Las huelgas están prohibidas en servicios esenciales, como los que se brindan en clínicas y hospitales públicos, pues así lo establece el Código de Trabajo y las disposiciones de la Organización Internacional del Trabajo adoptadas por Costa Rica.
Bajo estos argumentos, la jueza Susana Porras Cascante, del Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José , declaró ilegal este lunes la huelga de trabajadores de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
Además, censuró la “actitud reprochable y totalmente irresponsable” de los cinco sindicatos del sector, por promover que sus agremiados dejaran sus puestos de trabajo sin informarles que existe una prohibición expresa de organizar huelgas en hospitales, áreas de salud y lavanderías.
“Esto por ser un servicio sensible, pues corre peligro la vida y salud de las personas, debe mantener siempre su funcionamiento de forma permanente y al cien por ciento de sus capacidades”, indica la resolución, dada a conocer esta mañana.
La jueza Porras también calificó de práctica desleal el que los representantes sindicales decidieran esconderse para retrasar las notificaciones relacionadas con este expediente, "pues con su actuar han generado un caos en el país, por cuanto se han retrasado gran cantidad de citas y cirugías entre otros”.
El Juzgado había denunciado, en días anteriores, dificultades para notificar a los representantes de Undeca, incluso debieron acudir a una de las jornadas de negociación en el Palacio Arzobispal, para entregar el documento inicial sobre el proceso al líder de este sindicato, Luis Chavarría.
La sentencia, que trasciende 22 días después de que la Caja solicitó la declaratoria de ilegalidad, condena al pago de las costas procesales a los siguientes gremios: Sindicato de Profesionales en Ciencias Médicas (Siprocimeca), Unión Nacional de Empleados de la Caja (Undeca), Unión Médica Nacional, Asociación Nacional de Profesionales de Enfermería (ANPE) y Sindicato Nacional de Enfermería (Sinae).
Hasta este lunes, producto de la protesta se habían suspendido más de 90.000 citas y cerca de 3.000 cirugías en todas las clínicas y hospitales del país.
El movimiento además provocó afectaciones importantes en servicios claves, pues se impidió el acceso a la Lavandería Central de la institución que opera en el Hospital México, y afectaciones recurrentes en servicios esenciales de los centros médicos, como Nutrición u operaciones consideradas de emergencia.
El documento establece que desde que inició el movimiento, el pasado 10 de setiembre, se han sumado a la huelga trabajadores de los hospitales más grandes del país: Calderón Guardia, México, San Juan de Dios, Psiquiátrico y Hospital de la Mujer, así como la Lavandería Central y el Centro Nacional de Rehabilitación.
Razonamiento de la jueza
En el argumento, la jueza establece que "en relación con el tema en cuestión, la Organización Internacional del Trabajo (OIT), a través de su Comité de Libertad Sindical, ha emitido una serie de recomendaciones tendientes a orientar las pautas, para determinar cuáles servicios públicos se catalogan como esenciales y en cuales no puede ejercerse el derecho de huelga.
"Es así como encontramos, en la recopilación de decisiones, de 1985, párrafo 394, lo siguiente: “El derecho de huelga sólo podría ser objeto de restricciones, incluso prohibido en la función pública, siendo funcionarios públicos aquellos que ejercen funciones de autoridad en nombre del Estado, o en los servicios esenciales en el sentido estricto del término (es decir, aquellos servicios cuya interrupción pondría en peligro la vida, la seguridad o la salud de la persona en toda o parte de la población)”, sosteniendo a su vez: “[...] Para determinar los casos en los que podría prohibirse la huelga el criterio determinante es la existencia de una amenaza evidente e inminente para la vida, la seguridad la salud de toda o parte de la población [...]”.
También se menciona el artículo 376 del Código de Trabajo en su inciso d, donde se señala que no será permitida la huelga en aquellos servicios públicos donde las labores que desempeñen los trabajadores “sean absolutamente indispensables para mantener el funcionamiento de las empresas particulares que no puedan suspender sus servicios sin causar un daño grave o inmediato a la salud o a la economía públicas, como son las clínicas y hospitales, la higiene, el aseo y el alumbrado en las poblaciones”.
Asimismo, se condena a los gremios a pagar ¢2,5 millones (¢500.000 cada uno) por las costas del proceso.
Hasta este lunes los juzgados de trabajo han resuelto 13 de las 32 solicitudes interpuestas por las instituciones, de las cuales 12 han sido declaradas como ilegales.
Luego de esta sentencia, los sindicatos tienen un plazo de tres días para apelar y una vez que la misma quede en firme (si así lo determina el juez), el patrono, en este caso la Caja, podrá iniciar con los procesos para rebajar salarios por los días no laborados y los trabajadores tendrán que reincorporarse a sus funciones en un plazo no mayor a 24 horas.
Tras conocer la sentencia, el presidente de la Caja Costarricense de Seguro Social, Román Macaya, hizo un llamado a los dirigentes sindicales para que se sienten en la mesa de negociación e instó a los funcionarios de la institución que se sumaron al movimiento para que regresen a sus puestos de trabajo.
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El jerarca dijo que las citas y cirugías perdidas son dolor para los costarricenses y que la institución tiene que ser lo que los costarricenses esperan de ella. “La CCSS es de los pacientes”.
Macaya señaló que “el por tanto es contundente”, porque específica que se sustenta en la prohibición de las huelgas en el sector salud.
“Ahora lo que hay que ver es la reacción de todos los que han estado en huelga, si vuelven oportunamente a sus puestos de trabajo, que es lo ideal. Pero poner a operar esto oportunamente de forma normal se llevará su tiempo, hay que programar la agenda de todo este personal ausente en estos días. Vienen días, espero yo, de ponernos a programar lo que es la vuelta a la normalidad, pero todo depende de la actitud que tomen los líderes sindicales y todo el personal en huelga”, agregó.
Añadió que este lunes ha sido el de menor afectación desde el inicio de la protesta.
El secretario general del Sindicato Nacional de Enfermería (Sinae), Lenín Hernández, confirmó que fueron notificados de la declaratoria de ilegalidad.
“El departamento jurídico de nuestra organización hará el análisis para determinar cuáles fueron los elementos que determinaron al juzgador a declararla con la ilegalidad (...) supongo que por el asunto de los servicios esenciales, es un elemento que por ahí el juzgador ha utilizado para calificarla de este modo, lo que procede es ver los elementos para la futura apelación, si es que los hay”, dijo Hernández.
Por su parte, el dirigente de Undeca, Luis Chavarría indicó que: "los que trabajamos en esto sabemos que es un procedimiento de acuerdo al Código de Trabajo y la ley y la impugnaremos al tercer día que nos corresponde, hay que seguir ese procedimiento”.