Fernando Cruz, presidente de la Corte Suprema de Justicia, considera que el proyecto de ley de reforma fiscal aprobado en primer debate en el Congreso, plantea una serie de interrogantes, pues la iniciativa no solo aborda temas concernientes a tributos, sino también de empleo público.
El magistrado señala como un yerro de los diputados que la iniciativa no se sometiera a consulta antes de la primera votación, pues se trata de una “formalidad que en algún momento puede tener trascendencia".
Cruz dio estas declaraciones un día después de que se conociera un informe de la Dirección Jurídica del Poder Judicial, según la cual la reforma afecta la organización y funcionamiento de esa institución, en el tanto le pone freno al crecimiento del gasto en los pluses salariales del sector público y al gasto público en general.
El documento, que según el alto juez es tan solo un insumo, será conocido por los magistrados de la Corte Plena el próximo martes 16 de octubre. Por esa razón, evitó referirse en profundidad a su contenido.
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No obstante, Cruz criticó que la propuesta de fortalecimiento de las finanzas públicas llegara a manos de los magistrados cuando ya había superado la fase de enmiendas en el Congreso y cuando ya no se le podía hacer cambios.
Los diputados aprobaron la iniciativa en primer debate el 5 de octubre, y posteriormente enviaron el documento a consulta de la Corte para que se refiriera al último texto y responda si la reforma fiscal tiene o no incidencia en el funcionamiento del Poder Judicial.
Si así lo fuera, el proyecto requeriría de 38 votos para su aprobación, aunque obtuvo 35 en su primera votación legislativa.
“Si un procedimiento como el 208 bis (vía rápida en la Asamblea Legislativa) se aplica en un tema tan pesado y además incluye empleo público, y además (el Congreso) no hizo la consulta al Poder Judicial, ya usted me dirá la serie de interrogantes que se plantea”, expresó el magistrado constitucional.
“Tampoco hubo un diálogo previo, tampoco una notificación previa para ajustar qué es lo que se pretendía, porque yo creí que esto era un tema tributario, no una ley de empleo público", se quejó Cruz.
Esa fue la respuesta del alto juez ante la insistencia de este medio por conocer si los magistrados se opondrían a la reforma fiscla por los cambios que plantea con respecto a los sueldos del sector público.
Pese al criterio jurídico que proclama a la Corte como un “autogobierno” en materia salarial, el magistrado descarta que se trate de un intento por proteger los salarios de los funcionarios judiciales.
“El tema medular es la independencia, no los salarios”, insistió.
Una advertencia
Según el informe que preparó la Dirección Jurídica a solicitud de Cruz, el Poder Judicial se rige por sus propias leyes y estatutos en la definición de compensaciones salariales y la evaluación de los empleados.
No obstante, el proyecto de ley plantea un mismo esquema de asignación de anualidades para todo el sector público, incluida la Corte; además que otorga la rectoría del empleo público al Ministerio de Planificación y la evaluación de empleados a la Dirección General del Servicio Civil.
Actualmente, los empleados judiciales reciben en pluses ¢1 millón, en promedio y la cúpula tiene un incentivo que representa hasta 96% de su salario, beneficios que fueron aprobados por los mismos magistrados.
“Eso no es un tema, el tema no son los salarios. En todo caso, ha habido discusiones de derecho comparado sobre el salario de los jueces, y es un tema importante para tomar en cuenta. Ahora, si los salarios son altos, son otros temas... No conozco, pero bueno, tendremos que valorar si en los países desarrollados haya una incidencia de los otros poderes en relación a la fijación de salarios, pero eso es un tema muy técnico”, explicó Cruz.
Insistió que no están defendiendo los salarios de la cúpula del Poder Judicial, sino del planteamiento de si la reforma fiscal incide en otros aspectos como la evaluación del desempeño de los jueces.
“Es la primera vez, o de las pocas veces que yo he visto, que se incide en el tema de la independencia judicial de la forma tan directa. Porque además, no son solo los salarios, es la incidencia sobre el tema de la evaluación de desempeño de los jueces”, indicó.
“Por ejemplo, hay una norma que tiene que ver con que un órgano administrativo interviene en la evaluación del desempeño de los jueces. Yo no recuerdo una propuesta igual... En todo caso, debió haberse consultado antes, haberse conversado antes, etcétera, porque no se nos dijo absolutamente nada”, agregó.
El próximo martes, cuando el informe se discuta en Corte Plena, Cruz no podrá pronunciarse sobre el fondo del proyecto, porque es uno de los integrantes de la Sala Constitucional, órgano encargado de resolver la consulta facultativa que hicieron los diputados sobre la iniciativa 20.580.
Igual que Cruz, tampoco los otros seis integrantes del tribunal constitucional podrán referirse.
Sin embargo, adelantó que la crisis fiscal que vive el país también es de su preocupación.
“Yo no desconozco el grave problema fiscal, también es una motivación que tiene uno al valorar todos estos temas, pero esto tiene una formalidad que la propia Asamblea nos está haciendo, planteando (la consulta), después del primer debate”, señaló.
En otra ocasión anterior, y sobre un texto que ya no estaba vigente, la Corte dio un criterio negativo a la reforma fiscal, porque tocaba los salarios del Poder Judicial.
Ese criterio, que fue entregado a destiempo al Congreso, fue realizado por el magistrado William Molinari, que entregó un informe a sus colegas el cual fue la base del acuerdo.
Empero, en esta ocasión, Cruz optó por solicitar el criterio a una autoridad técnica: la Dirección Jurídica.
El documento ha sido refutado por políticos y jerarcas que insisten que el sistema ya no soporta los privilegios de un grupo de empleados públicos.
“Al fin y al cabo, tenemos recursos públicos que vienen de impuestos de todos los costarricenses y no nos podemos arrogar el derecho de tener salarios con privilegios por encima del que tiene el resto de los asalariados de incluso el sector público”, afirmó la jerarca de Hacienda, Rocío Aguilar.
Una de las reacciones más duras del Congreso con respecto a este criterio fue de Carlos Ricardo Benavides, jefe de fracción de Liberación Nacional.
“El informe es, simplemente, una defensa a ultranza de los pluses salariales del Poder Judicial, mal disimulada bajo el argumento de la independencia judicial. Un funcionario no es más ni menos independiente por tener una regulación salarial igual a la del resto de los mortales”, opinó el congresista.
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La Nación intentó obtener una reacción de Casa Presidencial, pero la respuesta de la Dirección de Comunicación fue que no se referirán a un documento interno, que todavía no ha sido conocido por los magistrados.
¿En qué les afecta la reforma fiscal?
El informe jurídico del Poder Judicial alega que la reforma los somete al Ejecutivo, en cuanto a la pauta de empleo público, al tiempo que pone en riesgo las transferencias del Gobierno debido a las nuevas especificaciones de regla fiscal y por las reformas para liberarlo de la asfixia que le producen los destinos específicos.
El Poder Judicial argumenta que funciona como un autogobierno en materia salarial, por lo que la inclusión de la Corte en las normas de la Ley de Salarios de la Administración Pública y a la rectoría del Ministerio de Planificación del Poder Ejecutivo lesiona esa potestad.
La reforma también contempla un capítulo de empleo público que uniforma algunos aspectos de las compensaciones salariales en ese sector para el Gobierno Central, instituciones autónomas, así como a las municipalidades, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) y el Poder Judicial.
“Esta unidad asesora estima que las anteriores competencias afectan, limitan y restringen las competencias de la Corte Suprema de Justicia y el Consejo Superior en materia de empleo de los servidores del Poder Judicial”, dijo la Dirección Jurídica del Poder Judicial.
En específico, se indica que esas potestades están definidas en la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Estatuto del Servicio y Judicial y la Ley de Salarios del Poder Judicial.
“Se evidencia que el proyecto de análisis estaría afectando la independencia entre poderes y se estaría sometiendo al Poder Judicial a lo que el Poder Ejecutivo disponga sobre las materias mencionadas, menoscabando competencias a los órganos internos de aquel Poder en beneficio del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica”, dicta el documento.
Los asesores agregaron que “el Poder Judicial, en materia de empleo público, posee potestades de "autogobierno”.
En segundo lugar, se considera lesivo someter a los funcionarios de la Corte al sistema de evaluación de desempeño de funciones que estará a cargo de la Dirección General de Servicio Civil, según la iniciativa de ley. Esta sería la herramienta para calificar a todos los empleados públicos del Estado.
La idea de la reforma fiscal es que el incentivo por anualidad solo se le pague a los funcionarios calificados como muy buenos y excelentes, en vez de hacerlo como ahora, que se paga en automático a todos.
El criterio técnico asegura que esto implica una “seria lesión a la independencia judicial y supedita la evaluación del Poder Judicial a otro Poder de la República”.
Como tercer argumento, el Judicial se opone a la aplicación de la regla fiscal que establece límites al crecimiento del gasto corriente, según sea el crecimiento de la economía y de la deuda del Gobierno Central.
Los asesores señalaron que ese cambio “implica una eventual afectación de los destinos específicos relacionados con el Poder Judicial, así como transferencias que son realizadas al Poder Judicial”.
Además, indican que esas reglas crean “una situación de sujeción del Poder Judicial a sus designios, contrario a la independencia judicial”.
La cuarta afectación retoma los cambios en empleo público, en especial a las variaciones de los incentivos, como la asignación y el cálculo de las anualidades, así como la compensación salarial por la prohibición al ejercicio liberal de la profesión y la obligación de todas las instituciones de no crear nuevos pluses por la vía administrativa.
Mencionan algunos incentivos que están relacionados con el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) que fueron creados vía reglamento. Sin embargo, el proyecto de ley respeta los derechos adquiridos de todos los trabajadores actuales.