El 16 de abril de este año, la Corte Suprema de Justicia le comunicó a la Asamblea Legislativa que la reforma fiscal no tenía relación con el funcionamiento y la organización del Poder Judicial.
Con ese argumento, el entonces presidente de la Corte, Carlos Chinchilla, le informó al Congreso que no se pronunciaría sobre el proyecto de ley.
La respuesta surgió luego de que, el 2 de abril, la comisión de reforma fiscal le consultara a la Corte Suprema de Justicia su criterio sobre el plan fiscal, el cual ya incluía un capítulo para contener el crecimiento del gasto en salarios públicos y en el gasto público en general.
El 19 de marzo, durante la administración de Luis Guillermo Solís, los diputados de la comisión habían acordado consultar su criterio a la Corte luego de que una mayoría aprobó un texto sustitutivo.
"A partir de los resuelto por la Corte Plena en sesión 6-2006 del 20 de marzo de 2006, artículo nueve, ratificado en sesión número 24-2006, celebrada el 28 de agosto de ese mismo año, artículo XXXVI, y previa consulta general a las señoras magistradas y señores magistrados, se devuelve la consulta sin pronunciamiento de la Corte porque el texto consultado no se refiere a la organización o funcionamiento del Poder Judicial, supuestos que, según regula el artículo 167 de la Constitución Política, son los que requieren de un pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia”, respondió el entonces magistrado, Carlos Chinchilla.
La resolución del 2006, a la que Chinchilla hace referencia, es un acuerdo de los magistrados sobre los alcances del artículo 167 de la Constitución Política, el cual establece que la Asamblea requiere de 38 votos para aprobar un proyecto de ley si la Corte concluye que este afecta su organización y funcionamiento.
Según ese acuerdo, se entiende como organización todo el aparato destinado a ejercer la función jurisdiccional, además de aquel que sirve de forma auxiliar, lo que incluye juzgados, tribunales, la Fiscalía, la Defensa Pública, el OIJ, la Escuela Judicial y la Direción de Notariado, entre otros despachos.
En cuanto a funcionamiento, los magistrados interpretaron que es lo relativo “al ejercicio de la función materialmente jurisdiccional” más funciones de carácter administrativo que lo auxilian.
La reforma fiscal fue aprobada con 35 votos, por lo que el nuevo criterio que emita la Corte podría poner un nuevo obstáculo a la iniciativa para sanear las finanzas públicas.
Cambio de criterio
Cinco meses después de la respuesta de Carlos Chinchilla, la Corte Plena emitió una segunda respuesta en la que cambió de criterio. En esta ocasión, se pronunció ante una consulta enviada el 19 de junio por el Congreso, después de concluida la primera etapa de discusión de mociones de fondo, de la administración anterior.
Aunque la consulta se hizo en junio, la Corte respondió de forma extemporánea y a sabiendas de que el texto ya no tenía vigencia, pues en agosto los nuevos diputados aprobaron otro texto sustitutivo.
El 3 de setiembre, bajo la presidencia del magistrado Fernando Cruz, la Corte concluyó que la reforma fiscal sí afectaba el funcionamiento de la institución en el tanto le introduce medidas para frenar el crecimiento del gasto salarial y para limitar el gasto total del Gobierno cuando alcanza altos niveles de endeudamiento.
Así se pronunció la Corte ante un informe del magistrado William Molinari, quien argumentó que el proyecto incide sobre el funcionamiento del Poder Judicial porque le pone tope a los salarios millonarios, atenúa el crecimiento de los incentivos salariales y modera el gasto público.
Ambos pronunciamientos de la Corte son distintos aunque los textos de la reforma fiscal, que le fueron consultados por el Congreso, eran casi idénticos en lo que se refiere a empleo público y regla fiscal.
De hecho, en su informe, Molinari hace referencia a la consulta hecha por la Asamblea el 2 de abril, no la del 19 de junio.
Precisamente, en esos capítulos de empleo público y regla fiscal están los aspectos que Molinari consideró incidían sobre los salarios de los funcionarios judiciales y el funcionamiento de la institución; en consonancia con lo que afirmó, la semana pasada, la dirección Jurídica de la Corte ante una nueva consulta de la Asamblea, la cual será resuelta este martes en sesión de Corte Plena.
Hay una profunda incoherencia y los hechos relevantes, entre uno y otro (pronunciamiento), son la huelga y el cambio de presidencia en la Corte. Me parece que faltan explicaciones y sobran dudas sobre un tema tan delicado”, afirmó Carlos Ricardo Benavides, jefe de fracción del PLN.
Por ejemplo, desde el texto de marzo, el Poder Judicial estaba sometido a los cambios en empleo público, aunque ahora la dirección Jurídica insiste en que esa medida atentaría contra su independencia judicial.
Además, se establecían topes a los salarios de los nuevos jerarcas a ¢5,4 millones y se vincula el incentivo de anualidad a una evaluación de desempeño que se realiza en coordinación con la Dirección General de Servicio Civil, autoridad a la cual no están supeditados actualmente los funcionarios del Poder Judicial.
En ambos textos analizados, el cálculo del incentivo de anualidad estaba fijado en 1,94% para los salarios profesionales y 2,56% para los no profesionales.
Molinari consideró que sí incidía en el Poder Judicial porque en esa institución los porcentajes no están definidos por profesionales o no profesionales, sino por puestos.
El nuevo texto establece que la anualidad será un monto fijo y no un porcentaje.
También, el texto de marzo incluía la regla fiscal, un mecanismo que le pone límites al crecimiento del gasto público según el nivel de endeudamiento del Gobierno. Molinari y la dirección Jurídica concluyeron que esa regla afectaría el crecimiento del gasto del Poder Judicial.
Así se dio el cambio de criterio
19 de marzo
Los diputados del pasado periodo constitucional acogen un nuevo texto sustitutivo del plan fiscal y envían a consulta el documento a varias instituciones, incluida la Corte Suprema de Justicia.
3 de abril
La jefa de área de la comisión especial que discutía el plan fiscal, Noemy Gutiérrez, envía el texto aprobado por los diputados en la comisión para que la Corte se pronuncie e indique sí afecta o no el funcionamiento de la institución, en cumplimiento con el artículo 167 de la Constitución Política que indica:
“Para la discusión y aprobación de proyectos de ley que se refieran a la organización o funcionamiento del Poder Judicial, deberá la Asamblea Legislativa consultar a la Corte Suprema de Justicia; para apartarse del criterio de ésta, se requerirá el voto de las dos terceras partes del total de los miembros de la Asamblea”, dice la Constitución.
16 de abril
El entonces presidente del Poder Judicial, Carlos Chinchilla, responde al Congreso que no se pronunciaría sobre esa iniciativa de ley porque no se refiere al funcionamiento de la institución.
17 de abril
Se recibe la respuesta de Chinchilla en el Congreso. La entonces diputada liberacionista, Paulina Ramírez, integrante de la comisión que discutía el proyecto fiscal, confirmó que la respuesta fue dada a conocer a los diputados de la comisión legislativa.
1.° de mayo
Finaliza el periodo constitucional de los diputados que iniciaron la discusión de la reforma fiscal.
19 de junio
Con los nuevos diputados, y al finalizar el periodo de enmiendas de la reforma fiscal en comisión, el director interino de la Secretaría del Directorio de la Asamblea Legislativa, Edel Rosales, envía un nuevo texto con cambios para el conocimiento de la Corte Suprema de Justicia a fin de que se refiera al proyecto.
5 de julio
El magistrado William Molinari recibió una solicitud de la Secretaría General de la Corte para realizar un informe sobre la reforma fiscal, pero con el texto que remitió el Congreso el 19 de junio.
16 de julio
Se acoge a su pensión el magistrado Carlos Chinchilla, dejando la presidencia de la Corte vacía hasta nuevo nombramiento.
1 de agosto
Es juramentado como presidente de la Corte el magistrado Fernando Cruz.
21 de agosto
Los diputados acogen un nuevo texto sustitutivo al proyecto de ley, por lo que el texto enviado el 19 de junio a la Corte queda desactualizado.
23 de agosto
Molinari remite el informe que le fue solicitado en julio. Sin embargo, a estas alturas, la reforma había avanzado en el Congreso y había sufrido modificaciones. El magistrado, consciente de que el texto sobre el cual se estaba refiriendo ya no era el mismo, igual cumplió con el requerimiento que se le hizo.
“Cumpliendo con la solicitud de informe para Corte SI-42-2018, le remito mi criterio en cuanto al proyecto de Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, no obstante, debo advertir que el proyecto sobre el que me pronuncio, sufrió modificaciones sustanciales en virtud del texto sustituto que se aprobó en la Comisión de Hacendarios, en la sesión 38 celebrada el martes 21 de agosto. En razón de lo anterior, desde mi perspectiva, el informe que le remito carece de interés actual”, señaló el magistrado en el criterio que envió la Secretaría General de la Corte.
3 de setiembre
Los magistados de la Corte Plena, a excepción de los que integran la Sala Constitucional, acuerdan que la reforma fiscal sí incide en el funcionamiento y organización del Poder Judicial.
24 de setiembre
Los magistrados responden la consulta de la Asamblea Legislativa con este último acuerdo.
5 de octubre
Diputados aprueban proyecto fiscal en primer debate.
Congreso envía consulta a Corte.
Ante la nueva consulta, el magistrado Cruz solicita un criterio técnico a la dirección jurídica del Poder Judicial.
Dirección jurídica responde
El informe técnico concluye que la reforma fiscal, en su último texto, incide en el funcionamiento y organización del Poder Judicial y atenta contra la independencia institucional. Los argumentos se basan en los cambios al empleo público, los destinos específicos y la regla fiscal.
En este nuevo criterio, los abogados del Poder Judicial, concluyeron que los cambios en empleo público, en especial lo que se refiere a otorgar la rectoría al Ministerio de Planificación y los cambios en la evaluación de personal, además de los posibles límites a las transferencias del Gobierno Central, sí afecta la organización de este poder de la República, criterio que no es compartido por diputados ni autoridades de Gobierno.
16 de octubre
Sesión de Corte Plena donde los magistrados se pronunciarán de nuevo sobre la reforma fiscal, utilizando como insumo el informe jurídico.