La ministra de Hacienda, Rocío Aguilar, celebró el fallo de la Sala Constitucional que ordena a su institución entregar información sobre los grandes contribuyentes tributarios que, en los últimos 10 años, declararon pérdidas o cero ganancias. Asegura que la sentencia constituye una excelente herramienta contra la evasión.
Según Aguilar, Hacienda avala la sentencia dictada por los magistrados el viernes en el voto número 2018-1869, pues siempre ha habido dificultad para poder discernir cuál información tributaria se puede revelar.
“Nos parece excelente y avalamos por supuesto todo lo resuelto por la Sala Constitucional. Realmente la posibilidad de brindar esa información a terceros constituye una excelente herramienta contra la evasión y favorece cada vez más principios característicos de un Estado democrático, como lo es la transparencia”, comentó Aguilar.
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La Ministra comentó que aún no ha podido ver con detalle la resolución, pero la información que podrán revelar tiene que ver con grandes contribuyentes que han reflejado pérdidas de manera repetitiva o no han contribuido con la recaudación.
Añadió que, ahora, el Ministerio tendrá que analizar si la información que revelarán tendrá que ver únicamente con empresas que califican como grandes contribuyentes o si también incluye a personas con altos ingresos económicos.
“Yo no lo he visto (el fallo) y me parece que se requerirá su análisis, pero evidentemente cada vez es mucho más claro que esa información es de alto interés público y me imagino que será parte de lo que el equipo estará analizando en la línea de la jurisprudencia, que sobre eso va marcando la Sala Constitucional”, dijo la Ministra.
Insistió en que este fallo se relaciona directamente con la transparencia, línea sobre la cual pretenden caminar.
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Según un estudio publicado el 9 de abril, por la Contraloría General de la República (CGR), una de cada cuatro de las grandes empresas territoriales en Costa Rica declaró pérdidas o cero impuesto a las utilidades durante el periodo 2010-2016.
La resolución de la Sala aclara los alcances del artículo 117 del Código Tributario, que hasta la fecha había imposibilitado el suministro de información de las declaraciones de impuestos de los contribuyentes.
Los recurrentes, identificados como Jorge Vizcaíno Porras y Ana Lía Sánchez Agüero, alegaron que el 1.° de octubre de este año, solicitaron los datos al departamento de Grandes Contribuyentes del Ministerio, pero su petición fue denegada por la autoridad recurrida, bajo el argumento de que se trata de información confidencial.
Para los magistrados, quienes fallaron de manera unánime, esa respuesta es violatoria del derecho de acceso a la información pública, pues lo solicitado no trataba de aspectos tales como declaraciones de impuestos específicas, libros de contabilidad o comprobantes de pagos, gastos y deducciones de esas empresas, u otros protegidos por el secreto tributario.
El Ministerio tiene cinco días, a partir de la notificación de la sentencia integral, para entregar la información.