La Corte tendió una cortina de humo sobre la maniobra que efectuó, en setiembre, para tratar de proteger los sueldos del Poder Judicial ante la reforma fiscal, la cual le pondría freno al crecimiento del gasto en pluses salariales.
Luego de advertirle esta semana a la Asamblea que el proyecto afectaría sus funciones porque frena el gasto público, la Corte envió un comunicado, la noche de este sábado, en el que alega que no se ha pronunciado sobre el texto actual del proyecto.
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El 3 de setiembre, los magistrados tomaron el acuerdo de enviar al Congreso un informe en el que concluyen que la reforma incide en el funcionamiento y la organización del Poder Judicial.
Según el artículo 167 de la Constitución Política, un criterio negativo de la Corte sobre un proyecto ley implica que este requeriría de 38 votos para aprobarse, lo cual a su vez impide que se tramite por la vía rápida. En el caso de la reforma fiscal, el gobierno no tiene aún esa cantidad de sufragios, además de que este plan fue tramitado por la vía expedita.
El oficio del Poder Judicial fue enviado a la Asamblea el pasado lunes 24 de setiembre, ya en la última etapa de tramitación del plan fiscal.
No obstante, lo hicieron a sabiendas de que estaban enviando un pronunciamiento sobre un texto que ya no estaba vigente, pues el informe se refiere al texto dejado por la administración de Luis Guillermo Solís.
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Además, se pronunciaron en forma extemporánea, con cinco meses de atraso, pues el Congreso le había planteado la consulta a la Corte desde el día 2 de abril y le había otorgado un plazo de ocho días hábiles para responder.
El gobierno reaccionó afirmando que la reforma fiscal no es una iniciativa específica para regular la organización o el funcionamiento del Poder Judicial, sino para mejorar los ingresos del Estado y contener el crecimiento del gasto público. Añadió que la Sala IV ha avalado el uso de la vía rápida para este tipo de reformas.
“Al día de hoy, el expediente 20.580 requiere de mayoría simple de acuerdo al artículo 129 de la Constitución Política. La votación del proyecto solamente puede ser calificada si existiera una opinión negativa de la Corte, la cual a la fecha no ha sucedido", dijo el ministro de la Presidencia, Rodolfo Piza.
Entonces, el Poder Judicial emitió un comunicado en el que afirmó que se limitó a contestar “la consulta obligatoria formulada por la Asamblea Legislativa”.
“El proyecto consultado no es el que actualmente se conoce en el plenario legislativo, sino una versión anterior. Es decir que lo que se respondió no es sobre el contenido del texto que se encuentra en trámite. La respuesta que se dio se fundamenta en el artículo 167 de la Constitución Política”.
Añadió que los magistrados de la Sala IV no votaron ni intervinieron en el acuerdo, pues a ellos les corresponderá dilucidar si la reforma fiscal se tramitó correctamente, si es aprobada en primer debate por los diputados.
No obstante, la Corte omitió explicar por qué los magistrados tomaron un acuerdo de manera extemporánea sobre un proyecto inexistente, en vista de que el gobierno de Carlos Alvarado logró la aprobación de un texto sustitutivo el 21 de agosto.
El diputado Carlos Ricardo Benavides, jefe de fracción de Liberación Nacional (PLN), elevó el tono ante lo sucedido con el Poder Judicial.
“La Corte parece querer enviarnos un mensaje: ‘Somos un pequeño y poderoso Estado dentro del Estado costarricense. Somos intocables y si nos modifican los salarios y los pluses, les anulamos sus leyes’. Si el mensaje fuera ese, Costa Rica debe rechazarlo con firmeza", afirmó.
Presidente habla de igualdad
Por su parte, este domingo en Puntarenas, el presidente Carlos Alvarado hizo énfasis en que la nota llegó “extemporáneamente” y añadió que no afecta el trámite legislativo: “El trámite continuará hacia la necesaria aprobación que tiene el texto legislativo, lo cual eventualmente desembocará en su proceso que lleva consultas constitucionales o a distintas instituciones, pero el trámite continúa porque, además, Costa Rica lo necesita y, en materia salarial y otras, serán distintos órganos los que tendrán que decir, uno, si están a favor o no de que eso ocurra”.
“Haremos lo que tenemos que hacer en este punto, que es avanzar y avanzará (el proyecto) desde el día de mañana (este lunes)”, agregó el mandatario.
Al consultársele si es posible contener los salarios del Poder Judicial, respondió: “Todos los costarricenses nos regimos bajo un principio que es el de igualdad, igualdad ante la ley”.
Jerarca de Corte puso el tema en agenda
Cuando los magistrados discutieron el asunto, el magistrado a cargo del informe, William Molinari, de Sala I, advirtió de que la solicitud de estudiar el proyecto se la hicieron ya vencido el plazo “sobradamente”.
Asimismo, indicó: “Debo advertir que el proyecto sobre el que me pronuncio sufrió modificaciones sustanciales en virtud del texto sustitutivo que se aprobó en la Comisión de Hacendarios, en la sesión No. 38, celebrada el martes 21 de agosto próximo pasado. En razón de lo anterior, desde mi perspectiva, el informe que le remito carece de interés actual. Además, tampoco me parece oportuno referirme al nuevo texto sustitutivo, pues el artículo 167 de la Constitución Política determina la obligación de la Corte Suprema de Justicia de hacer referencia a los proyectos de ley sólo cuando se lo solicite la Asamblea Legislativa”.
No obstante, el magistrado Fernando Cruz, presidente de la Corte, alegó que le parecía conveniente que el informe quedara en el acta junto con las observaciones de Molinari sobre la extemponeidad: “Es un proyecto que ya fue modificado, pero si existe la formalidad de que nos consultaron y nada más para que constara formalmente la posición de la Corte”.
“Por eso insistí en ponerlo en agenda para cumplir con el procedimiento y la liturgia procesal, pero comprendo bien que ya ha perdido vigencia, sin embargo creo que se puede sintetizar la posición de la Corte sobre ese tema, esa es la razón por la que lo incluí en la agenda”, añadió Cruz.
Molinari insistió en que la Corte debía evaluar si el tema había perdido interés, pero aún así presentó el informe a solicitud de la presidencia del Poder Judicial.
Los magistrados votaron el informe, el cual concluyó que la reforma, en su versión anterior, incidía sobre la organización y el funcionamiento del Poder Judicial, porque le pone tope a los salarios millonarios, atenúa el crecimiento de los incentivos salariales y limita el gasto público.
El nuevo texto, de hecho, es más duro a la hora de contener el gasto en pluses.
¿Qué alega la Corte?
La Corte, una institución de 12.400 empleados en donde los funcionarios reciben, en promedio, ¢1 millón mensual solo en pluses y en donde hay salarios hasta de ¢10 millones, alega que su organización se vería afectada por los siguientes cambios:
– Se establece que ningún jerarca podrá ganar más de ¢5,3 millones. Al respecto, el Poder Judicial dijo encontrar afectación en el proyecto porque actualmente no existe un límite para los salarios, aunque la reforma establece que no se podrán rebajar los salarios públicos actuales.
– La reforma fija en 8 años el pago de cesantía (indemnización por despido o jubilación), como ocurre con la mayoría de los trabajadores, y el Poder Judicial paga 12 años.
– Añaden que habrá afectación con el pago de dedicación exclusiva porque la reforma variaría los porcentajes del salario base que se pagarían por este plus. Hoy, la Corte paga un 65% para licenciados, un 45% para egresados de licenciatura y un 30% para bachilleres.
La última versión del proyecto establece un 25% para licenciados y un 10% para bachilleres
– La reforma exige firmar un contrato de uno a cinco años para pagar dedicación exclusiva, requisito que hoy no existe, además de que se requiere que el profesional esté incorporado a un colegio profesional; hoy, en la Corte, basta con que un funcionario sea egresado universitario para recibir el plus.
– La reforma actual transforma las anualidades en un porcentaje fijo en vez de un porcentaje del salario, para frenar el crecimiento exponencial, además de que exige, desde su versión original, una evaluación del funcionario para medir si merece el incentivo.
La Corte argumentó al respecto: “El Poder Judicial tendría que reestructurar parte de su organización interna con el objeto de destinar el recurso humano necesario para diseñar y aplicar los instrumentos de evaluación, en la forma que indica el plan fiscal”. El Poder Judicial paga un 1,94% de anualidad a profesionales y un 2,54% a no profesionales, así como un 5,5% a los médicos de la institución.
– Otra observación de la Corte tiene que ver con la regla fiscal, mecanismo que limitaría el crecimiento del gasto corriente del Gobierno central de acuerdo con ciertos rangos, según el nivel de deuda pública que haya.
Los magistrados alegaron que, si la regla fiscal se hubiese aplicado este año, el crecimiento del presupuesto del Poder Judicial habría sido menor a causa del nivel de endeudamiento del Gobierno.