La Defensoría de los Habitantes cuestionó las cláusulas del nuevo reglamento de registro de agroquímicos en Costa Rica donde se permite utilizar información presentada en otros países para validarse aquí y autorizar el uso de los plaguicidas, las cuales considera inconstitucionales.
Por esa razón, la Defensoría presentó una acción de inconstitucionalidad ante la Sala IV, el 11 de junio de este 2018, y solicitó que se suspenda el decreto nuevo del registro de plaguicidas, publicado el 12 de enero del 2017, y puesto en vigencia seis meses después, es decir, en julio del año pasado.
La Sala Constitucional informó de que el 4 de julio pasado acogió la acción para su estudio, pero no suspendió el sistema de registro de agroquímicos vigente como se le había solicitado.
El decreto cuestionado por la Defensoría se emitió con el objetivo de solucionar atrasos en el registro de nuevos productos agroquímicos, denunciados repetidamente por los empresarios, tanto de compañías de productos nuevos como de genéricos. A finales del 2016, la presa en el registro en el Servicio Fitosanitario del Estado se estimaba en 2.124 solicitudes acumuladas desde hace unos 12 años de entrabamiento.
De esa manera, la discusión está entre quienes temen un impacto a la salud humana y al ambiente al facilitar el registro de estos productos, utilizados para combatir plagas y enfermedades agrícolas, y los agricultores y empresarios, quienes denuncian la privación de productos de alta tecnología y de última generación que ya se usan en otros países y no se han logrado introducir en Costa Rica.
El Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) y su ente adscrito, el Servicio Fitosanitario del Estado (SFE), informaron este jueves 12 de julio de que no se referirán al tema, porque fueron notificados de la acción el lunes pasado y están en su análisis y preparación de la respuesta.
Empero, el SFE informó, ante una nueva solicitud, de que al 30 de mayo había en trámite 1.837 solicitudes de revalidación de plaguicidas, además de 257 de Ingrediente Activo Grado Técnico (IAGT) que están en diferentes etapas de trámite, de los cuales había 29 moléculas nuevas y de ellas siete ya fueron aprobadas, cinco canceladas y tres están aun en gestión.
Adicionalmente, se tramitaban 240 plaguicidas formulados (productos terminados que ya se aplican en las plantaciones) en diferentes etapas.
Disputa
La presa en el registro impedía utilizar en Costa Rica productos nuevos, con un mejor efecto y más amigables con el ambiente, según los impulsores de las nueva reglamentación y los empresarios.
Pero desde el 2016, cuando estaba en pleno la discusión para cambiar las reglas, la Defensoría de los Habitantes cuestionó la nueva propuesta porque las normas podrían poner en riesgo la salud de los consumidores y el ambiente. Pese a los cuestionamientos, la legislación se puso en vigencia y ahora la Defensoría la impugna ante la Sala IV, en el marco de una investigación que abrió acerca de la legislación, el uso y control de agroquímicos en Costa Rica, iniciada en setiembre del 2016.
LEA MÁS: Defensoría de los Habitantes investigará uso de agroquímicos en Costa Rica
La acción de inconstitucionalidad de la Defensoría se refiere a los artículos de ese decreto donde se permite el denominado registro por incorporación para productos nuevos y también el registro por información referenciada o por equivalencia, que se aplica a los productos genéricos. Se presentó el 11 de junio pasado.
El registro por incorporación de ingredientes activos permite: “la aceptación del registro de estos ingredientes otorgados previamente por un país o región comunitaria de referencia, cuyas regulaciones y evaluación integral de los datos científicos garantizan un nivel de protección similar o superior al establecido en la normativa costarricense”, de acuerdo con el reglamento.
Eso significa que la información de los registros de otros países, como los de la Unión Europea (UE) o Estados Unidos, se convalidan en Costa Rica y se puede, entonces, comercializar el producto.
LEA MÁS: Defensoría detecta inconvenientes en propuesta de reglamento para plaguicidas
Empero, la acción de la Defensoría ante la Sala IV advierte de que ese procedimiento no garantiza la presentación de la información propia completa de cada producto para la evaluación previa, por parte de la autoridad competente y los otros ministerios involucrados, que permita el adecuado análisis de la calidad y eficacia del producto, así como de los riesgos que su uso implique para la salud y el ambiente.
De acuerdo con la ley, la autoridad competente para realizar el registro de los agroquímicos y el control de su uso es el Servicio Fitosanitario del Estado (SFE), ente adscrito al Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG). Pero también deben intervenir los ministerios de Salud y de Ambiente y Energía.
En lo relativo al registro por equivalencia de los ingredientes activos, que se refiere a los productos genéricos, se cuestiona que este tipo de productos sean registrados simplemente mediante el uso de información referenciada y no mediante equivalencia.
Sin embargo, Carlos Hidalgo, directivo de la Cámara de Insumos Agropecuarios, aseveró que el registro por incorporación solo se permite para inscribir los ingredientes activos, es decir, la materia prima parar hacer la presentación final, que se denomina producto formulado. Para lanzar al mercado este último, dijo, se debe presentar toda la información a los ministerios de Salud, Ambiente y MAG.
En el caso a la equivalencia de la información, Hidalgo aseguró que son mecanismos avalados por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y por la Agencia de Protección ambiental de Estados Unidos (EPA, siglas en inglés).
Advirtió de que con la acción de inconstitucionalidad se pretende devolver al país a la época de la inoperancia, de que no se mueven los registros. “(…) Desde el año 2004 a la fecha, estamos hablando de 14 años, han salido si acaso tres registros”, aseveró.
Agregó que este atraso en la autorización de nuevas moléculas afecta, especialmente, a sectores agrícolas, como los bananeros, piñeros y meloneros, y que llamará a estos grupos para presentar en conjunto la defensa del decreto ante la Sala IV.
Defendió esa legislación aunque detalló que las autoridades no han logrado ponerla en funcionamiento, pese atener un año de vigencia,debido a cuestionamentos presentados ante la Procuraduría y otras instancias.