Con la puesta en marcha de la reforma fiscal se activa el mecanismo que dictará los límites de crecimiento del gasto a los que deberá apegarse el Gobierno a partir del año 2020.
Ese es el año en el que, según el Ministerio de Hacienda, se empezará a aplicar la regla fiscal, el instrumento que introduce la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas para que el gasto corriente del Gobierno Central crezca según el estado de salud de las finanzas públicas.
El límite de ese primer año ya se conoce: el gasto corriente podrá crecer hasta un 6,41% con respecto al año anterior, según cálculos realizados por este medio a partir de los parámetros de la ley 9635.
Con ese tope, el gasto máximo del gobierno podrá ser de hasta ¢8.023 billones, ¢483.310 millones más de los que se consumirán en 2019, según la ley de presupuesto de la República para el año 2019.
El gasto corriente incluye rubros como salarios, pago de servicios y transferencias a otras instituciones.
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Lo que hará la regla fiscal será definir cuánto puede crecer dicha erogación cada año. Los límites se calculan a través de fórmulas matemáticas que toman en cuenta el nivel de endeudamiento del Gobierno Central y el crecimiento de la economía del país.
Cuanto mayor sea el endeudamiento, menos puede crecer el gasto, en especial si la producción nacional crece poco. Por el contrario, en periodos de fuerte crecimiento económico, se otorga mayor libertad al Gobierno para aumentar el gasto, sobre todo si el nivel de endeudamiento es bajo.
El escenario para el 2020
Para el 2020, el endeudamiento rondará el 58,9% del PIB, según las estimaciones del Banco Central. Según los datos de esa misma institución, el promedio de crecimiento económico del periodo 2013-2018 (lapso que debe tomarse en cuenta, según la ley) será del 6,75%.
Con esas condiciones, el país se encontrará en el tercer escenario más delicado de los cuatro que prevé la reforma tributaria:
“Cuando la deuda al cierre del periodo anterior al año de aplicación de la regla fiscal, sea igual o mayor al 45% del PIB, pero inferior al 60% del PIB, el crecimiento interanual del gasto corriente no sobrepasará el 75% del promedio del crecimiento del PIB nominal”, dice la norma.
No obstante, la misma ley prevé una variación de la regla que se utilizará por única vez en el 2020, por ser el primer año de aplicación. El tope de ese periodo será 20 puntos porcentuales superior al que correspondería en un año normal. Es decir, en vez de ser de un 75% del promedio de crecimiento del PIB nominal, será un 95%.
Con el tope en 75%, el límite de crecimiento sería 5,06%. Pero, con la ampliación, queda en 6,41%.
Entre el 2007 y el 2019, el gasto corriente creció interanualmente en proporciones muy variadas, según los parámetros de cada administración.
El mayor incremento de ese periodo se realizó en el año 2009, durante la administración de Óscar Arias, cuando el gasto corriente creció en un 25,02%.
El alza más baja, por el contrario, se realizó en el 2016, en tiempos de Luis Guillermo Solís, cuando el gasto corriente creció en un 3,42%. Para el 2019 se previó el segundo menor incremento, el cual será de 5,73%, según el plan de gastos que aprobaron los diputados.