Un fallo en segunda instancia del Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito Judicial de San José confirmó la ilegalidad de la huelga de los trabajadores de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS). Sin embargo, no se les puede rebajar salarios de forma retroactiva, ni sancionarlos.
Así lo confirmó la mañana de este miércoles en conferencia de prensa Román Macaya, presidente de la CCSS en referencia al movimiento de protesta contra la reforma fiscal que afectó los servicios de la entidad durante un mes y cuyo costo ronda preliminarmente los ¢12.000 millones.
“En el fallo se determina que no se pueden rebajar salarios retroactivamente, solo de ahora en adelante. Como una institución en un Estado de derecho vamos a respetar lo que ordene la Corte. Lo que sí esperaríamos es que estos fallos se den más oportunamente”, comentó Macaya en referencia al documento recibido este martes.
La firmeza de la calificación de ilegal de la huelga vino luego de una primera declaratoria de ilegalidad el pasado 1.° de octubre en primera instancia.
Aunque prevaleció la ilegalidad del movimiento, Macaya lamentó la tardanza de los tribunales para resolver. El funcionario no ofreció más detalles de la resolución en segunda instancia o copias de ese fallo.
“Hacemos una petición de que en el futuro los fallos, ojalá, se hicieran más oportunamente. Esta huelga fue muy larga. Un mes para la Caja es una huelga muy larga. Los asegurados lo sienten, son cirugías perdidas, citas perdidas”, lamentó el jerarca.
Las huelgas están prohibidas en servicios esenciales, como los que se brindan en clínicas y hospitales públicos, pues así lo establece el Código de Trabajo y las disposiciones de la Organización Internacional del Trabajo adoptadas por Costa Rica.
Bajo estos argumentos, la jueza Susana Porras Cascante, del Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José , había declarado en octubre como ilegal dicha huelga.
Aquel primer documento censuró la “actitud reprochable y totalmente irresponsable” de los cinco sindicatos del sector, por promover que sus agremiados dejaran sus puestos de trabajo sin informarles que existe una prohibición expresa de organizar huelgas en hospitales, áreas de salud y lavanderías.
“Esto por ser un servicio sensible, pues corre peligro la vida y salud de las personas, debe mantener siempre su funcionamiento de forma permanente y al cien por ciento de sus capacidades”, indicó esa resolución.
Pasado un mes de interrupción de servicios por la protesta, la afectación para los usuarios era evidente: más de 90.000 citas perdidas y más de 3.000 cirugías también en todas las clínicas y hospitales del país.
El movimiento además provocó afectaciones importantes en servicios claves, pues se impidió el acceso a la Lavandería Central de la institución que opera en el Hospital México, y afectaciones recurrentes en servicios esenciales de los centros médicos, como Nutrición u operaciones consideradas de emergencia.