Un tribunal de trabajo dejó en firme la declaratoria de ilegalidad de la huelga en la Municipalidad de Santa Ana, pero impidió que se le rebaje los salarios por los días no laborados a los 26 funcionarios que se sumaron al movimiento y que hasta este martes no han regresado a laborar.
La resolución emitida por los jueces José Adrián Calderón Chacón, Juan Carlos Segura Solís y Manuel Rodríguez Carrillo indica que: “la aplicación de sanciones disciplinarias y rebajos salariales de conformidad con el ordinal 379 y 385 del Código de Trabajo no podrán realizarse de forma retroactiva, únicamente a futuro y a partir de la firmeza de esta sentencia, una vez operado el aviso de 24 horas previsto por la legislación procesal para efectos de concertar el reinicio de las actividades”.
Eso quiere decir que una vez notificados, los empleados tienen un día para volver a trabajar y solo en caso de que no lo hagan, procederán los rebajos.
El alcalde de Santa Ana, Gerardo Oviedo, manifestó su inconformidad con la resolución, pues le parece que la medida es “injusta” para los otros funcionarios que debieron duplicar esfuerzos para hacer frente a las labores que sus compañeros dejaron de atender.
En su criterio se debió permitir al menos el rebajo desde que se declaró ilegal el movimiento, el pasado 25 de setiembre.
“Me parece que esta ley fue bastante a la carrera, no se planeó y ahora vienen las consecuencias, habría que ver que van a determinar en los otros fallos, si van a mantener el criterio, se tendría que cambiar la ley porque es ilógico”, añadió.
Según dijo, eso deja ver que si el personal completo decide irse a huelga, aunque este movimiento se declare ilegal, no les pasa nada.
El alcalde aseguró que las áreas del Ayuntamiento que sufrieron pérdida de personal son las más sensibles, pues se trata de la recolección de basura y bacheo de caminos.
Además han debido desatender otras labores como el mantenimiento de parques y limpieza de vías, para redistribuir funciones, durante la ausencia de los 26 trabajadores por más de un mes.
El movimiento fue declarado ilegal debido a que el Juzgado de Trabajo determinó que los servicios de alumbrado público, limpieza de vías, recolección separada, transporte, valorización, tratamiento y disposición final de los residuos ordinarios, el mantenimiento de los parques y zonas verdes, y el servicio de policía municipal, que se dejaron de prestar, son esenciales.
Además, indicó que no se cumplió con el requisito de hacer una asamblea sindical, donde por una votación representativa se aprobara la huelga.
La Asociación Nacional de Empleados Públicos (ANEP), sindicato que agrupa a este gremio, había apelado dicha resolución alegando entre otras cosas que “se invirtió la carga probatoria, ya que desde la contestación de la demanda rechazaron en su totalidad los argumentos de la Municipalidad”, además aseguraron que la sentencia era contradictoria y que “la prohibición de huelga en servicios esenciales rige cuando esté previsto en la legislación”.
Sin embargo esos razonamientos fueron rechazados por el Tribunal de Apelaciones de Trabajo de San José.
Hasta este martes se han declarado ilegales 21 de las 32 solicitudes presentadas por el Gobierno y otras entidades, dos fueron declaradas legales y quedan pendientes de resolver nueve casos.
Sin embargo, la de la Municipalidad de Santa Ana es la primera en quedar en firme.