El presidente de la Sala Constitucional, Fernando Castillo, notificó este lunes oficialmente a la presidenta de la Asamblea Legislativa, Carolina Hidalgo, la respuesta a la opinión consultiva de los diputados sobre la reforma fiscal.
En el documento, recibido en la Secretaría del Directorio a las 11:49 a. m., Castillo explica a Hidalgo el por tanto de la resolución que los magistrados constitucionales adoptaron de forma unánime, el viernes anterior.
El texto notificado a Hidalgo es básicamente el mismo que el magistrado presidente de la Sala IV leyó frente a los medios el viernes a las 9:45 p. m., donde explica que no se encontraron vicios de inconstitucionalidad en el proyecto de Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.
Por unanimidad, el tribunal constitucional declaró que no encontró vicios de procedimiento ni de forma en el proyecto, al analizar las consultas que le hicieron los diputados, lo que permite someterlo a votación en segundo debate para, posteriormente, pasarlo a la firma del presidente.
En el oficio PSC-0150-2018, Castillo explica las decisiones específicas sobre la consulta planteada por diputados de Restauración Nacional, Integración Nacional y el Frente Amplio, así como los criterios de los magistrados sobre la consulta firmada por Liberación Nacional, Acción Ciudadana y la Unidad Social Cristiana.
El proyecto no requerirá de 38 votos para ser ratificado, pues los magistrados concluyeron que este no afectará el funcionamiento del Poder Judicial, a diferencia de lo que dijo la Corte Plena, la cual alegó que sí le afectaba en el tanto la reforma impondrá medidas de contención de gasto sobre los salarios públicos.
Segundo debate en próximos días
La presidenta del Directorio explicó que, pese a tener ya el por tanto en el Congreso, no se puede dar el segundo debate al expediente 20.580 mientras no llegue íntegra la respuesta de los magistrados constitucionales.
“Estamos a la espera de esa respuesta. Es incierto si llegará esta misma semana o dentro de un mes. Recientemente, se definió el matrimonio igualitario (8 de agosto) y tardó bastante en la redacción (publicada este 26 de noviembre). Esperemos que este no sea el caso", comentó Hidalgo.
La diputada agregó que, una vez con el fallo en la mano, se tendrá que hacer la valoración, junto con las fracciones, para determinar cuándo correspondería dar el segundo debate.
Aunque Hidalgo indicó que ha intentado ser lo más respetuosa posible con la Sala Constitucional, sí consultó para cuándo podría salir la redacción de la respuesta.
“Me dijeron que hay que darles tiempo porque cada magistrado tiene que hacer la redacción de algunos puntos en concreto, entonces estamos a la espera. No sabemos cuánto van a tardar los magistrados en hacer sus aportes”, agregó la jerarca legislativa.
Mientras tanto, Hidalgo explicó que les ha planteado a las fracciones que es importante que tengan una buena asistencia al plenario, lo más completa posible, para la eventual votación del segundo debate.
La Sala IV llegó a las siguientes conclusiones:
– No existe vicio en que el gasto estatal en la red de cuido y en el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) se contabilicen dentro del 8% del PIB que se destina a la educación. “Se enfatiza que, en cuanto a la primera infancia, lo único que se admite son gastos relacionados con educación”.
– No hay vicios de constitucionalidad en relación con los recursos destinados a las universidades públicas, “toda vez que el proyecto de ley mantiene el gasto nominal del Fondo Especial para la Educación Superior (FEES) y de las rentas propias de las universidades, con respecto al presupuesto vigente al momento de la aprobación de ley”.
– No hay vicio en la eliminación de los destinos específicos para el Patronato Nacional de la Infancia (PANI) porque se mantiene el presupuesto nominal vigente al momento de la aprobación de la ley, al igual que con los fondos para otras entidades como el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Fodesaf) y el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS).
– No se consideró inconstitucional que la reforma establezca que solo se podrán crear incentivos salariales por ley, con excepción de los que se aprueben por convenciones colectivas, es decir, acuerdos entre patronos y sindicatos, en vista de que el país ha firmado convenios internacionales en ese sentido.
Fernando Castillo, presidente del tribunal, argumentó que si un ciudadano considera que se comete un exceso con un incentivo concedido vía convención colectiva, tiene el derecho de ir a la Sala IV para que esta corrija el exceso según principios de proporcionalidad, razonabilidad y buen manejo de los fondos públicos.