Tras pasar el filtro de los magistrados constitucionales, la Asamblea Legislativa tiene luz verde para votar la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas en segundo debate. Es el último paso que deben seguir los diputados para aprobar la reforma. Si lo hacen, el presidente de la República la firmará y se convertirá en ley.
La reforma incluye cambios en cuatro áreas: impuesto sobre el valor agregado, impuesto sobre los ingresos y las utilidades, empleo público y responsabilidad fiscal.
El gobierno espera que el conjunto de medidas tenga un efecto triple: que recaude ¢422.400 millones adicionales al año para ayudar a paliar el déficit económico del Gobierno, que contenga el gasto público y que, a la vez genere, confianza en los inversionistas que financian al Estado, para que el Ejecutivo pueda conseguir recursos en condiciones más ventajosas.
Lea aquí las principales medidas que incluye el expediente 20.580:
Impuesto de ventas se convierte en Impuesto al Valor Agregado (IVA)
El impuesto sobre el valor agregado (IVA) reemplazará al impuesto de ventas, con la misma tasa del 13%, con ciertas excepciones en donde habrá tarifas reducidas o no habrá tarifa del todo.
Mantendrá el gravamen sobre los productos y se extenderá también a los servicios, como los informáticos, los de abogados, los gimnasios, las estéticas, los conciertos, los servicios de streaming como Netflix y Spotify, los servicios digitales o de telecomunicaciones y los juegos de azar.
También se aplicará a las facturas de agua y electricidad, pero solamente a aquellas que sobrepasen 30 metros cúbicos y 280 kilovatios/hora, respectivamente. Las que no superen ese umbral estarán exentas.
De acuerdo con la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep), el consumo promedio de de los abonados de AyA es de 15 metros cúbicos de agua, mientras que el de la electricidad oscila entre 200 y 220 kilovatios/hora al mes.
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El IVA tendrá tarifas reducidas en tres casos: 4% por los servicios privados de salud (con devolución si se paga por medios electrónicos) y por boletos aéreos internos; 2% por los medicamentos y sus insumos y 1% por los productos de la canasta básica y sus insumos.
La educación, tanto pública como privada, se mantendrá exenta; así como el transporte público, las compras de las juntas de educación y los libros en versión impresa.
Tampoco pagarán IVA los alquileres de vivienda inferiores a ¢648.000 mensuales (1,5 salarios base).
Impuesto de renta: se aumenta la carga a contribuyentes de mayores ingresos
La reforma fiscal crea nuevos tramos de cobro de impuesto sobre la renta para las personas que devengan los salarios y las pensiones más altas del país.
Los sueldos de ¢817.000 o menos seguirán exentos. Los dos primeros tramos de cobro también quedan igual: 10% sobre el exceso de ¢817.000 y hasta ¢1,2 millones; y 20% sobre el exceso de ¢1,2 millones hasta ¢2,1 millones. Los nuevos escalones son de 20% y 25% para quienes tengan ingresos aún mayores.
Se cobrará un 20% sobre el exceso de ¢2,1 millones y hasta ¢4,2 millones; y un 25% sobre el exceso de ¢4,2 millones.
Las nuevas tarifas, según las previsiones del Ministerio de Hacienda, impactarán al 20% de los hogares de mayores ingresos y generarán unos ¢56.100 adicionales cada año.
También, se aumentarán tributos ya existentes y se crearán otros para captar más recursos de otros tipos de ingresos, como ganancias y utilidades. Dichas medidas son las siguientes:
-Rentas de capital: Incremento del 8% al 15% del impuesto sobre las ganancias que generen herramientas financieras como certificados de inversión o bonos de Gobierno.
-Remesas: Modificación a impuesto sobre envío de pagos por concepto de consultorías al extranjero. Se establece una tarifa del 25%.
-Utilidades y excedentes: Aumento del tributo sobre los dividendos que generen los rendimientos de las cooperativas y de las asociaciones solidaristas. Para los afiliados a cooperativas, hoy la tarifa es un 5% y con la reforma, subirá hasta un 10%.
En el caso de los asociados solidaristas, quienes reciban excedentes por un monto menor a ¢431.000 se les gravará con un 5%. Quienes reciban entre ¢431.000 y ¢862.000, pagarían un 5% por los primeros ¢431.000 y un 7% sobre el excedente a partir de los ¢431.000.
Mientras tanto, quienes reciban más de ¢862.000 pagarían un 5% por los primeros ¢431.000, un 7% por los siguientes ¢431.000 y un 10% por el excedente a partir de los ¢862.000.
-Ganancias patrimoniales: Nuevo impuesto de un 15% sobre las ganancias que las personas o empresas obtengan al vender propiedades, como casas, lotes, acciones, software o licencias. Se exceptúan las herencias y las ventas de la casa de habitación.
-Pymes: Se redistribuye el cobro de impuesto sobre la renta a las pequeñas y medianas empresas. Ahora el cálculo se hará sobre las ganancias netas, no brutas.
-Renta global: Además, se introduce el mecanismo de renta global, el cual exigiría pagar más impuesto de renta a las personas que más ingresos tienen porque obliga a incluir, en una sola canasta, la totalidad de los ingresos de un contribuyente aplicando una sola tarifa incluso sobre ingresos que hoy están gravados por separado.
A la par de esas reformas se modifica también el año tributario. Irá del 1.° de enero al 31 de diciembre. Actualmente, es del 1.° de octubre al 30 de setiembre.
Empleo público: topes al crecimiento de pluses salariales y sueldos de jerarcas
Los diputados elevaron la nota mínima que se requiere para recibir el incentivo por anualidad. Actualmente se entrega si en la evaluación de desempeño se obtiene un “bueno”, mientras que el proyecto de ley sube el mínimo a“muy bueno”.
Dicha calificación dependerá en un 80% del cumplimiento de metas y un 20% de la jefatura. El instrumento de calificación lo desarrollarán el Ministerio de Planificación y la Dirección General de Servicio Civil.
Las anualidades, además, pasan de ser un porcentaje sobre el salario a un monto fijo invariable. Actualmente, los salarios no profesionales reciben hasta 2,54%, mientras que los profesionales, un 1,94%.
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La cesantía tendrá un tope de 8 años. A los empleados cubiertos por convención colectiva se les reconocerá hasta 12 años, si ya tienen el derecho por antigüedad.
Por concepto de dedicación exclusiva, por otra parte, se reconocerá la mitad de lo que se paga actualmente: el incentivo será de un 25% adicional del salario para licenciados y un 10% extra para bachilleres.
El pago por prohibición será de un 30% para licenciados y de un 15% para bachilleres. Actualmente, se paga un 65% a los primeros y un 30% a los segundos.
También se crean topes al crecimiento de los salarios de los jerarcas de las instituciones, incluido el presidente de la República para el futuro (no aplica para los actuales). El sueldo del mandatario sería de ¢6,6 millones y el de ministros de ¢5,4 millones. Los miembros de juntas directivas recibirían ¢2,6 millones, mientras que los presidentes ejecutivos ¢8 millones.
Además, los salarios de todos los jerarcas y gerentes, así como los de los funcionarios que ganen ¢4 millones o más, se congelarán durante los dos años siguientes a la aprobación de la ley y, en adelante, solo podrán aumentar por inflación.
Responsabilidad fiscal: reglas para gastar menos en épocas de dificultades económicas
La reforma introduce la regla fiscal, un mecanismo que le indicará al gobierno en cuánto puede aumentar cada año el gasto corriente, según el estado de salud de las finanzas públicas.
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Así, se limita el crecimiento del gasto en rubros como salarios, pago de servicios y transferencias a otras instituciones. Para calcular el incremento máximo, la regla fiscal toma en cuenta el nivel de endeudamiento del Gobierno y el crecimiento de la economía del país. Cuanto mayor sea el endeudamiento, menos puede crecer el gasto, en especial si la producción nacional crece poco. Por el contrario, en periodos de fuerte crecimiento económico, se otorga mayor libertad al Gobierno para aumentar el gasto, sobre todo si el nivel de endeudamiento es bajo.
Los diputados también le otorgarían mayor discrecionalidad al Ministerio de Hacienda para repartir recursos entre las instituciones que reciben transferencias del Gobierno Central por mandato de ley (destinos específicos), cuando el país esté muy endeudado.
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Actualmente, esas partidas son inflexibles, debido a que se deben girar montos determinados sin importar si el gobierno carece de recursos, o si la institución hace un eso ineficiente de su presupuesto. Con la reforma, se harán excepciones: cuando el endeudamiento del gobierno supere el 50% del PIB (en 2019 será de 53%), el Ejecutivo deberá tener en cuenta el nivel del cumplimiento de los presupuestos, para repartir los recursos.
Además, esas transferencias solo podrán costearse con ingresos corrientes (impuestos) y no con endeudamiento. Para el presupuesto 2019, la mitad de los gastos se financiará con deuda, incluidas estas partidas.
Esta es la versión vigente del proyecto de ley: