Una excepción de la ley les permitirá a cientos de pensionados de lujo, del régimen Transitorio de Reparto del Magisterio (educadores) evitar que sus jubilaciones sean reducidas a ¢2,7 millones, solo con el hecho de haber trabajado, aunque fuera un día más, después de la fecha que tenían fijada para jubilarse.
El instrumento se llama postergación y está estipulado en la ley 7605, de Derogación del régimen de los diputados, promulgada en 1998.
Luego de que la Sala IV avaló la imposición de un tope equivalente a diez veces el salario más bajo de la administración pública, los actuales pensionados del Magisterio y los futuros saben que se salvarán con solo extender la fecha de retiro.
Portillos como esos son los que quieren cerrar los diputados, quienes consideran urgente encontrar un consenso para ponerles límite a esas costosas jubilaciones, las cuales se pagan con impuestos.
Así lo manifestaron legisladores de los partidos Acción Ciudadana (PAC), Liberación Nacional (PLN), Unidad Social Cristiana (PUSC) y Restauración Nacional (PRN).
Víctor Morales Mora, jefe de fracción del PAC, explicó que el pronunciamiento de la Sala IV les abre una puerta a los diputados en dos vías, para acabar con las postergaciones y para seguir gravando esas jubilaciones.
“En el tema de postergaciones, que están establecidas por ley, lo que hay que hacer es arreglar la ley, para evitar esa posibilidad de que yo me quede trabajando un día más y entonces ya paso a la situación de la postergación. Eso solo se resuelve por la vía de la legislación”, expresó.
Asimismo, el congresista consideró que el trabajo ahora es de los diputados, quienes tendrán que emitir leyes para tasar estas pensiones, siempre que se respeten principios de proporcionalidad como el de no rebajar una jubilación en más del 50%.
“Lo que me parece fundamental de la resolución de la Sala es que establece, como principio jurisprudencial, que sí es posible ponerles tope a las pensiones que estén en curso, en el tanto se respeten principios técnicos, y que eso no es inconstitucional”, aseguró el diputado.
Morales Mora, siendo ministro de Trabajo en la administración Solís Rivera, echó a andar un decreto que reactivaba la ley 7858 de 1998, la cual establecía el tope máximo.
Carlos Ricardo Benavides, líder del PLN, también considera que la normativa actual debe reformarse, sobre todo la que permite las postergaciones.
“Es una negación de los propósitos que debe perseguir la ley. No cumple con el objetivo primordial, que es asegurar un tope. Esa norma (de las postergaciones) debe ser reformada para que el tope sea efectivo, sin excepciones”, afirmó el verdiblanco.
Impulsores de proyectos de pensiones
Xiomara Hernández, de Restauración, y Pedro Muñoz, del PUSC, quienes recientemente introdujeron en la corriente legislativa dos proyectos distintos sobre pensiones, también están a favor de gravar, cuanto sea posible, las jubilaciones de lujo.
La iniciativa de la restauracionista pretende que más jubilaciones de ese tipo sean tasadas mediante el cobro de contribuciones solidarias y, además, propone que ninguna pensión supere los ¢4,5 millones, independientemente del régimen al que pertenezca.
Adicionalmente, el proyecto también sugiere que las personas se acojan a la figura de jubilación obligatoria excepcional. Es decir, que no se permita seguir trabajando a quienes ya se pensionaron.
“La jubilación excepcional es, precisamente, para que no haya postergación”, explicó la legisladora.
La propuesta de Muñoz es que todos los contribuyentes pasen al régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y se cierre el ingreso de más personas a los del Poder Judicial y de Capitalización Colectiva del Magisterio Nacional.
“No deberían de exonerarse de las contribuciones solidarias a quienes hayan decidido postergar la jubilación. Estamos considerando eliminar esa exoneración vía moción (en el proyecto de ley impulsado por él)”, afirmó Muñoz.
El pronunciamiento de la Sala
Pese al por tanto del ente constitucional de este miércoles, pocas pensiones se salvarán de ser topadas hasta los ¢2,7 millones.
Por ejemplo, en el Régimen Transitorio de Reparto del Magisterio Nacional (educadores), existen 1.884 jubilaciones por encima de esa cifra. No obstante, las que serán recortadas son menos de 200.
En cuanto a los regímenes de Gobierno y Asamblea, la cifra de pensiones afectadas será inferior a 100.
Lo anterior se da por el portillo legal sobre las postergaciones, pero también porque los magistrados fallaron que el límite de los ¢2,7 millones se les impondrá a las jubilaciones otorgadas después del 28 de diciembre 1998, fecha que se promulgó la ley 7605.
Con esa excepción, en el Magisterio, de las 374 pensiones que quedaban sensibles al tope, al menos 174 se salvarían, pues fueron otorgadas antes de esa fecha.
Las pensiones de lujo son consideradas como tales porque sus beneficiarios no cotizaron lo suficiente para recibirlas y, además, se acogieron a la jubilación con favorables condiciones, por ejemplo, con el 100% del mejor salario devengado en su vida laboral.
Al tener cargo al Presupuesto Nacional, el costo, finalmente, terminan asumiéndolo los contribuyentes con el dinero que tributan, pues los impuestos son una de las principales fuentes de captación de recursos del Estado.