Por incumplir un requisito, el Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José declaró ilegal la huelga de empleados en la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope).
Con esta, ya van 11 solicitudes de ilegalidad resueltas: de ellas 10 se declararon ilegales y una legal (la del Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia, IAFA).
El juez Alexánder Contreras Barrantes argumentó incumplimiento por parte del Sindicato de Trabajadores Petroleros, Químicos y Afines (Sitrapequia) del requisito de aportar pruebas que demuestren apoyo a la huelga en esta entidad, indica la resolución al expediente 18-001835-0166-LA emitida este jueves.
Con el fallo de ilegalidad también se condena al Sitrapequia a pagar un millón de colones correspondiente a las costas procesales.
El argumento del juez Contreras sigue la misma línea de argumentación de la jueza Ileana Castillo Porras quien este jueves también declaró ilegal la huelga en Correos de Costa Rica.
El apoyo a la protesta, señaló el juez, es uno de los requisitos más importantes para efectos de la legalidad de una huelga, al punto de recordar que si esto se incumple, la legislación costarricense señala que se estaría incurriendo en una práctica desleal.
“Siendo este irrefutablemente uno de los requerimientos que nuestro legislador ha sostenido de mucha importancia para efectos de la legalidad de la huelga, haciendo incapié en la parte final de la norma, que al no cumplir con este requisito, se está incurriendo en una práctica desleal, es decir, precisamente en una acción u omisión que violenta la libertad sindical”, precisa Contreras en su resolución.
El juez explica que al tratarse de una huelga nacional ese requisito se vuelve “un poco más complejo, pero no hace a la huelga imposible”.
Para Contreras no es válido obviar este punto bajo el argumento de tratarse de un movimiento nacional y pretendiendo así dejar sin aplicarse una normativa existente “de la cual incluso en su redacción participaron representantes sindicales y pretender, poder irse a la huelga con la sola convocatoria y aprobación de los dirigentes sindicales”.
Sobre esa normativa, el juez anota que incluso en su redacción "participaron representantes sindicales y pretender, poder irse a la huelga con la sola convocatoria y aprobación de los dirigentes sindicales.
Luego de esta sentencia de primera instancia, los representantes legales de Sitrapequia tienen tres días para apelar. Cumplido el plazo, se analizarán los argumentos y se adoptará una posición final.
Hasta tanto no exista una declaratoria en firme sobre la ilegalidad no se pueden rebajar salarios a los trabajadores que hayan participado del movimiento.
Al respecto del fallo, Alejandro Muñoz, presidente de Recope, comentó en un comunicado de esa entidad que “lo más importante es que el fallo pueda darle espacio de reflexión a los compañeros que están en huelga y que empiecen a regresar a sus trabajos para que la empresa pueda brindar los servicios esenciales del país en la distribución de combustibles de la manera excelente con que siempre lo ha hecho”.
Las autoridades de Gobierno han solicitado 32 declaratorias de ilegalidad de huelga. Hasta este viernes por la mañana se han resuelto 11 y solo una, la del IAFA, ha concluido que el movimiento es legal.
Están pendientes las resoluciones de solicitudes de ilegalidad en otras instituciones como la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), el Sistema Nacional de Radio y Televisión (Sinart), el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), el Patronato Nacional de la Infancia (PANI), Radiográfica Costarricense (Racsa) y el Instituto de Desarrollo Agrario (Inder).