tendremos que apelar a la democracia de las calles con mayor intensidad y profundidad”.
También comparó al presidente Carlos Alvarado con Nicolás Maduro y Daniel Ortega, diciendo que los tres “enfrentan grandes cuestionamientos y repudio civiles”.
Pero días antes confesó que disfrutó mucho un discurso del representante de Maduro en la Cumbre Iberoamericana.
¿Y entonces? 🤔
Aquí una muestra infográfica de cómo la reforma afectaría las finanzas estatales
¿Quedaste con dudas? ¿Preguntas? Escribinos para cualquier información adicional a:fabrice.lelous@nacion.com