Una norma que el Ministerio de Hacienda pretende introducir, en la reforma fiscal, dificultaría el crecimiento de los negocios y desincentivaría la inversión. Así lo explicó Allan Saborío, socio director de la firma consultora Deloitte.
Se trata de un artículo que impediría a los contribuyentes deducir como gastos, a la hora de calcular su impuesto sobre la renta, la totalidad de los intereses pagados por los créditos que hayan obtenido para invertir en sus negocios, aun si estos provienen del sistema bancario nacional.
La norma establecería que las personas físicas y jurídicas solo podrían deducir en intereses el equivalente a un 20% de sus utilidades, aunque hayan pagado más. Actualmente, no existe límite.
"Si en un año me gano ¢100 millones, no puedo deducir más de ¢20 millones en intereses", explicó el funcionario de Deloitte.
El cálculo se haría sobre las utilidades antes de intereses, impuestos, depreciaciones y amortizaciones, lo que se conoce como EBITDA.
Hacienda sostiene que esta es una "norma de subcapitalización" que impediría a las empresas reducir el pago de impuestos mediante financiamientos.
Sin embargo, según Saborío, una verdadera norma de subcapitalización lo que hace es limitar el reconocimiento de intereses pagados a “entidades relacionadas”, es decir, a empresas que forman parte de un mismo grupo económico, ya sea porque comparten socios o porque comparten gerencias.
“Lo que se está limitando es el gasto por intereses. La norma no restringe únicamente el pago a entidades relacionadas, sino el financiamientos en general”, afirmó Saborío, quien insistió en que el artículo se exiende a todo tipo de endeudamientos sin hacer distinción entre tipos de empresas.
También, se restringirían los intereses pagados a proveedores que vendan a crédito.
"Lo que se está haciendo es matar un canario con un cañón. Dicen que es para evitar que las empresas excedan el financiamiento y que lo utilicen como mecanismo para no pagar impuestos, pero lo que están haciendo es imponer un límite que nadie sabe de dónde viene", agregó.
De acuerdo con el experto, el nivel de endeudamiento es muy diferente según el tipo de actividad y según el tiempo de constitución del negocio.
Mencionó, por ejemplo, que las desarrolladoras inmobiliarias requieren de grandes porcentajes de endeudamiento, al igual que una hotel en sus primeros años de existencia.
Insistió en que cualquier negocio, al principio, requiere de más endeudamiento.
“El efecto es que, para algunas empresas, sería muy difícil poder crecer y habría un efecto perverso: un desincentivo a la inversión”, sostuvo Saborío.
Hacienda propuso que, durante los dos periodos fiscales siguientes a la aprobación del plan, el tope de intereses deducibles sea de un 30% y que este se ajustará a la baja a un ritmo de dos puntos porcentuales por año, hasta llegar al 20% sugerido.
El abogado especialista en impuestos de Deloitte, Francisco Villalobos, socio de impuestos de la firma Deloitte, agregó que en economías como la costarricense, donde las empresas deben recurrir al sector financiero y realmente están endeudadas, limitar el porcentaje de intereses que se puede deducir de la renta es peligroso.
“Esto representa la amenaza de que una empresa no pueda deducir todos los intereses que está reportando. Lo que no está claro es si esa fórmula que está ahí en el proyecto permite reconocer esos casos reales en los que efectivamente hay un endeudamiento real en el que la empresa ha tenido que incurrir para poder seguir operando”, anticipó.
Según Villalobos, la norma que pretende incluir Hacienda podría llevar a una empresa a pagar impuestos sobre una ganancia que no es real.
“Eso, simplemente, encarecería el impuesto pues terminaría subiendo la tarifa a un 30% (de impuesto de renta) y algo más porque la empresa no podría deducir unos gastos que siempre han sido considerados como normales y necesarios”, comentó.
¿Qué son asimetrías híbridas?
Hay otro componente en el que Hacienda insiste en la reforma fiscal. Se trata de las “asimetrías híbridas”.
El origen de esta propuesta tendría relación con una directriz que adoptó la Unión Europea en el 2017 para impedir que las empresas transnacionales, con operaciones en distintos países, aprovechen las diferencias en los tratamientos de las rentas que existen en esas jurisdicciones distintas para eludir el pago de tributos.
El exviceministro de Hacienda, Fernando Rodríguez (2014-2017), dijo que las asimetrías híbridas surgen porque los países muchas veces tienen tratos distintos para varios tipos de renta, de los que se valen las empresas que tienen participaciones en varios países para generar de un lado un pago, que se constituye como un gasto deducible, sin que del otro lado ese pago se constituya como un ingreso gravable.
“Imagínese que yo tengo dos empresas que están vinculadas. Una está en Costa Rica y la otra está en El Salvador y le compro algún servicio a esa empresa, se lo pago, y ese pago que yo hago aquí lo deduzco del impuesto de renta, pero ese pago que yo le hago a la otra empresa en El Salvador no es un ingreso gravable".
"Entonces, la empresa no está declarando nada, por eso el concepto de asimetrías, porque existen distintos tipos de tratamientos en la legislación de los dos países sobre algunos conceptos de renta que facilitan que se usen formas para eludir el impuesto. Lo que se busca es homogenizar el trato bajo el principio de ciertas rentas”, explicó.
Rodríguez dijo que lo que busca Hacienda es identificar en cuáles circunstancias pueden haber tratos que no responden a formas iguales del impuesto sobre la renta en diferentes lugares para evitar que la contabilidad de las empresas se preste para la elusión fiscal.
“Lo que busca la legislación es cerrar portillos de forma tal que esos fenómenos no se presenten más”, amplió.
Francisco Villalobos agregó que la legislación tributaria costarricenses no está lo suficientemente avanzada como para incorporar esos conceptos novedosos que en otras zonas económicas, como la Unión Europea, apenas se empezarán a regular en el 2022.
“Están dando oportunidad a los países hasta ese año para implementar normas como estas para regular situaciones evidentemente complejas y que seguro generarán muchos litigios tributarios. La pregunta es si nosotros deberíamos hacerlo desde ahora o si deberíamos arreglar cuestiones que nuestra ley requiere, como permitir la deducibilidad de pérdidas o permitir la deducibilidad de inversiones en reconversión tecnológica, tecnologías limpias o medidas para evitar doble imposición internacional y permitir a nuestro país ser más competitivo”, cuestionó.