La transformación del tributo sobre las ventas en el nuevo impuesto sobre el valor agregado (IVA) implica, como principal cambio, gravar la venta de servicios en el territorio nacional, que actualmente está exenta.
El proyecto de Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, aprobado en primer debate en la Asamblea Legislativa, el pasado 5 de octubre, establece que todos los servicios serán gravados, excepto los exonerados específicamente en la iniciativa legal.
El IVA un impuesto que se paga y se acredita sobre toda la cadena de producción. Por ejemplo, cuando un industrial compra trigo para hacer harina paga el tributo sobre el precio del trigo y cuando vende la harina cobra el impuesto al panadero sobre el precio de la harina. Cuando el industrial cobra el tributo se deja, o acredita, lo que pagó y el resto lo pasa a Hacienda
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De acuerdo al texto aprobado en primer debate el impuesto tendrá una tasa general del 13% por la venta de bienes y servicios. (Vea infografía más abajo).
Además, incorporó tarifas reducidas del 4% para los tiquetes aéreos y servicios de salud privada. Asimismo una tasa del 2% para los medicamentos, primas de seguros personales y a las compras que efectúan las universidades públicas.
Por último, la menor tasa será del 1% para los bienes de la canasta básica, productos agropecuarios, materias primas e insumos (trigo, frjol de soya, sorgo) y productos veterinarios.
Carla Coghi, socia de Impuestos & Legal de la firma consultora Deloitte, explicó que el principal cambio incluido por los legisladores en el periodo de mociones fue la exoneración a la educación privada.
“Consideramos importante recalcar que la educación privada está quedando exenta, ya que inicialmente estaba gravada con 2%”, mencionó Coghi.
También sobresalen las exenciones a las empresas de zonas francas, retiro de dinero en efectivo, intereses y comisiones de créditos, comisiones de las operadoras de pensiones.
Asimismo, los alquileres de viviendas y apartamentos de menos a salario y medio base, es decir ¢646.500, estarán exonerados del pago del IVA.