Los fondos de pensiones complementarios podrán incrementar las inversiones que hacen –con el dinero de sus clientes– en bonos de deuda del Gobierno Central.
El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) abrió esa posibilidad para las Operadoras de Pensiones Complementarias (OPC) este 18 de octubre, con lo que podrían elevar sus inversiones en el sector público del 50% hasta el 80% de los recursos administrados.
La decisión se tomó en un momento de gran deterioro fiscal, lo que incrementa el riesgo de las inversiones en títulos emitidos por el Ministerio de Hacienda.
Con esto se elimina la orden dictada por el mismo Consejo, en octubre del 2014, de reducir la alta concentración de fondos invertidos en bonos públicos. En ese momento se había establecido bajar las colocaciones hechas en Gobierno y Banco Central, del 64% del dinero administrado, al 50% para finales del 2019.
Con el cambio, es la quinta vez desde el 2006 que se modifican los límites a las inversiones de las OPC para poder colocar recursos en el Gobierno.
Luis Carlos Delgado, presidente del Conassif, recalcó que el tope de las inversiones hasta el 80% no es solo para las emisiones del Gobierno, pues también se incluyen las de entidades autónomas, municipalidades e instituciones financieras públicas.
“El establecimiento de límites prudenciales para la gestión de las inversiones de los fondos tiene como fin promover una adecuada diversificación de los portafolios. Sin embargo, es responsabilidad de las entidades reguladas definir dentro de sus políticas de inversión los límites y prohibiciones”, explicó Delgado.
Pese a los argumentos del funcionario, la realidad del mercado de valores local es que, del saldo de ¢6,3 billones de recursos administrados por las OPC, a setiembre anterior, ¢3 billones estaban en bonos de deuda de Hacienda, es decir el 47%, según datos de la Superintendencia de Pensiones (Supén).
La información incluye la totalidad de las cotizaciones de los trabajadores al Régimen de Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROP), el Fondo de Capitalización Laboral (FCL) y el sistema voluntario de jubilaciones.
El incremento del tope de las inversiones en sector público se establece en el nuevo Reglamento de Gestión de Activos que fue enviado a consulta en junio anterior. Solo está pendiente su publicación en el diario oficial La Gaceta para que empiece a regir.
Álvaro Ramos, jerarca de Supén, no respondió las consultas sobre este tema enviadas por La Nación el pasado 17 de octubre.
Riesgo fiscal
Para Mauricio Ávila, gerente general de Popular Pensiones, “un aumento de la concentración en ciertos títulos sería contradictorio” con la Ley de Protección al Trabajador, la cual dicta un equilibrio y seguridad en los recursos administrados por las operadoras.
Ávila agregó que no se prevén ajustes en la política de inversiones de la entidad y seguirán con el proceso de diversificación.
Para Héctor Maggi, gerente de CCSS OPC, el aumento del límite de concentración por emisor de valores no significa un riesgo para los afiliados, pues depende de cada entidad aplicarlo o no, pero luego aceptó que "lo que sí eleva el riesgo, bajo las condiciones actuales, es que una operadora opte por aumentar su concentración en títulos de Gobierno”.
Para Alejandro Solórzano, gerente de Vida Plena, la situación fiscal del Gobierno tiene un mayor impacto en las decisiones de inversiones que el establecimiento de límites por parte del Conassif y Supén.
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También para Hermes Alvarado, gerente de BN Vital, la flexibilización de los límites es una decisión del regulador y las operadoras se ajustan a la normativa.
“Las operadoras no solicitamos elevar el límite. En el caso de BN Vital, se ha venido gestionando la gradualidad de los límites máximos en Gobierno y Banco Central”, recalcó Alvarado.
El presidente del Conassif explicó que ni Hacienda ni las operadoras influyeron en el cambio reglamentario, que respondió a las “cambiantes de los mercados financieros y el entorno económico nacional e internacional”.
Concentración por operadora
A setiembre pasado, Vida Plena (operadora del Magisterio Nacional) reportó la mayor concentración en inversiones de títulos de Hacienda con el 53,2% de los ¢691.812 millones administrados.
En el caso de BAC Pensiones, al mismo periodo, era el 52,2% del total de las cotizaciones de sus clientes, que ascendió a ¢739.276 millones, según datos de Supén.
Popular Pensiones es la que tiene la mayor cantidad de recursos en títulos de Gobierno, con ¢1,1 billones, lo cual equivale al 48,5% de los ¢2,3 billones administrados.
La OPC de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) reportó el menor porcentaje de recursos en Hacienda, con el 36% de los ¢314.473 millones gestionados.
Entrevista con Luis Carlos Delgado
Presidente del Conassif: ‘No se está flexibilizando’
Luis Carlos Delgado, presidente del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif), aseguró que el incremento en el límite de inversiones de las operadoras de pensiones complementarias (OPC) en el sector público responde a un nuevo modelo de supervisión donde cada una de ellas establece su política de inversión.
Delgado insistió en que el nuevo Reglamento de Gestión de Activos no es una flexibilización normativa.
– ¿Por qué en la norma se propone la posibilidad de elevar las inversiones en el sector público del 50% hasta un 80%?
– Este porcentaje es consistente con estándares internacionales.
“El establecimiento de límites prudenciales para la gestión de las inversiones de los fondos tiene como fin promover una adecuada diversificación de los portafolios. Sin embargo, es responsabilidad de las entidades reguladas definir dentro de sus políticas de inversión los límites y prohibiciones que obedezcan al proceso de planificación y debida diligencia”.
– ¿Permitir una concentración alta en el sector público –Hacienda principalmente– no es contradictorio?
– Es importante aclarar que el límite aplica para los valores emitidos por todo el Sector Público Local, el cual se define como el Gobierno Central, instituciones autónomas, municipalidades, instituciones públicas no estatales, según las definiciones establecidas por el Ministerio de Planificación. Por tanto, dicho límite no aplica únicamente para los valores emitidos por el Ministerio de Hacienda.
– ¿Qué razones justifican ahora flexibilizar el límite máximo si en los últimos años iba en reducción la concentración?
– En realidad no se está flexibilizando el límite máximo de inversiones en el Sector Público Local, por cuanto, según el Reglamento de Inversiones de las Entidades Reguladas por la Supén que se encuentra vigente, los fondos del Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias pueden invertir actualmente hasta un 90% de sus activos en valores del Sector Público Local, mientras que ese porcentaje se reduce al 80% en la nueva versión del reglamento.
– ¿Cómo habla de un 90% si un transitorio del reglamento ordena reducir al 50% las inversiones en Hacienda y Banco Central?
– El Reglamento establece, en su Transitorio IV, que las inversiones del ROP en títulos valores emitidos por el Ministerio de Hacienda y Banco Central no pueden pasar un 55% de los activos totales.
“Por su parte, el artículo 27 de la misma norma indica un límite máximo del 35% en inversiones en valores emitidos por el resto del sector público”.
– ¿Hacienda pidió elevar el tope máximo o fueron las OPC?
– El Conassif no actúa en función de solicitudes realizadas por los participantes del mercado, sus acciones se fundamentan en los más altos estándares técnicos, éticos y de prudencia; así como valorando y reconociendo las realidades cambiantes de los mercados financieros y el entorno económico nacional e internacional.