El presidente Carlos Alvarado solicitó a la Procuraduría General de la República interponer un recurso de casación, ante la Sala II, en contra de la sentencia que declaró legal la huelga en la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope).
Alvarado solicitó tomar acciones ante la sentencia 421 del Tribunal de Apelación del II Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, “en interés del ordenamiento jurídico”.
Casa Presidencial informó de que el recurso, regulado en el artículo 600 del Código de Trabajo, busca la revisión de sentencias que se estiman “violatorias al ordenamiento jurídico”.
“Cabrá el recurso de casación en interés del ordenamiento jurídico, ante la Sala Segunda de la Corte, contra sentencias firmes con autoridad de cosa juzgada material no recurribles para ante el órgano de casación, cuando se estimen violatorias del ordenamiento jurídico”, dice ese artículo.
Al ser un caso especial, dicha solicitud solo la pueden hacer el procurador general de la República, el contralor general de la República, el defensor de los habitantes, la Dirección Nacional de Inspección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo, las confederaciones sindicales y las uniones de cámaras empresariales que se acrediten ante el proceso.
“La actividad de transporte y comercialización de combustible por parte de la Recope presentó graves afectaciones a consecuencia de la huelga nacional, lo cual representó pérdidas millonarias a nuestro país, así como una grave afectación a nuestra economía. El almacenamiento, transporte y distribución de combustibles constituyen un servicio público esencial”, argumentó el presidente Alvarado.
Una primera instancia judicial declaró ilegal la huelga en Recope. El juez Alexánder Barrantes Contreras consideró que no se trataba de un movimiento pacífico.
LEA MÁS: Tribunal declara legal huelga en Recope por errores en primera instancia
No obstante, el Tribunal de Apelación revocó la sentencia al considerar que el juez debió ser más preciso en la confirmación de impacto y otros hechos probatorios para considerar no pacífico el movimiento.
La nueva resolución indica que el juez Contreras Barrantes basó esencialmente su decisión de decantarse por un movimiento no pacífico por sus observaciones en una visita de reconocimiento al plantel El Alto (Ochomogo, Cartago), donde afirmó que unos 60 camiones cisternas y unas 40 personas impedían el ingreso de vehículos a cargar combustibles ese día.
El Tribunal de Apelación afirma que la primera debió ser mucho más precisa en la confirmación de impacto y otros hechos probatorios para considerar no pacífico el movimiento. El Tribunal de Apelación lo integraron las juezas Adriana Chacón Catalán, Bettzabé Gutiérez Murillo y Luis Eduardo Mesén García.