Economía

¿Por qué la Junta Directiva del Banco Nacional no puede intervenir en créditos? Esto dicta la ley

El presidente Rodrigo Chaves pidió a la nueva Junta Directiva del Banco Nacional examinar crédito millonario de una empresa en específico

La tarde del miércoles 28 de mayo, tras juramentar a la nueva Junta Directiva del Banco Nacional (BN), el presidente Rodrigo Chaves hizo una solicitud a los nuevos directores: que examinen la negociación de un crédito millonario vinculado a una empresa cuyo nombre no reveló.

“Ustedes saben, o deberían saber, que en este momento hay negociaciones para renegociar casi $100 millones en préstamos a una empresa absolutamente conectada al poder político tradicional; ahí les voy a dejar el caso; y no sé si la gerencia actual lo va a querer hacer administrativamente o tendría que pasar por la Junta, pero es un tema muy delicado”, mencionó el mandatario.

Presidente Rodrigo Chaves juramenta nueva junta directiva del Banco Nacional
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Presidente Rodrigo Chaves juramenta nueva junta directiva del Banco Nacional

El que hasta el 28 de mayo fue el presidente del BN, Marvin Arias Aguilar, afirmó que esa no es una función que corresponda a los directivos, pues la decisión sobre los créditos se debe tomar con base en criterios técnicos.

Arias y la gerenta general del BN, Rosaysella Ulloa, explicaron a La Nación que el máximo órgano de dirección del banco estatal es informado de casos de créditos con saldos mayores a $1 millón. Ambos afirmaron desconocer el crédito que Chaves solicitó examinar.

De acuerdo con Bernardo Alfaro, exgerente del BN y exjerarca de la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef), los miembros de Junta Directiva de los bancos estatales no pueden proponer, aprobar o participar activamente en el proceso de concesión de créditos.

“Los miembros de las Juntas Directivas de los bancos estatales no pueden participar en la aprobación de los créditos. Lo establece la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional (1.644)”, mencionó Alfaro.

Hay, al menos, tres artículos que resultan de importancia en esta materia.

El artículo 34 de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional dice que una atribución esencial de la Junta Directiva de los bancos es regular las operaciones crediticias e instaurar las condiciones generales y los límites de las distintas operaciones, “dentro de las disposiciones legales aplicables”.

“Es decir, (a la Junta Directiva) le corresponde dictar la política general, pero no ver casos específicos”, consideró Bernardo Alfaro, exgerente del Banco Nacional.

El artículo 63 de dicha ley también expone que la Junta Directiva de los bancos comerciales del Estado deberá establecer las disposiciones reglamentarias y las normas de operación que considere más convenientes para el otorgamiento de préstamos.

Además, instaura que el órgano colegiado delegará la aprobación de créditos en un Comité de Crédito.

“Con el objeto de lograr una mayor rapidez en la tramitación de las operaciones crediticias, la junta directiva nombrará una comisión de crédito, integrada, al menos, por el gerente, dos subgerentes y el jefe de la unidad de crédito. Esta comisión podrá asesorarse con el personal técnico que estime conveniente”, agrega el artículo 63 de la ley 1.644.

Las resoluciones negativas de la comisión, según la ley, tendrán apelación ante la Junta Directiva. De los asuntos resueltos, la comisión deberá informar al máximo órgano de dirección de la entidad.

De acuerdo con el artículo 27 de la ley en mención, el presidente y los otros directores bancarios se tienen que concentrar en sus funciones, “sin abarcar funciones privativas de la administración, ni influir en los funcionarios encargados de dictaminar sobre el otorgamiento de créditos, ni gestionarlos por ellos mismos en favor de persona alguna, salvo extender referencias respecto al gestionante que conozcan”.

Aunque la gerenta general del BN aseveró desconocer el crédito al que se refirió el mandatario de Costa Rica, comentó a La Nación que el banco público cuenta con “una robusta gobernanza y con los debidos procesos de gestión de riesgo en cumplimiento con la normativa nacional e internacional, por lo que un crédito de ese tipo se debe analizar en el Comité Corporativo de Crédito”.

Además, la funcionaria aseguró que en el Banco Nacional se sigue un riguroso proceso de análisis de capacidad de pago y perfil de riesgo ante solicitudes de créditos de personas físicas o jurídicas. Finalmente, dijo que “es importante aclarar que en este momento el banco no está tramitando ningún crédito por ese monto”.

Banco Nacional, edificio central
Consejo de Gobierno nombró al nuevo órgano de dirección del banco más grande de Costa Rica, tras la destitución de anterior Junta Directiva. (Rafael Pacheco Granados)
Mónica Cerdas Gómez

Mónica Cerdas Gómez

Periodista de Economía. Graduada en Periodismo de la Universidad Latina de Costa Rica. Ganadora del Premio Periodismo Bursátil 2022, de la Bolsa Nacional de Valores. Recibió mención honorífica de excelencia de El Financiero, en 2022.

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