La Corte Plena avaló por mayoría un proyecto que extiende el decomiso de armas de fuego hasta por un año en casos de violencia doméstica.
La decisión la tomaron los magistrados este lunes al ratificar que un plan legislativo para modificar los artículos 3, 4 y 5 de la Ley Contra la Violencia Doméstica, no afecta el funcionamiento del Poder Judicial.
Para la mayoría de los integrantes de la Corte, los cambios no inciden en la organización judicial pues es una potestad del legislador variar los plazos de las leyes.
En la actual legislación se ordena el decomiso de un arma de fuego y la cancelación del permiso de portación durante un año cuando esos instrumentos estén en manos de personas acusadas de violencia.
Asimismo, establece que esas medidas de protección se mantendrán por un año, mientras no sean levantadas o modificadas con anterioridad por una resolución judicial en firme.
La modificación establece que aunque las medidas sean levantadas, el arma de fuego y la cancelación del permiso de portación se mantendrán durante el año.
Otro cambio es que en la ley actual se permite la devolución de esos instrumentos cuando la víctima solicita el levantamiento de las medidas. En la nueva regulación, tales medidas se mantendrán siempre durante año.
La magistrada Julia Varela, de la Sala Segunda, dijo que se trata de un proyecto muy específico que busca la protección máxima de las posibles víctimas de agresión doméstica. “El contenido de la ley lo considero muy importante y lo avalo”, agregó.
Por su parte, la magistrada María Alexandra Bogantes dijo que esta ley no afecta el funcionamiento del Poder Judicial. “Más bien siento que es una protección adicional ante la ola de crímenes y de femicidios tan terrible que tenemos. Más bien tenemos que tutelar y avalar”.
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Con esta decisión, dicho cambio en la legislación no requiere el voto de 38 diputados en la Asamblea Legislativa para ser aprobado.
En este pronunciamiento, los magistrados de la Sala Constitucional se abstuvieron de emitir criterio.