El expresidente de la República, Óscar Arias Sánchez, afirmó que el Ministerio Público le pidió que aporte “prueba imposible” durante la investigación y la posterior acusación en el denominado caso Crucitas, en el cual se le atribuye el delito de prevaricato.
La manifestación consta en un recurso de amparo que los abogados del exmandatario, Rodolfo Brenes Mora y Francisco Castillo González, presentaron el pasado 26 de setiembre, en el cual piden a los magistrados constitucionales que dicha investigación sea devuelta a su etapa preliminar, pues alegan que se violaron los derechos fundamentales del expresidente.
Asimismo, solicitan que se ordene al Ministerio Público abtenerse de pedir la acumulación del expediente en el cual figura como imputado Óscar Arias (1986-1990 y 2006-2010) con otro expediente que se tramita por el mismo asunto, que es contra el exministro de Ambiente, Roberto Dobles Mora y otras seis personas.
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“La hipótesis acusatoria plantea un escenario de prueba negativa, también conocida como prueba diabólica. ¿Cómo probar que don Óscar Arias no tenía conocimiento de la ilegalidad de los actos acusados como prevaricato? Tal cosa es prácticamente imposible, propia de un proceso inquisitivo y no de uno acusatorio de corte garantista”, se afirma en el recurso que actualmente está en estudio de admisibilidad en la Sala Constitucional.
"Formulamos el recurso de amparo porque consideramos que se han producido violaciones muy graves a los derechos constitucionales y al principio del debido proceso.
“El Ministerio Público no cumplió con sus deberes en beneficio de la acción penal. No llevó adelante una investigación profunda y a conciencia, sino una investigación muy superficial en la que ni siquiera entrevistó a testigos fundamentales del caso”, manifestó Rodolfo Brenes, uno de los abogados del exmandatario.
En tanto, la Fiscalía General de la República, consultada sobre el mencionado amparo, comunicó que, "por política institucional, no se acostumbra a hacer comentarios respecto a las manifestaciones públicas o gestiones ante otras instancias que haga cualquier persona que figure como imputada en un caso penal.
“La Fiscalía General reitera que en todas las diligencias o gestiones que formula el Ministerio Público, en cualquiera que sea el caso, la institución se basa en objetividad y pruebas que permiten arribar a la probabilidad de que el hecho investigado se cometió, que constituye un delito y que la persona que figura como imputada es la responsable”.
Del archivo:
Historia del caso
El caso Crucitas tiene que ver con una mina a cielo abierto que se iba a desarrollar en Cutris de San Carlos y estaba en manos de la empresa canadiense Industrias Infinito.
En esa oportunidad se alegó que la explotación de oro traería “varios beneficios económicos a la comunidad de San Carlos y el Gobierno Central”. Así consta en el decreto presidencial Nº. 34801-MINAET firmado por el entonces presidente Óscar Arias Sánchez.
Sin embargo, el Tribunal Contencioso Administrativo ordenó anular la concesión a finales de noviembre del 2010.
Desde sus inicios, el plan enfrentó muchas objecciones y supuestas anomalías de procedimiento y por tal razón en el 2008 se abrió una investigación penal en el expediente 08-0000-11-0033-PE.
Sin embargo, debido a que en el 2011 se mencionó una presunta donación de parte de Industrias Infinito a la Fundación Arias para la Paz, el Ministerio Público decidió hacer un testimonio de piezas y abrir un segundo expediente, el 12-000124-621-PE, en el cual se investigó únicamente a Óscar Arias.
Empero, esta pesquisa fue desestimada el 16 de setiembre del 2014, lo que significa que se archivó de manera momentánea esperando la posibilidad de que surjan pruebas nuevas.
En tanto, el primer expediente en la cual estaban imputados Roberto Dobles y otras seis personas de apellidos Lezama Fernández, Boza Quesada, Cruz Ramírez, Corrales Arias, Espinoza Valverde y Cavallini Chinchilla, siguió el trámite y fue a juicio en el 2015.
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En ese debate se condenó a Dobles por el delito de prevaricato y se absolvió a los otros implicados. Empero, luego de impugnaciones, un Tribunal de Apelación de Sentencia ordenó un nuevo debate, pero en setiembre del 2017, cuando se iba a realizar el nuevo juicio, el Tribunal Penal de Hacienda devolvió aún más el proceso, hasta su etapa inicial, tras considerar que primero era necesario analizar si el expresidente Arias debía o no, ser acusado.
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El 20 de octubre del año anterior, la Fiscala General de la República Emilia Navas Aparicio solicitó la reapertura de la investigación contra Arias, alegando que no se habían agotando todos los medios de investigación correspondientes. Es así como el expresidente es indagado el 8 de noviembre del 2017.
Nueve meses después, el pasado 22 de agosto, la fiscala Navas presentó la acusación contra Óscar Arias por un aparente delito de prevaricato, el cual él habría cometido en octubre del 2008, cuando firmó el decreto que declaró de interés público y conveniencia nacional el proyecto minero Crucitas.
Para la Fiscalía, con su firma en ese decreto, Arias habría dictado una resolución basada en hechos falsos, lo cual es sancionado en el Código Penal con hasta seis años de cárcel.
Presuntos atropellos
En el recurso de amparo, presentado por Rodolfo Brenes y Francisco Castillo, se argumentó que el Ministerio Público durante la investigación preparatoria “violó los derechos constitucionales y legales de don Óscar Arias Sánchez”, entre otros aspectos porque no se entrevistó a testigos, a pesar de que la representación legal de Arias pidió expresamente que lo hicieran.
“El fiscal encargado de investigar este delito no puede incumplir sus deberes y obviar las entrevistas de estos testigos, especialmente si había anunciado su interés en sus testimonios, si la defensa expresamente pidió que los identificara y los entrevistara, y sí terminó incluyéndolos en su lista de testigos de cargo, como en efecto sucedió”, aseguraron los abogados.
También argumentaron que el Ministerio Público no emitió ningún requerimiento conclusivo, ni se refirió a la situación jurídica planteada con respecto a la donación a la Fundación Arias.
“Aquí estamos ante una de dos cosas: O bien la Fiscalía le imputó ilegalmente a don Óscar la comisión de un delito, lo que sería gravísimo; o bien incumplió flagrantemente con sus deberes de investigar la comisión de un delito por el que intimó e indagó a una persona”, se precisó en el documento.
Sobre el tema de integrar los dos expedientes, Rodolfo Brenes manifestó: "hacer un juicio juntando los dos expedientes sería un atropello monumental a los derechos de don Óscar Arias, pues aunque los dos procesos tienen un origen común, después han seguido un trámite completamente diferente. En el caso de Roberto Dobles hubo audiencia preliminar, juicio, sentencia de primera instancia, apelación y se ordenó repetir el juicio.
“No puede usted, por arte de magia, agarrar a don Óscar y meterlo en ese proceso (...) sería una violación muy grave a sus derechos constitucionales y una cosa que no se ha visto nunca en la historia judicial de este país”.