La Corte Plena descartó este lunes la posibilidad de hacer públicas las sesiones en las cuales se discutan las investigaciones disciplinarias contra los magistrados.
La decisión la tomaron los altos jueces luego de que conocieron un informe del director jurídico del Poder Judicial, Rodrigo Campos Hidalgo, quien hizo ver que la Ley General de Administración Pública establece el secreto de dichos proceso administrativos.
Además, citó el artículo 165 de la Constitución Política, donde se establece que las suspensiones de los magistrados se deben discutir en “votación secreta”, que cuente con no menos de los terceras partes de sus miembros, o sea, 15 votos.
Campos recordó de que también hay varios pronunciamientos de la Sala Constitucional en los cuales se fija la privacidad, para que terceras personas no conozcan las investigaciones preliminares. Lo que si debe hacerse público es el resultado de la resolución, manifestó.
La iniciativa para que Corte Plena acordara hacer públicas las deliberaciones por causas administrativas contra los magistrados la planteó en agosto pasado el presidente de la Corte, Fernando Cruz Castro. Lo hizo en un momento en que el Poder Judicial enfrentaba muchas críticas porque las investigaciones contra los altos jueces eran secretas.
La única posibilidad de hacer públicas esas discusiones es mediante una reforma constitucional, determinó la Corte Plena.
Precisamente, en julio anterior los magistrados Luis Guillermo Rivas, Román Solís, Julia Varela, Paul Rueda, Nancy Hernández, William Molinari, Marcela Ayón, Ana María Picado y Marta Eugenia Esquivel, presentaron una carta a la presidenta de la Asamblea Legislativa, Carolina Hidalgo, en la cual solicitaron hacer gestiones para reformar la Constitución Política, para quitar el velo de secreto que tienen las sesiones en que se discuten sanciones disciplinarias a los jueces de la Corte Suprema de Justicia.
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Los firmantes de la carta propusieron que en el texto del artículo 165 se incluya que "el acuerdo habrá de tomarse por la Corte Suprema de Justicia, en sesión pública y por simple mayoría del total de sus miembros”.
Aunque las discusiones seguirán secretas, la Corte Plena accedió a que, en ocasiones futuras, los denunciantes de algún magistrado puedan ser partes del proceso, pero solo cuando se trate de asuntos de probidad. Eso permitirá al quejoso conocer detalles sobre las pruebas recabadas durante el proceso.
También los altos jueces aprobaron de que en próximas ocasiones, cuando se abra un proceso administrativo contra un magistrado, se le conceda al acusado la posibilidad de escuchar cuáles son los cargos y pueda defenderse. Eso se hará en una audiencia privada. Empero, el magistrado denunciado no podrá estar en la sesión en la cual se discuta el asunto.
Uno de los proponentes para que el magistrado denunciado pueda conocer detalles sobre la investigación la presentó Luis Guillermo Rivas, quien dijo: “En la actualidad el aludido no tiene ninguna oportunidad de defenderse”.
Otro acuerdo
Paralelamente, la Corte Plena acordó este lunes que el Consejo Superior continúe con la administración del fondo de pensiones del Poder Judicial por un tiempo indefinido.
La decisión se adoptó porque no se logró designar una junta que administre dicho régimen como lo estableció una reforma a la Ley No. 9544. En la modificación se fijó que el Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial pasará a ser administrado por una Junta Administradora y ya no por el Consejo Superior del Poder Judicial, como se hacía desde que se creó el fondo.
Dicha junta, que la conformarán seis personas, debió estar designada en un plazo de 6 meses a partir de la emisión de la ley plazo, el cual se cumple este miércoles 21 de noviembre.
Con la decisión de la Corte, se evita cualquier afectación al funcionamiento del fondo en temas como la recaudación de sus recursos, pago de jubilaciones actuales y demás gestiones administrativas.