Política

Nuevas condiciones salariales para empleados públicos rigen a partir de este miércoles

La mayoría de los ajustes recae sobre los nuevos empleados, pero también hay nuevas condiciones para los empleados actuales

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Las nuevas disposiciones aplican para todo el sector público; el Ministerio de Hacienda ya había implementado varios cambios, por decreto. Foto: Rafael Pacheco (Rafael PACHECO GRANADOS)

A partir de este miércoles, todo nuevo funcionario público entrará a laborar con condiciones distintas a las que tienen los actuales, al tiempo que habrá ajustes para estos últimos.

Este es uno de los primeros efectos que viene la reforma fiscal que fue publicada al final de la tarde de este martes en el diario oficial La Gaceta. Así lo confirmó el viceministro de Hacienda, Nogui Acosta.

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La nueva ley introduce una serie de cambios en el empleo público. La mayoría de los ajustes recae sobre los nuevos empleados, pero también hay nuevas condiciones para los empleados actuales.

Algunos de estos cambios ya se habían introducido en el Gobierno Central. Sin embargo, con la reforma, se extienden a los poderes Judicial, Legislativo y Electoral, junto al resto de instituciones públicas, como las universidades públicas, Recope y la CCSS.

Otros ajustes introducidos con la nueva ley, como el impuesto sobre valor agregado (IVA) y la reforma al impuesto de renta, empezarán a regir en seis meses.

Cambios para nuevos empleados

Para los nuevos funcionarios públicos que ameriten el pago de dedicación exclusiva, el plus equivaldrá a un 25% si son licenciados y a un 15% si son bachilleres. Los empleados actuales, en cambio, reciben un 55% y un 20% en la mayoría de los casos.

También, el pago por prohibición será de un 30% para licenciados y de un 15% para bachilleres, en lugar de un 65% y un 30%.

Cambios para empleados actuales y nuevos

Los siguientes cambios regirán tanto para los empleados vigentes como para los que entren a partir de este miércoles.

El pago por años laborados (anualidades) dejará de ser un porcentaje del salario para convertirse en un monto nominal, es decir en un monto fijo, con la intención de evitar el crecimiento exponencial del gasto.

(Video) Reforma fiscal aprobada en forma definitiva en la Asamblea con 34 votos
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Anteriormente, en el Gobierno se reconocía un 1,94% adicional sobre el salario base para los profesionales por cada año laborado y un 2,56% para los no profesionales.

A modo de ejemplo: si una persona ganaba ¢500.000 al mes y era profesional, se le concedían ¢9.700 por cada anualidad equivalente a un 1,94%.

Al año siguiente, si el salario base de este funcionario era aumentado a ¢505.000, por ejemplo, la futura anualidad sería de ¢9.797, es decir ¢97 colones más que la anterior.

Con la reforma fiscal, la anualidad ahora se mantendrá en los mismos ¢9.700, pues esta queda atada al monto fijo del momento en que se la ganó.

Las nuevos montos nominales por anualidades se calcularán con base en el 1,94% y el 2,54% de los salarios actuales, para profesionales y no profesionales, respectivamente, según lo establece el Servicio Civil.

Pilar Garrido, ministra de Planificación, afirmó que el ajuste no regirá para las instituciones que pagan anualidades más altas por convención colectiva hasta que esta no sea renegociada.

Al igual que los empleados nuevos, los funcionarios actuales también serán sometidos a una evaluación de desempeño, de la cual dependerá el otorgamiento de la anualidad.

Solo los empleados que reciban calificación “muy bueno” o “excelente” o su equivalente numérico recibirán la anualidad. Antes, se otorgaba incluso a los “buenos”.

La reforma también obliga a todas las instituciones a hacer ajustes para que la modalidad de pago de salario siempre sea mensual, con adelanto quincenal. Es decir, desaparecen los pagos bisemanales. Para este ajuste, las instituciones tienen tres meses a partir del martes; dicho cambio no implicará una disminución ni un aumento de salario.

La nueva ley también fija un tope al pago de la cesantía, que es la indemnización que recibe un trabajador cuando es despedido con responsabilidad patronal o cuando se pensiona, aunque en el Gobierno se paga a veces incuso por renuncia.

En este caso, el tope se ajusta a lo que indica el Código de Trabajo que son ocho años, a excepción de los empleados cuya cesantía esté cubierta por convención colectiva, pero estos, de igual manera, no podrán recibir más de 12 años de reconocimiento.

Los diputados hicieron la salvedad con las convenciones colectivas, pues existen algunas que reconocen hasta 20 años.

Además, habrá cambios en el pago de carrera profesional. Los nuevos puntos solo serán reconocidos salarialmente por cinco años y no se pagarán los que correspondan al título que se requiere para el puesto.

Rebeca Madrigal Q.

Rebeca Madrigal Q.

Periodista de asuntos políticos y de gobierno. Graduada en Periodismo de la Universidad Latina de Costa Rica.

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