El pasado 16 de octubre, con base en un informe solicitado por el presidente del Poder Judicial, Fernando Cruz, la Corte Plena acordó oponerse a la reforma fiscal mientras no se eliminen las “restricciones establecidas en materia salarial y sus respectivos componentes” para los funcionarios de la institución.
Con base en ese documento, los magistrados argumentaron que el proyecto afectaría el funcionamiento del Poder Judicial. La postura puso un nuevo obstáculo a la reforma para sanear las finanzas públicas porque, según la Constitución, si la Corte objeta una iniciativa, esta requiere de 38 votos para ser aprobada en el Congreso y, en este caso, recibió 35 en primer debate.
Ese mismo día, uno de los autores del informe, el director jurídico del Poder Judicial, Rodrigo Campos, negó que existiera conflicto ético alguno en la elaboración del documento porque, según dijo, el plan fiscal no cambia las condiciones y pluses de los empleados actuales.
No obstante, la reforma sí les cambia ciertas condiciones a él y a las otras dos colaboradoras del documento, Roxana Arrieta, directora de Gestión Humana, y Nacira Valverde, directora de Planificación, porque el proyecto tiene un capítulo para ponerle freno al crecimiento de los pluses salariales del sector público y para congelar los salarios más altos.
De hecho, estos tres funcionarios ganan mucho más por pluses que por salario base. Sus salarios crecen hasta en un 180% con los incentivos en una institución en donde, en promedio, los colaboradores ganan ¢1 millón mensual en beneficios.
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El director jurídico, por ejemplo, tiene un salario base de ¢1,5 millones, pero recibe ¢2,8 millones en pluses para un sueldo total de ¢4,3 millones.
A él se le pagan los beneficios de anualidades, carrera profesional, prohibición y un plus especial llamado Reconocimiento por el Ejercicio de la Función Judicial (R.E.F.J.).
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Este último incentivo lo reciben todos los empleados de la Corte solo por el hecho de ser funcionarios judiciales. Consiste en un aumento de entre el 10% y el 30% sobre el salario base, según el nivel del puesto.
Campos recibe el reconocimiento máximo por ese plus, lo que implica una suma mensual de ¢450.000 sobre su salario base.
Por su parte, la directora de Gestión Humana devenga un sueldo de ¢3,7 millones, de los cuales ¢2,4 millones son pluses. Y la directora de Planificación, gana ¢3,5 millones, de los cuales ¢2,2 millones son incentivos.
A ambas directoras se les reconocen los mismos beneficios: anualidades, carrera profesional, prohibición y Ejercicio de la Función Judicial.
No obstante, a la titular de Gestión Humana se le paga uno adicional llamado Pasos por capacitación, que es un reconocimiento para los funcionarios no profesionales que se actualicen con capacitaciones.
¿Qué influencia tendría sobre ellos el proyecto?
Si se aprueba la reforma fiscal, las anualidades (reconocimiento salarial por cada año laborado) se pagarían como un monto fijo en todo el sector público y ya no como un porcentaje del salario, para evitar el crecimiento exponencial.
Actualmente, en la Corte se paga un 1,94% de anualidad para los funcionarios con rango profesional y en 2,56% para los no profesionales.
Este cambio influiría sobre los tres autores.
En cuanto al director Jurídico, hay otra afectación: se le congelaría el salario por dos años porque la reforma fiscal tomaría esa medida con todos los funcionarios públicos que ganen más de ¢4 millones y, cumplido ese plazo, el único ajuste que se les reconocería sería por inflación.
Otro de los ajustes que tendrían los sueldos de estos funcionarios públicos, con la reforma fiscal, será un aumento del impuesto sobre la renta.
Rodrigo Campos, quien actualmente cancela un monto de ¢507.000 por ese rubro, tendría que pagar ¢625.000; Roxana Arrieta pasaría de pagar ¢418.000 a ¢500.000 y Nacira Valverde, de ¢385.000 a ¢456.000.
Los tres jerarcas responden
Consultado por correo electrónico sobre el congelamiento de los salarios superiores a ¢4 millones, Campos alegó: “Este punto no es un elemento que se considerara en el informe rubricado por el suscrito, como que afecta la organización y funcionamiento del Poder Judicial. Agradecería se me indicara el punto concreto del informe en donde se cuestiona esta norma del plan fiscal”.
Ante la pregunta de si consideraba que el nuevo cálculo para pagar anualidades lo afectaría a él directamente, manifestó: “Debe tomarse en consideración que el artículo 56 del proyecto indica lo siguiente: ‘Los incentivos, compensaciones, topes o anualidades remuneradas a la fecha de entrada en vigencia a la ley, serán aplicados a futuro y no podrán ser aplicados en forma retroactiva en perjuicio del funcionario o sus derechos patrimoniales’”.
“En razón de lo anterior, no se afectarán las anualidades que está percibiendo el suscribiente”, agregó.
En tanto, Pilar Garrido, ministra de Planificación, confirmó que el cálculo de las anualidades sí cambiaría para los empleados judiciales.
El director jurídico alegó en que se trató de un informe constitucional y no en un documento hecho a título personal.
“En primer término, debe entenderse el informe en su objetivo constitucional, cual es determinar si hay afectación a la organización y funcionamiento del Poder Judicial, no hacia mi persona. Por lo anterior, cualquier análisis del mismo debe entenderse no como objeción a un proyecto de ley como un todo, sino como análisis de cuales de sus extremos podrían afectar organización y funcionamiento del Poder Judicial”, expresó.
Por su parte, la directora de Gestión Humana, Roxana Arrieta, también dijo que los aportes técnicos vinculados con el informe “estaban orientados a la existencia o no de la afectación a la organización y funcionamiento del Poder Judicial”.
“Desde esta Dirección y amparados en el Estatuto del Servidor Judicial, se logra determinar que, en cuanto a evaluación del desempeño, sí existe una afectación a la organización del Poder Judicial”, explicó.
En tanto, la directora de Planificación, Nacira Valverde, argumentó que el aporte técnico dado por su instancia para elaborar el informe correspondió a la aplicación de la regla fiscal y no a temas salariales.
La reforma tampocopermitiría que las instituciones sigan creando pluses por su cuenta, alegando autonomía y otras potestades. Estos solo podrían ser aprobados por la Asamblea Legislativa.
El Poder Judicial es una de las entidades donde existen más privilegios de ese tipo. Uno de estos es el Índice Gerencial, que aumenta entre un 26% y un 96% los salarios de 46 jerarcas.
Otro parecido, el Índice de Competitividad Salarial, hace un incremento sobre el salario base de entre un 11% y un 22,37%, según el tipo de puesto, a todos los empleados judiciales para que sus sueldos no pierdan valor adquisitivo cada vez que crezca la inflación.
Ambos incentivos se extienden a los pensionados de la entidad.
Colaboraron con esta información los periodistas Rebeca Madrigal y Esteban Oviedo.
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